Section § 23985

Explanation

Cuando solicitas vender alcohol en un nuevo lugar, debes colocar un aviso en la entrada del sitio donde planeas venderlo. Este aviso debe permanecer visible durante al menos 30 días después de tu solicitud. También debes informar al departamento la fecha en que colocaste el aviso por primera vez. La licencia no se otorgará hasta que este aviso haya estado colocado durante 30 días seguidos, y debe tener la forma que el departamento indique.

Después de presentar una solicitud para dedicarse a la venta de cualquier bebida alcohólica en cualquier local, se deberá fijar un aviso de intención de iniciar dicha actividad en un lugar visible a la entrada del local. El solicitante deberá notificar al departamento la fecha en que se fijó por primera vez dicho aviso. No se expedirá ninguna licencia para el local hasta que el aviso haya estado fijado durante al menos 30 días consecutivos. El aviso deberá tener la forma que el departamento prescriba.
El aviso de la solicitud de una licencia conforme a la Sección 24044 deberá fijarse en el local propuesto después de que se presente la solicitud y deberá permanecer fijado durante al menos 30 días consecutivos. El solicitante deberá notificar al departamento la fecha en que se fijó por primera vez dicho aviso.

Section § 23985.5

Explanation

Esta ley establece que si alguien desea obtener una nueva licencia minorista o un tipo diferente de licencia minorista en un lugar que actualmente no tiene una, debe notificar a todas las personas que viven dentro de un radio de 500 pies. Esta notificación debe enviarse por correo a los residentes y propietarios de propiedades cercanos. Sin embargo, el solicitante solo necesita notificar a los propietarios de propiedades si el área local proporciona una lista gratuita de sus nombres y direcciones. El aviso debe estar en inglés y español, y también debe proporcionar información sobre cómo obtenerlo en los tres idiomas más hablados en el estado, además del inglés y el español.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 23985.5(a) No obstante cualquier otra disposición de este artículo, en cualquier caso que afecte la emisión de cualquier licencia minorista en un local que no esté actualmente licenciado o para una licencia minorista diferente, el departamento exigirá que el solicitante envíe por correo la notificación de la solicitud a cada residente y propietario de bienes inmuebles dentro de un radio de 500 pies del local para el cual se va a emitir la licencia.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 23985.5(b) El departamento exigirá al solicitante que proporcione notificación a los propietarios de bienes inmuebles, según lo requerido en el apartado (a), solo si la jurisdicción local en la que se va a emitir la licencia proporciona, de forma gratuita, una lista de los nombres y direcciones de los propietarios al solicitante.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 23985.5(c) Para la notificación requerida por el apartado (a), el departamento desarrollará avisos bilingües en inglés y español. El aviso deberá incluir información sobre cómo obtener la información del aviso en un mínimo de tres de los idiomas predominantes distintos del inglés o español en el estado, de acuerdo con la información del censo decenal o especial más reciente de los Estados Unidos.

Section § 23986

Explanation

Si está solicitando una licencia para vender alcohol en un lugar específico, debe publicar un aviso sobre su solicitud en un periódico local, siguiendo pautas específicas. Esto es para asegurar que el público esté informado sobre las nuevas ubicaciones de venta de alcohol. Si el área para la que solicita ya tiene un alto número de licencias de alcohol, debe seguir reglas de publicación un poco más estrictas para garantizar la transparencia. La forma exacta de hacerlo la determina el departamento de licencias, y deberá proporcionar una prueba de su aviso antes de obtener su licencia. Sin embargo, este requisito no se aplica si ya está sujeto a ciertas otras reglas de notificación.

(a)CA Negocios Y Profesiones Code § 23986(a) Cualquier solicitante de una licencia para venta para consumo en el local deberá hacer publicar un aviso de la solicitud, indicando el nombre o nombres del solicitante y el local donde se llevará a cabo el negocio, de conformidad con la Sección 6061 del Código de Gobierno en un periódico de circulación general, que no sea una publicación legal o profesional especializada, en la ciudad donde se encuentre el local, o si el local no está en una ciudad, la publicación se hará en un periódico de circulación general más cercano al local donde se llevará a cabo el negocio. El formulario del aviso será prescrito por el departamento. La declaración jurada de publicación deberá presentarse ante el departamento antes de la emisión de cualquier licencia. El departamento adoptará normas y reglamentos para hacer cumplir las disposiciones de esta sección.
(b)CA Negocios Y Profesiones Code § 23986(b) Cualquier solicitante de una licencia para venta para consumo en el local o para venta para consumo fuera del local en un establecimiento que se encuentre en un área censal que tenga una concentración excesiva de licencias, según se define en el párrafo (2) o (3) del subapartado (a) de la Sección 23958.4, deberá hacer publicar un aviso de la solicitud de conformidad con la Sección 6063 del Código de Gobierno en un periódico de circulación general que no sea una publicación legal o especializada. La publicación se hará en la ciudad donde se encuentre el local, o si el local no está en una ciudad, la publicación se hará en un periódico de circulación general más cercano al local donde se llevará a cabo el negocio. El formulario del aviso será prescrito por el departamento. La declaración jurada de publicación deberá presentarse ante el departamento antes de la emisión de cualquier licencia. El departamento adoptará normas y reglamentos para hacer cumplir las disposiciones de este subapartado.
(c)CA Negocios Y Profesiones Code § 23986(c) Esta sección no se aplicará a ningún titular de licencia sujeto a los requisitos de notificación de la Sección 23985.5 o la Sección 23987.

Section § 23987

Explanation

Cuando alguien solicita una licencia nueva o transferida, la solicitud debe enviarse a las autoridades locales como el sheriff, el jefe de policía y el director de planificación urbana. Esta notificación es importante porque no se puede emitir ni transferir ninguna licencia hasta al menos 30 días después de que estos funcionarios hayan sido informados. Si las fuerzas del orden locales necesitan más tiempo para preparar una protesta o sugerir condiciones para la licencia, pueden solicitar hasta 20 días adicionales.

Al recibir el departamento una solicitud original de cualquier licencia o una solicitud de transferencia de cualquier licencia, se enviará inmediatamente por correo un aviso por escrito de ello, que consistirá en una copia de la solicitud, por el departamento al sheriff, jefe de policía y fiscal de distrito de la localidad en la que se encuentran las instalaciones, al director de planificación de la ciudad o del condado, quienquiera que tenga jurisdicción, a la junta de supervisores del condado en el que se encuentran las instalaciones, si están dentro de un área no incorporada, y al ayuntamiento u otro órgano de gobierno de la ciudad en la que se encuentran las instalaciones, si están dentro de un área incorporada.
Salvo lo especificado en el párrafo (2) de la subdivisión (e) de la Sección 23800, ninguna licencia será emitida o transferida por el departamento hasta al menos 30 días después del envío por correo por parte del departamento de los avisos requeridos por esta sección. El departamento podrá extender el período de 30 días especificado en la oración anterior por un período que no exceda los 20 días adicionales, previa solicitud por escrito de cualquier agencia local de aplicación de la ley que exponga motivos válidos para la extensión. Los motivos válidos para la extensión se limitan a que la agencia o el funcionario solicitante esté en proceso de preparar una protesta o condiciones propuestas con respecto a la emisión o transferencia de una licencia.