Section § 1631

Explanation
Esta ley establece que, a menos que esté específicamente exento, debe tener una licencia del comisionado para vender, negociar o gestionar contratos de seguro en California. El simple hecho de tener un certificado de autorización de una aseguradora no significa que pueda evitar obtener la licencia adecuada.

Section § 1631.5

Explanation
Esta sección de la ley aclara que las reglas o cambios en este artículo no alteran ni interfieren con la forma en que se administran actualmente el Programa Familias Saludables o el Programa Acceso para Infantes y Madres.

Section § 1632

Explanation

Si alguien es elegible para una licencia, se le puede permitir asumir diferentes roles según lo establecido en este capítulo, a menos que algo en este artículo indique lo contrario.

A menos que esté prohibido en este artículo, una persona que de otro modo sea elegible para una licencia puede ser autorizada para actuar en una o más de las capacidades especificadas en este capítulo.

Section § 1633

Explanation
Si alguien vende seguros sin la licencia adecuada, está cometiendo un delito menor. Esto puede resultar en una multa de hasta $50,000, hasta un año en la cárcel del condado, o ambas.

Section § 1633.5

Explanation
Esta sección establece que las reglas de este capítulo son las únicas que se aplican a cómo los profesionales de seguros con licencia deben llevar a cabo su negocio en California. Las regulaciones u ordenanzas locales no pueden anular estas reglas estatales.

Section § 1634

Explanation

Esta ley establece que no se necesita una licencia para ciertos roles relacionados con seguros. Puedes trabajar sin licencia si eres un empleado asalariado de una compañía de seguros de títulos. Tampoco necesitas una licencia si eres un agente asalariado de una aseguradora hipotecaria, siempre y cuando no recibas comisiones.

Puedes operar sin licencia como representante en algunos negocios de seguros, como el análisis de seguros de vida y de incapacidad, un corredor de líneas excedentes o en servicios de fianzas. Los empleados de compañías de protección del hogar y los acreedores que ayudan con ciertos planes de seguros grupales tampoco necesitan una licencia si no se les paga con comisiones.

No se requiere licencia conforme a este capítulo para que una persona actúe en cualquiera de las siguientes capacidades:
(a)CA Seguro Code § 1634(a) Como empleado asalariado a tiempo completo de una aseguradora de títulos, compañía de plica controlada o una compañía de títulos suscritos.
(b)CA Seguro Code § 1634(b) Como solicitante o agente asalariado de una aseguradora hipotecaria o aseguradora de garantía hipotecaria, siempre que ninguna parte de la compensación de la persona se base en comisiones.
(c)CA Seguro Code § 1634(c) Como apoderado de una bolsa recíproca o de interseguro.
(d)CA Seguro Code § 1634(d) Como analista de seguros de vida y de incapacidad.
(e)CA Seguro Code § 1634(e) Como corredor de líneas excedentes o corredor de líneas excedentes especiales.
(f)CA Seguro Code § 1634(f) Como agente de fianzas, solicitante de fianzas o permisionario de fianzas.
(g)CA Seguro Code § 1634(g) Como empleado, no remunerado a base de comisiones, de una compañía de protección del hogar, incluyendo, pero no limitado a, la solicitud, negociación o celebración de contratos de protección del hogar por parte del empleado.
(h)CA Seguro Code § 1634(h) Como empleado de un acreedor que obtiene y remite información con el propósito de obtener seguros de vida de crédito grupal, de incapacidad por crédito o de desempleo involuntario grupal, o para inscribir a individuos en un plan de seguro de vida de crédito grupal, de incapacidad por crédito o de desempleo involuntario grupal o emitir certificados de seguro bajo dicho plan donde no se paga ninguna comisión al empleado por dichos servicios.

