Section § 4001

Explanation
Esta sección establece que las definiciones proporcionadas en el capítulo de esta ley deben usarse para entender las reglas de esa parte de la ley, a menos que quede claro que se refiere a otra cosa.

Section § 4002

Explanation

Esta sección simplemente define el término 'Junta' como la Junta Estatal de Silvicultura y Protección contra Incendios.

Por "Junta" se entiende la Junta Estatal de Silvicultura y Protección contra Incendios.

Section § 4002.4

Explanation
Una «quema cultural» es cuando una tribu nativa americana de California, una organización tribal o un practicante de fuego cultural utiliza fuego intencionalmente en la tierra. El propósito es cumplir con metas culturales, como apoyar actividades ceremoniales, mantener la biodiversidad o proporcionar otros beneficios culturales.

Section § 4002.6

Explanation
Un 'practicante de fuego cultural' es alguien reconocido por una tribu nativa americana de California o un grupo tribal por tener experiencia significativa en el uso del fuego para lograr propósitos culturales. Estos propósitos pueden incluir proporcionar alimentos, realizar ceremonias, mejorar la biodiversidad o lograr otros beneficios culturales.

Section § 4003

Explanation
Esta sección define el término "Departamento" para referirse específicamente al Departamento de Silvicultura y Protección contra Incendios.

Section § 4004

Explanation

Esta sección simplemente define el término «Director» tal como se utiliza en ciertos contextos para referirse al Director de Silvicultura y Protección contra Incendios.

«Director» significa el Director de Silvicultura y Protección contra Incendios.

Section § 4004.5

Explanation

El pastoreo prescrito se refiere al uso controlado de ganado para manejar la vegetación con objetivos específicos, como reducir el riesgo de incendios forestales, controlar plantas no deseadas y fomentar la biodiversidad. Esto implica establecer el tipo correcto de ganado, el momento, la duración y la intensidad del pastoreo.

“Pastoreo prescrito” significa la aplicación legal del pastoreo por un tipo específico de ganado en una estación, duración e intensidad determinadas para lograr objetivos definidos de vegetación o conservación, incluyendo la reducción del riesgo de incendios forestales mediante la reducción de cargas de combustible, el control de plantas indeseables o invasoras, y la promoción de la biodiversidad y el hábitat para especies de estatus especial. El pastoreo prescrito puede involucrar uno o varios tipos de ganado.

Section § 4005

Explanation

El "Grupo de Trabajo sobre Resiliencia Forestal y ante Incendios Forestales" es un grupo creado por el Gobernador para llevar a cabo la Orden Ejecutiva No. B-52-18. Cualquier mención del "Grupo de Trabajo de Gestión Forestal" en leyes o reglamentos debe entenderse ahora como una referencia a este nuevo grupo de trabajo.

(a)CA Recursos Públicos Code § 4005(a) “Grupo de Trabajo sobre Resiliencia Forestal y ante Incendios Forestales” significa el grupo de trabajo establecido por el Gobernador para supervisar la implementación de la Orden Ejecutiva No. B-52-18.
(b)CA Recursos Públicos Code § 4005(b) Cualquier referencia en cualquier ley o reglamento al Grupo de Trabajo de Gestión Forestal se considera que, en su lugar, se refiere al Grupo de Trabajo sobre Resiliencia Forestal y ante Incendios Forestales.