TasaciónProcedimiento
Section § 8900
Section § 8901
Esta ley describe qué tipos de bienes debe tasar un representante personal al gestionar una herencia. Incluye dinero en efectivo, cheques que pueden convertirse en efectivo y cheques específicos emitidos después del fallecimiento de la persona, como salarios devengados antes del fallecimiento y cheques de reembolso. La ley también cubre cuentas bancarias, depósitos en efectivo y ciertos fondos mutuos. Sin embargo, otras inversiones como acciones y bonos se tasarán bajo reglas diferentes. Finalmente, los ingresos de pólizas de seguro de vida y planes de jubilación que se pagan en una suma global también necesitan ser tasados.
Section § 8902
La ley establece que, a menos que exista otra norma, el representante personal de una herencia debe entregar un inventario de los bienes de la herencia al tasador testamentario designado por el tribunal. Este inventario debe incluir toda la información necesaria para que el tasador pueda evaluar el valor de los bienes. El tasador testamentario es responsable de tasar los bienes de la herencia, a excepción de aquellos artículos ya tasados por el representante personal.
Section § 8903
Esta sección de la ley establece que un tribunal en California puede permitir que una herencia no sea tasada por un tasador testamentario, pero solo si hay una buena razón. Para ello, el representante personal debe solicitar una exención con los documentos necesarios que demuestren por qué la exención está justificada.
La audiencia sobre esta solicitud de exención debe programarse al menos 15 días después de presentar la petición. Se debe notificar la audiencia, junto con la petición y el inventario propuesto, a ciertas personas como herederos, legatarios, el Fiscal General y el tasador testamentario si ha sido designado.
Si un tasador testamentario se opone sin una buena razón y pierde, podría tener que pagar los honorarios del abogado. Si la objeción es aceptada, se puede nombrar a un tasador testamentario diferente para la tasación. Si se concede la exención, el inventario y la tasación necesarios deben presentarse según la Sección 8800.
Section § 8904
Esta ley permite que un representante personal que gestiona la herencia de una persona fallecida elija que los artículos únicos, artísticos, inusuales o especiales sean tasados por un experto independiente en lugar del árbitro de sucesiones estándar. Para ello, deben anotar los artículos en el inventario entregado al árbitro de sucesiones.
Si el árbitro de sucesiones no está de acuerdo con esta decisión, tiene cinco días para pedir al tribunal que determine si el artículo realmente necesita una tasación especial. Si el tribunal determina que la impugnación del árbitro no estaba justificada, el árbitro podría tener que pagar los costos legales, incluidos los honorarios del abogado.
Section § 8905
Section § 8906
Si usted está involucrado en un caso de herencia en California y no está de acuerdo con la tasación de la herencia, puede presentar una objeción antes de la audiencia final. El tribunal programará entonces una audiencia al menos 15 días después de que se presente su objeción. Es su responsabilidad notificar a las partes relevantes, y si un tasador testamentario realizó la tasación, también debe enviarle una notificación, al menos 15 días antes de la audiencia.
Si usted está impugnando la tasación, necesita probar por qué es incorrecta. Después de la audiencia, el tribunal puede emitir las órdenes necesarias y, si su objeción se presentó sin una buena razón, es posible que tenga que pagar ciertos costos.
Section § 8907
Section § 8908
Si un tasador testamentario valora bienes como parte de una herencia, debe proporcionar el informe de tasación o los datos de respaldo al representante personal o a un beneficiario si se solicita. Esta información debe entregarse sin costo y mantenerse confidencial si así lo exige la ley.
Si se disputa la exactitud de la tasación, el tasador debe explicar su valoración. Puede recibir un pago adicional por esta explicación si ambas partes acuerdan una tarifa, o un tribunal puede decidir la idoneidad de la tarifa si hay un desacuerdo.
Section § 8909
Si un tasador testamentario valora bienes en una sucesión, debe conservar todos los informes de tasación y documentos de respaldo durante tres años después de la presentación. Durante este tiempo, el tasador debe ofrecer estos documentos al representante personal de la sucesión y proporcionarlos previa solicitud. Si el representante personal no los solicita, los documentos pueden ser destruidos después de tres años sin ninguna notificación adicional.