Section § 1635

Explanation

Esta sección describe varios roles y actividades en la industria de seguros de California que no requieren licencia, siempre que no se pague ninguna comisión. Esto incluye servicios como el examen de títulos de propiedad, ciertos tipos de empleo que no implican la negociación de contratos de seguro, y roles específicos dentro de las compañías de seguros, como empleados asalariados que brindan asesoramiento técnico o gestionan reclamaciones, pero que no están directamente involucrados en la venta de seguros. También cubre a los empleados cuyo trabajo es puramente administrativo o de apoyo indirecto a los servicios de seguros, así como a aquellos involucrados con sociedades fraternales de beneficios bajo ciertas condiciones. Además, la sección detalla las circunstancias bajo las cuales los empleados o funcionarios de una aseguradora pueden participar en la negociación limitada o la cumplimentación de ciertos documentos de seguro sin necesidad de licencia.

No se requiere licencia bajo las disposiciones de este capítulo para que una persona actúe en las siguientes capacidades o se dedique a las siguientes actividades, siempre que no se pague ni se permita una comisión, directa o indirectamente, por parte del asegurador, acreedor, minorista u otra persona por actuar en esas capacidades o dedicarse a esas actividades:
(a)CA Seguro Code § 1635(a) El negocio de examinar, certificar o resumir títulos de propiedad inmobiliaria.
(b)CA Seguro Code § 1635(b) La solicitud de membresía en una sociedad fraternal de beneficios y otras actividades en la medida y según se describe en las Secciones 11013 y 11102 de este código.
(c)CA Seguro Code § 1635(c) Como representante asalariado de una bolsa recíproca o de interseguro o de su apoderado.
(d)CA Seguro Code § 1635(d) Empleo que no incluye la solicitud, negociación o formalización de contratos de seguro y la firma de pólizas u otras pruebas de seguro.
(e)CA Seguro Code § 1635(e) Como funcionario de una aseguradora o empleado viajante asalariado del tipo comúnmente conocido como agente especial o como supervisor de agencia, mientras desempeña deberes y ejerce funciones que son comúnmente realizadas por un agente especial o supervisor de agencia, si la persona que realiza la actividad no hace ninguna de las siguientes:
(1)CA Seguro Code § 1635(e)(1) Formalizar seguros.
(2)CA Seguro Code § 1635(e)(2) Solicitar o negociar seguros, excepto como parte de y en relación con el negocio de un corredor-agente de bienes, corredor-agente de seguros de accidentes o agente de seguros de vida con licencia bajo este capítulo.
(f)CA Seguro Code § 1635(f) Como funcionario o representante asalariado de una aseguradora de vida si las actividades del funcionario o representante asalariado se limitan a asesoramiento técnico directo y asistencia a una persona debidamente autorizada y las actividades del funcionario o representante asalariado no incluyen la formalización, solicitud o negociación de seguros, excepto como parte de y en relación con el negocio de un corredor-agente de bienes, corredor-agente de seguros de accidentes o agente de seguros de vida con licencia bajo este capítulo.
(g)CA Seguro Code § 1635(g) Empleo por una aseguradora en su oficina principal o sucursal que no incluye la solicitud, negociación o formalización de contratos de seguro, y que puede como parte de ello incluir la firma de pólizas u otras pruebas de seguro.
(h)CA Seguro Code § 1635(h) La cumplimentación o entrega de una declaración o certificado de cobertura bajo un contrato de seguro marítimo interior en curso que evidencie la cobertura bajo el mismo e incluyendo solo aquellas negociaciones que sean necesarias para la cumplimentación o entrega si la persona que realiza esos actos o el empleador de la persona tiene un interés asegurable en el riesgo cubierto por el certificado o declaración.
(i)CA Seguro Code § 1635(i) Como empleado de un corredor-agente de bienes o corredor-agente de seguros de accidentes con licencia, cuyo empleo es uno o más de los siguientes:
(1)CA Seguro Code § 1635(i)(1) El de un empleado administrativo o de oficina asalariado regularmente cuyas actividades no incluyen la solicitud, negociación, o formalización de contratos de seguro del público asegurador.
(2)CA Seguro Code § 1635(i)(2) El de un vendedor que dedica sustancialmente todas sus actividades a la venta de mercancías y cuya solicitud de seguro se limita únicamente a la cotización de una prima de seguro que se incluirá en el precio de compra que cubre el interés retenido en la mercancía por el vendedor.
(j)CA Seguro Code § 1635(j) La solicitud, negociación o formalización de contratos de protección del hogar por una persona con licencia de conformidad con la Parte 1 (que comienza con la Sección 10000) de la División 4 del Código de Negocios y Profesiones en relación con la función con licencia de la persona autorizada por la Sección 10131 o 10131.6 del Código de Negocios y Profesiones. La recepción de un pago permitido por la Sección 12760 no descalificará al receptor de la exención de licencia provista por este capítulo.
(k)CA Seguro Code § 1635(k) Empleados de una aseguradora cuyas funciones son la inspección, procesamiento, ajuste, investigación, liquidación de reclamaciones, realización de inspecciones de seguridad o aceptación o rechazo de negocios de agentes o corredores de seguros con licencia.
(l)CA Seguro Code § 1635(l) Funcionarios, directores o empleados de una aseguradora o productor cuyas actividades ejecutivas, administrativas, gerenciales o clericales están solo indirectamente relacionadas con la solicitud, negociación o formalización de la venta de seguros, siempre que esas personas no tengan contacto directo con los consumidores en una capacidad de ventas o servicio, excepto según lo dispuesto de otro modo por esta sección.
(m)CA Seguro Code § 1635(m) Empleados cuyas actividades se limitan a realizar cambios administrativos en pólizas existentes o a proporcionar apoyo indirecto de marketing y servicio con el fin de determinar el interés general en productos de seguros.

