Propiedad MunicipalMuseos
Section § 37541
Section § 37542
Section § 37543
El alcalde puede nombrar a un grupo de cinco personas para supervisar la gestión de un museo, pero primero necesita la aprobación del órgano legislativo de la ciudad.
Section § 37544
Esta norma explica que los fideicomisarios servirán por un período de tres años sin recibir pago. La primera junta decidirá al azar quién sirve por cuánto tiempo, para que uno termine al final del año fiscal actual, dos terminen el próximo año y dos más el año siguiente. Si un fideicomisario deja su puesto antes de tiempo, se nombra a una nueva persona para que sirva el resto de ese período.
Section § 37545
Section § 37546
Section § 37547
La junta debe elegir a uno de sus miembros para que sea el presidente por un período de un año o hasta que se seleccione un nuevo presidente. Si el presidente no está disponible, nombrarán a alguien temporalmente para ocupar el cargo de presidente pro tempore.
Section § 37548
Section § 37549
Esta ley exige que, durante la primera reunión de la junta, se presente un certificado ante el Superintendente Estatal de Instrucción Pública. Este certificado debe incluir la fecha en que se fundó el museo y los nombres de todos los fideicomisarios y funcionarios.
Section § 37550
Section § 37551
Section § 37552
Esta ley permite a la junta gestionar cualquier fideicomiso establecido para el museo. Puede aceptar bienes donados al museo, ya sea que estén dentro o fuera de California, a través de donaciones, testamentos o herencias. A menos que el donante indique lo contrario, la junta puede vender o usar estos bienes para el beneficio del museo.
Section § 37553
Section § 37554
Section § 37555
Esta ley permite a la junta gestionar el intercambio de objetos naturales o históricos con otros museos o particulares, ya sea tomándolos prestados, prestándolos o intercambiándolos. Los no residentes pueden tomar prestados estos objetos, y la junta también puede aceptar préstamos de cualquier persona. La junta también es responsable de establecer las reglas y condiciones para estos préstamos.
Section § 37556
Section § 37560
Section § 37561
Section § 37562
El museo de la ciudad debe ofrecer entrada gratuita a los residentes de la ciudad y a quienes pagan impuestos municipales pero no residen en ella, de acuerdo con las normas y reglamentos de la junta.
Section § 37563
Si una ciudad adquiere una propiedad para un museo, la ciudad automáticamente posee el título de esa propiedad, a menos que los términos de adquisición indiquen lo contrario. Cualquier acción legal relacionada con esta propiedad debe llevarse a cabo en nombre de la ciudad.