FianzasFianzas para Obtener un Auto de Embargo o una Orden de Protección
Section § 489.210
Section § 489.220
Esta sección explica que cuando alguien presenta una fianza para un procedimiento legal llamado embargo, el monto predeterminado de esta fianza es de $10,000. Sin embargo, si alguien impugna este monto y el tribunal considera que la persona a la que se le debe dinero (en caso de que el embargo resulte indebido) podría recibir más de $10,000, el tribunal puede exigir que la fianza se ajuste a lo que se espera que sea el monto de la recuperación.
Section § 489.230
Esta ley exige que, al notificar a alguien sobre un embargo, se le informe que se ha presentado una garantía financiera, conocida como 'caución' o 'fianza'. También se debe comunicar al demandado que tiene derecho a impugnar esta caución. Además, cualquier orden de protección temporal debe incluir una declaración similar para informar a la persona sobre estos derechos.