Section § 1637

Explanation

Esta ley describe los tipos específicos de licencias de seguros que una organización puede poseer en California. Especifica que estas licencias permiten a las organizaciones operar en áreas como ser un agente de seguros de vida, agente de accidentes y salud, corredor-agente de propiedad o corredor-agente de responsabilidad civil. Otros roles adicionales incluyen agente de cargadores, titular de licencia de líneas personales, agente de seguros de crédito, agente de alquiler de vehículos, titular de licencia de líneas limitadas no residente, agente de almacenamiento de autoservicio y agente de seguros de automóviles de líneas limitadas. Cada rol implica funciones específicas relacionadas con esos tipos de seguros.

Una organización puede poseer cualquier licencia o licencias necesarias para actuar en las siguientes capacidades bajo este capítulo y ninguna otra:
(a)CA Seguro Code § 1637(a) Una licencia para actuar como agente de seguros de vida.
(b)CA Seguro Code § 1637(b) Una licencia para actuar como agente de seguros de accidentes y salud o enfermedad.
(c)CA Seguro Code § 1637(c) Una licencia para actuar como corredor-agente de seguros de propiedad.
(d)CA Seguro Code § 1637(d) Una licencia para actuar como corredor-agente de seguros de responsabilidad civil.
(e)CA Seguro Code § 1637(e) Una licencia para actuar como agente de cargadores.
(f)CA Seguro Code § 1637(f) Una licencia para actuar como titular de licencia de líneas personales.
(g)CA Seguro Code § 1637(g) Una licencia para actuar como agente de seguros de crédito.
(h)CA Seguro Code § 1637(h) Una licencia para actuar como agente de alquiler de vehículos.
(i)CA Seguro Code § 1637(i) Una licencia de no residente para actuar como titular de licencia de líneas limitadas conforme a la subdivisión (i) de la Sección 1639.
(j)CA Seguro Code § 1637(j) Una licencia para actuar como agente de almacenamiento de autoservicio.
(k)CA Seguro Code § 1637(k) Una licencia para actuar como agente de seguros de automóviles de líneas limitadas.

Section § 1638

Explanation

Esta ley explica quién califica para una licencia de no residente. Una licencia de no residente se otorga a personas que no viven en California. Se considera residente si vive en una casa aquí y tiene la intención de que sea su lugar permanente (domicilio), o si su negocio principal está ubicado en el estado. Alguien con una licencia como esta solo puede elegir un estado como su residencia para fines de licencia.

(a)CA Seguro Code § 1638(a) Una licencia de no residente es una licencia emitida a una persona que no es residente de este estado.
Una persona es residente de este estado si se aplica cualquiera de los siguientes:
(1)CA Seguro Code § 1638(1) Una persona ocupa una vivienda en este estado y tiene la intención de que este estado sea el domicilio de esa persona.
(2)CA Seguro Code § 1638(2) Una persona mantiene el lugar principal de negocios de esa persona en este estado.
(b)CA Seguro Code § 1638(b) Una persona con licencia bajo este capítulo puede designar solo un estado como el estado de residencia de esa persona.

