Derechos minerosExtinción de derecho minero inactivo
Section § 883.210
Si eres dueño de un terreno y existe un derecho minero asociado a él que no se ha utilizado por un tiempo (está inactivo), puedes acudir a los tribunales para intentar poner fin a ese derecho minero.
Section § 883.220
Esta ley establece que un derecho mineral se considera 'inactivo' si, durante los últimos 20 años, no ha ocurrido ninguna de las siguientes situaciones: No se están realizando actividades de minería o perforación en el terreno ni en ningún otro terreno asociado, no se evalúan ni pagan impuestos sobre la propiedad específicamente para el derecho mineral, y no se han registrado documentos oficiales relacionados con el derecho mineral.
Section § 883.230
Esta ley explica cómo el propietario de un derecho minero puede mantener su reclamo activo. Esencialmente, necesitan registrar un 'aviso de intención de preservar' que indica que planean mantener sus derechos sobre los minerales. Este aviso puede ser de naturaleza bastante general y no necesita especificar cada detalle sobre los derechos mineros o la propiedad. Para asegurar que el derecho minero no se vuelva inactivo, el propietario debe registrar este aviso dentro de los 20 años anteriores al inicio de cualquier acción legal destinada a extinguir el derecho. Además, también pueden registrar este aviso después de que dicha acción haya comenzado, siempre que siga procedimientos legales específicos.
Section § 883.240
Si desea poner fin a los derechos minerales de alguien sobre una propiedad en California, debe presentar una demanda ante el tribunal superior donde se encuentre la propiedad. Este procedimiento se rige por las mismas normas que una demanda para aclarar quién es el dueño de una propiedad.