VentasVenta de Bienes Muebles
Section § 10250
Esta ley de California explica cómo se pueden vender los bienes personales de una herencia. La venta solo puede realizarse después de dar un aviso, a menos que otra ley indique lo contrario. El aviso se puede dar fijándolo en el juzgado del condado con al menos 15 días de antelación a la venta si es privada, o antes de la subasta si es pública. Alternativamente, el aviso puede publicarse en un periódico local, siguiendo la legislación detallada en la Sección 6063a del Código de Gobierno, también con 15 días de antelación a la fecha especificada para ventas privadas o a la fecha de la subasta para ventas públicas.
Section § 10251
Esta ley permite que un tribunal o juez acorte el período de notificación para una venta de bienes de la herencia a un mínimo de cinco días si esto beneficia a la herencia. La notificación de venta puede entonces darse ya sea fijando un aviso por al menos cinco días o publicándolo de acuerdo con un requisito específico de notificación gubernamental. El representante personal de la herencia puede elegir qué método usar.
Section § 10252
Esta ley explica cuándo un representante personal puede vender bienes muebles sin dar aviso. Esto puede ocurrir si el testamento dice específicamente que la propiedad debe venderse, si el testamento otorga autoridad para venderla, si la propiedad probablemente disminuirá de valor o causará una pérdida si no se vende rápidamente, o si la venta es necesaria para cubrir una asignación familiar hasta que lleguen otros fondos.
Section § 10253
Esta sección de la ley describe lo que debe incluirse en un aviso de venta al vender una propiedad bajo un procedimiento legal. El aviso debe especificar si la venta es privada o una subasta pública, dónde y cuándo se aceptarán las ofertas, o dónde y cuándo se realizará la subasta. También debe proporcionar una breve descripción de la propiedad que se vende. Se puede incluir información adicional en el aviso, como los términos y condiciones de la venta.
Section § 10254
Esta ley describe cómo deben manejarse las ventas en subasta pública de los bienes personales de una herencia. Establece que dichas ventas deben realizarse dentro del estado en un juzgado, una casa de subastas, otro lugar público o la casa del difunto, pero el tribunal puede permitir excepciones para que la venta se realice dentro o fuera de los EE. UU. También especifica que los artículos a la venta generalmente deben estar presentes, a menos que el tribunal lo permita de otra manera. Además, la persona que administra la herencia puede posponer la subasta si es beneficioso para la herencia, siempre que se haga un anuncio público en el momento programado para la venta y el retraso total no supere los tres meses.
Section § 10255
Esta ley explica cómo deben manejarse las ventas privadas de bienes personales de un patrimonio. Primero, dicha venta no puede realizarse antes de la fecha mencionada en el aviso de venta y debe ocurrir dentro de un año a partir de esa fecha.
Segundo, las ofertas por la propiedad deben ser por escrito y presentarse en el lugar nombrado en el aviso o directamente al representante personal o a la persona especificada, después de que el aviso de venta se haga público y antes de que la venta se realice.
Section § 10256
Section § 10257
Esta ley describe cómo se pueden vender los bienes muebles como parte de la liquidación de una herencia. Las ventas pueden ser al contado o a crédito. Si se venden a crédito, al menos el 25% debe pagarse por adelantado. El resto requiere un préstamo garantizado con el artículo vendido o un contrato que mantenga la propiedad en manos del vendedor hasta que se pague por completo. Estos términos necesitan la aprobación del tribunal cuando se confirma la venta.
Si se vende una participación indivisa o una copropiedad, el acuerdo de pago depende de todos los copropietarios, y el representante personal tiene el mismo interés en el préstamo que la herencia tenía en la propiedad.
Section § 10258
Esta ley explica que el administrador de una herencia puede solicitar al tribunal permiso para vender bienes personales a crédito, pagando menos del 25% del precio al inicio. El tribunal también puede eximir la necesidad de garantizar el resto del pago si es beneficioso para la herencia y no es práctico obtener un pago en efectivo mayor o asegurar la deuda. El tribunal establecerá las condiciones de la venta.
Además, se debe dar aviso de la audiencia sobre esta solicitud a ciertas personas, incluyendo aquellas afectadas directa o indirectamente por la venta, como herederos o legatarios.
Section § 10259
En California, algunos bienes personales pueden venderse sin necesidad de aprobación judicial. Esto incluye artículos perecederos, que perderán valor si no se venden rápidamente, o que resultarán demasiado costosos de mantener. Además, si la venta de la propiedad es necesaria para apoyar económicamente a una familia hasta que haya otros fondos disponibles, no se requiere aprobación judicial.
Cuando se vende propiedad personal en una subasta pública, el comprador es propietario una vez que paga y recibe el artículo (para bienes físicos) o el documento que transfiere la propiedad (para bienes no físicos). Sin embargo, el representante personal que gestiona la venta es responsable del valor de la propiedad a menos que el tribunal haya aprobado y registrado la venta.
Section § 10260
Esta ley establece que cuando se vende propiedad personal de una herencia, la venta debe ser informada al tribunal y confirmada antes de que el comprador sea oficialmente dueño de la propiedad. Esto es obligatorio incluso si el testamento permite la venta de dicha propiedad. Sin embargo, existen excepciones específicas mencionadas en otras secciones de la ley.
Si el representante personal de la herencia no informa la venta y no solicita al tribunal que la confirme dentro de los 30 días, la persona que compró la propiedad puede hacerlo por sí misma. Además, se debe dar y publicar un aviso sobre la audiencia para confirmar la venta, de acuerdo con secciones específicas de la ley.
Section § 10261
Cuando hay una audiencia para confirmar la venta de una propiedad de un patrimonio, el tribunal verifica si la venta es necesaria o beneficiosa para el patrimonio y para las personas involucradas. Sin embargo, si el testamento del difunto ya autoriza la venta, estas verificaciones no son necesarias. Las personas interesadas en el patrimonio pueden oponerse a la venta antes o durante la audiencia y pueden presentar pruebas para respaldar sus objeciones.
Antes de que se confirme la venta de una participación en una sociedad, el tribunal debe revisar la situación de la sociedad y puede exigir que cualquier socio sobreviviente que resida en el estado comparezca para ser interrogado si puede asistir. Además, el tribunal determinará la compensación para el agente o corredor de bienes raíces involucrado en la venta según pautas específicas, lo cual puede abordarse durante o después de la audiencia de confirmación cuando se solicite.
Section § 10262
Esta ley trata sobre la compra de propiedades que un tribunal está vendiendo. Si alguien ofrece al menos un 10% más que la oferta actual en una audiencia judicial, el tribunal podría considerar aceptar la oferta más alta u organizar una nueva venta. Esto es posible si la primera oferta supera los $100, o si la oferta más alta añade al menos $100 si la primera oferta fue inferior a $100. Solo se consideran las ofertas serias y legales. Si varias ofertas cumplen con estos criterios, el tribunal elegirá la oferta más alta o realizará otra venta. Esta norma no se aplica a ciertas propiedades mencionadas en otra sección de la ley.
Section § 10263
Section § 10264
Esta sección de la ley establece que si hay errores o irregularidades durante los procedimientos de este artículo, esto no afectará ni anulará los procedimientos ni ninguna venta que se haya ordenado.