Section § 1638.5

Explanation

Si eres un no residente que desea una licencia de agencia de producción en California, la obtendrás siempre y cuando cumplas ciertas condiciones y no se te haya denegado una licencia por razones específicas. Primero, debes tener ya una licencia válida y estar en regla en el lugar donde vives y ejerces actualmente, ya sea en otro estado o territorio de EE. UU., o en Canadá.

Segundo, tienes que solicitar la licencia de California y pagar la tarifa requerida. Tercero, debes enviar tu solicitud de licencia original de tu jurisdicción de origen, o un formulario estandarizado de la Asociación Nacional de Comisionados de Seguros (NAIC), al Comisionado de Seguros de California.

Por último, el lugar donde tienes tu licencia actual debe corresponder ofreciendo licencias similares a los residentes de California.

A menos que se le deniegue la licencia conforme al Artículo 6 (que comienza con la Sección 1666), una persona no residente recibirá una licencia de agencia de producción si esa persona no residente cumple con los siguientes requisitos:
(a)CA Seguro Code § 1638.5(a) La persona tiene licencia vigente y está en regla en el estado, territorio de los Estados Unidos o provincia de Canadá en el que la persona tiene licencia como productor residente.
(b)CA Seguro Code § 1638.5(b) La persona ha presentado la solicitud de licencia adecuada y ha pagado las tarifas exigidas por la Sección 1750.5.
(c)CA Seguro Code § 1638.5(c) La persona ha presentado o transmitido al Comisionado de Seguros la solicitud de licencia que la persona presentó al estado, territorio de los Estados Unidos o provincia de Canadá en el que la persona tiene licencia como residente, o ha presentado o transmitido al comisionado, una Solicitud Uniforme de No Residente de la Asociación Nacional de Comisionados de Seguros (NAIC) completa.
(d)CA Seguro Code § 1638.5(d) El estado, territorio de los Estados Unidos o provincia de Canadá en el que la persona posee una licencia de productor residente otorga licencias de productor no residente a los residentes de este estado en la misma base.

Section § 1639

Explanation

California permite a los no residentes obtener ciertas licencias relacionadas con seguros, siempre que ya estén autorizados en su región de origen. Esto incluye licencias para corredores-agentes de bienes y siniestros, corredores-agentes de líneas personales, agentes de seguros de vida y salud, contratos de vida variable y anualidades, líneas excedentes y especiales, seguros de crédito, alquiler de coches, envío de carga, líneas limitadas y almacenamiento de autoservicio. Esencialmente, los no residentes pueden calificar para estas licencias si están certificados en su estado, territorio o provincia canadiense de residencia.

Los siguientes tipos de licencias conforme a este capítulo pueden expedirse a no residentes:
(a)CA Seguro Code § 1639(a) Un corredor-agente de bienes o un corredor-agente de siniestros si el no residente está debidamente autorizado para operar esas líneas de seguros descritas en la Sección 1625, conforme a las leyes del estado, territorio de los Estados Unidos o provincia de Canadá donde se mantiene la licencia de residente.
(b)CA Seguro Code § 1639(b) Un corredor-agente de líneas personales si el no residente está debidamente autorizado para operar esas líneas de seguros descritas en la Sección 1625.5, conforme a las leyes del estado, territorio de los Estados Unidos o provincia de Canadá donde se mantiene la licencia de residente.
(c)CA Seguro Code § 1639(c) Un agente de seguros de vida o un agente de seguros de accidentes y salud o enfermedad si el no residente posee una licencia de residente en otro estado, territorio de los Estados Unidos o provincia de Canadá para operar seguros de vida o seguros de incapacidad.
(d)CA Seguro Code § 1639(d) A un no residente puede concedérsele autoridad para operar contratos de vida variable y anualidades variables si a la persona se le ha concedido esa autoridad por el estado donde se mantiene la licencia de residente. Para calificar para esta autoridad, se le exige al no residente también estar autorizado como agente de seguros de vida en el estado donde se mantiene la licencia de residente.
(e)CA Seguro Code § 1639(e) Un corredor de líneas excedentes y un corredor de líneas excedentes especiales si el no residente posee ese tipo de licencia en el estado o territorio de los Estados Unidos donde se mantiene la licencia de residente.
(f)CA Seguro Code § 1639(f) Un agente de seguros de crédito si el no residente posee ese tipo de licencia en el estado, territorio de los Estados Unidos o provincia de Canadá donde se mantiene la licencia de residente.
(g)CA Seguro Code § 1639(g) Un agente de alquiler de coches si el no residente posee ese tipo de licencia en el estado, territorio de los Estados Unidos o provincia de Canadá donde se mantiene la licencia de residente.
(h)CA Seguro Code § 1639(h) Un agente de expedidor de carga si el no residente posee ese tipo de licencia en el estado, territorio de los Estados Unidos o provincia de Canadá donde se mantiene la licencia de residente.
(i)CA Seguro Code § 1639(i) Una licencia de líneas limitadas si el no residente posee ese tipo de licencia en el estado, territorio de los Estados Unidos o provincia de Canadá donde se mantiene la licencia de residente. Tal como se usa en esta sección, “licencia de líneas limitadas” significa cualquier autoridad concedida por el estado de residencia que restringe la autoridad de la licencia a menos de la autoridad total concedida por cualquiera de los tipos de licencias identificados en esta sección.
(j)CA Seguro Code § 1639(j) Un agente de almacenamiento de autoservicio si el no residente posee ese tipo de licencia en el estado, territorio de los Estados Unidos o provincia de Canadá donde se mantiene la licencia de residente.

Section § 1639.1

Explanation

Esta ley establece las reglas para los productores de seguros no residentes que trabajan en California. Si usted tiene licencia como productor de seguros no residente, su autoridad para vender seguros en California depende de la licencia de su estado de origen. Es posible que deba presentar un certificado de la autoridad de seguros de su estado de origen para probar su estatus. Si se muda a un nuevo estado, debe actualizar su dirección y proporcionar una nueva certificación estatal dentro de los 30 días, pero no tiene que pagar una tarifa ni volver a solicitar su licencia. Además, su autoridad en California no puede ser mayor que lo que está autorizado a hacer en su estado o provincia de origen.

(a)CA Seguro Code § 1639.1(a) La clase o clases de seguro que una persona no residente está autorizada a tramitar bajo la licencia de residente de esa persona no residente se determinarán de acuerdo con las definiciones de clases de seguro en las Secciones 101 a 120, ambas inclusive. Un certificado de la autoridad reguladora de seguros del estado de origen del no residente podrá aceptarse como prueba del estado de la licencia del solicitante y de la capacidad o capacidades en las que esa persona no residente está autorizada. El Comisionado de Seguros también podrá verificar el estado de la licencia del productor a través de la Base de Datos de Productores (Producer Database) mantenida por la Asociación Nacional de Comisionados de Seguros (National Association of Insurance Commissioners), sus filiales o subsidiarias.
(b)CA Seguro Code § 1639.1(b) Un productor no residente que se traslade de un estado a otro estado o un productor residente que se traslade de este estado a otro estado deberá presentar un cambio de dirección y proporcionar una certificación del nuevo estado de residencia dentro de los 30 días siguientes al cambio de residencia legal. No se requiere ninguna tarifa ni solicitud de licencia.
(c)CA Seguro Code § 1639.1(c) La autoridad de licencia otorgada al no residente no excederá la clase o clases de seguro otorgadas por la licencia emitida bajo las leyes del estado, territorio de los Estados Unidos, o provincia de Canadá donde se mantiene la licencia de residente.

Section § 1640

Explanation

Si tienes licencia para trabajar como solicitante de seguros, no puedes ser agente o corredor de seguros al mismo tiempo. De manera similar, si tienes licencia como agente o corredor de seguros, no puedes trabajar como solicitante de seguros al mismo tiempo.

Una persona autorizada para actuar como solicitante de seguros no es elegible al mismo tiempo para actuar como agente o corredor de seguros, y una persona autorizada para actuar como agente o corredor de seguros no es elegible al mismo tiempo para actuar como solicitante de seguros.

Section § 1642

Explanation

Esta ley establece que las compañías de seguros o ciertos tipos de cooperativas de seguros no pueden obtener una licencia bajo este capítulo. Sin embargo, una empresa que ofrece servicios de ventas puede obtener una licencia, incluso si una compañía de seguros posee una parte significativa de ella. Además, las compañías de seguros aún pueden licenciar a sus empleados para gestionar contratos de seguro.

Una aseguradora o una bolsa recíproca o de interseguro no es elegible para ninguna licencia conforme a este capítulo; pero una corporación que presta servicios de ventas en relación con una cuenta separada puede obtener una licencia independientemente del grado de propiedad de la corporación por parte de una aseguradora. Nada de lo aquí dispuesto se interpretará como una prohibición para que una aseguradora o una bolsa recíproca o de interseguro licencie a sus empleados que soliciten, negocien o celebren contratos de seguro de conformidad con este artículo.

Section § 1644

Explanation

Esta ley establece que las personas menores de 18 años no pueden solicitar tipos específicos de licencias mencionadas en varios capítulos y divisiones del código legal.

Una persona menor de 18 años de edad no es elegible para solicitar una licencia de conformidad con este capítulo, el Capítulo 5A (que comienza con la Sección 1759), el Capítulo 6 (que comienza con la Sección 1760), y el Capítulo 7 (que comienza con la Sección 1800) de la Parte 2 de la División 1, y el Capítulo 1 (que comienza con la Sección 14000) y el Capítulo 2 (que comienza con la Sección 15000) de la División 5.

Section § 1646

Explanation
Esta ley establece que una organización no puede obtener una licencia si sus documentos fundacionales dicen explícitamente que no puede realizar la labor para la cual es la licencia.

Section § 1647.5

Explanation

Esta sección de la ley exige que las sociedades de responsabilidad limitada (SRL) que operan como agencias y corredurías de seguros obtengan cobertura para reclamaciones relacionadas con sus prácticas comerciales. Al obtener la licencia y durante todo el tiempo que estén activas, estas compañías deben contar con seguros u otras garantías financieras, como fideicomisos o depósitos en garantía, para cubrir posibles reclamaciones. El seguro debe ser de al menos $100,000 por reclamación por cada licenciatario, con un mínimo total de $500,000, y puede llegar hasta los $5 millones anuales. Las SRL pueden elegir entre pólizas de seguro o depositar otras garantías financieras para cumplir con estos requisitos.

Sin prueba de cobertura, el comisionado puede suspender las licencias de seguros. Si una licencia es inactivada, la compañía debe demostrar rápidamente el cumplimiento de los requisitos de garantía para reactivarla. Presentar registros de cumplimiento falsos conlleva sanciones, incluyendo la posible pérdida de la licencia. El comisionado puede hacer pública la falta de cumplimiento en un sitio web estatal e informar a otros organismos como la NAIC. También podría crear reglamentaciones más detalladas para hacer cumplir estas normas.

(a)CA Seguro Code § 1647.5(a) Cada sociedad de responsabilidad limitada, al momento de obtener la licencia conforme a este capítulo y, con respecto a los corredores de líneas excedentes, el Capítulo 6 (que comienza con la Sección 1760), y en todo momento durante el cual la compañía posea una licencia activa, está obligada a proporcionar garantía para las reclamaciones en su contra de la siguiente manera:
(1)CA Seguro Code § 1647.5(a)(1) Para reclamaciones basadas en actos, errores u omisiones que surjan de la práctica de agencia de seguros, corretaje o corretaje de líneas excedentes, una sociedad de responsabilidad limitada con licencia que preste servicios de agencia de seguros, corretaje o corretaje de líneas excedentes deberá cumplir con los requisitos del subpárrafo (A) o (B), o conforme a la subdivisión (b), alguna combinación de esos requisitos.
(A)Copy CA Seguro Code § 1647.5(a)(1)(A)
(i)Copy CA Seguro Code § 1647.5(a)(1)(A)(i) Mantener una póliza o pólizas de seguro contra la responsabilidad impuesta por ley por daños que surjan de reclamaciones por un monto para cada reclamación de al menos cien mil dólares ($100,000) multiplicado por el número de licenciatarios que presten servicios profesionales en nombre de la compañía, con un monto mínimo requerido de quinientos mil dólares ($500,000); sin embargo, el monto máximo del seguro no deberá exceder los cinco millones de dólares ($5,000,000) para reclamaciones inicialmente presentadas en cualquier año calendario, menos los montos pagados en la defensa, liquidación o descarga de dichas reclamaciones. Además, la póliza deberá contener, como mínimo, una disposición de que la póliza no puede ser no renovada, cancelada o terminada, sin notificar por escrito al comisionado dentro de los 10 días.
(ii)CA Seguro Code § 1647.5(a)(1)(A)(i)(ii) Un solicitante que desee cumplir con los requisitos de esta sección total o parcialmente, mediante el mantenimiento de una póliza o pólizas de seguro según lo establecido en la cláusula (i), deberá presentar al comisionado una certificación de cobertura conforme a la subdivisión (d). Si una licencia se emite o renueva automáticamente sin presentar esta certificación, la licencia podrá ser inactivada por el comisionado al descubrir la falta de cumplimiento con este párrafo.
(iii)CA Seguro Code § 1647.5(a)(1)(A)(i)(iii) Si la póliza especificada en la cláusula (i) contiene un deducible o retención autoasegurada y la póliza establece que el asegurador es en última instancia responsable del pago del monto total de la reclamación hasta los límites de la póliza, incluyendo el deducible o la retención, el tomador de la póliza no estará obligado a mantener una garantía para el pago de su límite de deducible o responsabilidad por retención autoasegurada bajo los términos establecidos en el subpárrafo (B).
(iv)CA Seguro Code § 1647.5(a)(1)(A)(i)(iv) Si la póliza especificada en la cláusula (i) contiene un límite de deducible o retención autoasegurada y no establece que el asegurador es responsable del pago del monto total de la reclamación hasta los límites de la póliza, el tomador de la póliza deberá mantener una garantía para el pago de su límite de deducible o retención autoasegurada bajo los términos establecidos en el subpárrafo (B).
(B)CA Seguro Code § 1647.5(a)(1)(B) Mantener en fideicomiso o en depósito en garantía bancario, efectivo, certificados de depósito bancarios, obligaciones del Tesoro de los Estados Unidos, cartas de crédito bancarias o bonos de compañías de seguros como garantía para el pago de responsabilidades impuestas por ley por daños que surjan de todas las reclamaciones por un monto de al menos cien mil dólares ($100,000) multiplicado por el número de licenciatarios que presten servicios profesionales en nombre de la compañía, con un monto mínimo requerido de quinientos mil dólares ($500,000); sin embargo, el monto máximo de la garantía no deberá exceder los cinco millones de dólares ($5,000,000) para reclamaciones inicialmente presentadas en cualquier año calendario, menos los montos pagados en la defensa, liquidación o descarga de dichas reclamaciones.
(b)CA Seguro Code § 1647.5(b) A los efectos de cumplir con los requisitos de garantía de esta sección, una sociedad de responsabilidad limitada podrá agregar la garantía proporcionada por ella conforme a los subpárrafos (A) y (B) del párrafo (1) de la subdivisión (a).
(c)CA Seguro Code § 1647.5(c) Al momento de obtener la licencia conforme a este artículo, las sociedades de responsabilidad limitada deberán presentar al comisionado información, de la manera prescrita por el comisionado, y acompañada de toda la documentación solicitada por el comisionado, que demuestre el cumplimiento de los requisitos de garantía financiera de esta sección. Las sociedades de responsabilidad limitada también deberán presentar una confirmación anual al comisionado, en el momento y de la manera, y con la documentación, prescritos por el comisionado, que demuestre el cumplimiento continuo de los requisitos de garantía financiera de esta sección.
(d)CA Seguro Code § 1647.5(d) Si los requisitos de garantía de esta sección se cumplen total o parcialmente con una póliza de seguro, entonces se deberá presentar una certificación de cobertura al comisionado por parte del licenciatario o solicitante, y firmada por un agente o empleado autorizado del asegurador. La certificación de cobertura deberá tener el siguiente formato:
(e)CA Seguro Code § 1647.5(e) El comisionado podrá denegar sumariamente o negarse a tramitar una solicitud de emisión o renovación de una licencia, o podrá inactivar sumariamente una licencia existente, por incumplimiento de los requisitos de esta sección.
(1)CA Seguro Code § 1647.5(e)(1) Si el comisionado inactiva una licencia por incumplimiento de los requisitos del subpárrafo (A) del párrafo (1) de la subdivisión (a), la fecha de entrada en vigor de la inactivación será la fecha en que la póliza o pólizas de seguro utilizadas para cumplir con ese requisito expiren o sean canceladas, según lo indicado por la fecha de vencimiento especificada en la certificación de cobertura presentada conforme a la subdivisión (d) o por una notificación recibida del asegurador de terminación, cancelación o no renovación de la cobertura.
(2)CA Seguro Code § 1647.5(e)(2) Si el comisionado inactiva una licencia por incumplimiento de los requisitos del subpárrafo (B) del párrafo (1) de la subdivisión (a), o con los requisitos de la subdivisión (b), la fecha de entrada en vigor de la inactivación será la fecha establecida por el comisionado como plazo para demostrar el cumplimiento de dichas disposiciones.
(3)CA Seguro Code § 1647.5(e)(3) Dentro de los 10 días hábiles siguientes a la fecha de inactivación conforme a esta sección, el comisionado enviará por correo certificado a la dirección del licenciatario, según conste en los registros del comisionado, una notificación al licenciatario sobre la inactivación de la licencia.
(4)CA Seguro Code § 1647.5(e)(4) Una licencia que haya sido inactivada conforme a esta sección será reactivada si, dentro de los 30 días siguientes a la fecha de inactivación, el licenciatario demuestra, de la manera prescrita por el comisionado, el cumplimiento de los requisitos del subpárrafo (A) o (B) del párrafo (1) de la subdivisión (a), o los requisitos de la subdivisión (b), e incluye cualquier tarifa, multa y cualquier otro documento de licencia requerido necesario para reactivar la licencia, incluyendo nuevos formularios de nombramiento de compañía, fianzas y cualquier nuevo endoso de entidad comercial según sea necesario. Si se proporciona una certificación de cobertura para demostrar el cumplimiento de estos requisitos, y la certificación indica que la póliza o pólizas de seguro han estado en vigor continuamente desde la fecha de la inactivación, la licencia será reactivada con efecto retroactivo a la fecha de inactivación, inclusive. Si la certificación de cobertura muestra una fecha de entrada en vigor para la póliza o pólizas de seguro posterior a la fecha de inactivación, la licencia será reactivada a partir de la fecha de entrada en vigor de la póliza o pólizas.
(f)CA Seguro Code § 1647.5(f) Cualquier licenciatario que, actuando solo o en concierto con otros, cause o permita, de forma voluntaria o a sabiendas, que se presente ante el comisionado con el propósito de demostrar el cumplimiento de esta sección una certificación de cobertura descrita en la subdivisión (d), o cualquier otro documento requerido por esta sección, que sea falso, fraudulento o engañoso, estará sujeto a una sanción administrativa, incluyendo la suspensión o revocación de la licencia del licenciatario, después de la notificación y audiencia según lo dispuesto en la Ley de Procedimiento Administrativo. Sin embargo, nada en esta sección dará derecho a un licenciatario a notificación o audiencia sobre la denegación sumaria de una solicitud o la inactivación sumaria de una licencia conforme a la subdivisión (e).
(g)CA Seguro Code § 1647.5(g) El comisionado podrá divulgar en el sitio web de Internet del departamento los nombres y números de licencia de aquellos licenciatarios cuyas licencias hayan sido inactivadas o que hayan sido sancionados por incumplimiento de esta sección. El comisionado también podrá informar esa información a la Asociación Nacional de Comisionados de Seguros (NAIC).
(h)CA Seguro Code § 1647.5(h) El comisionado podrá adoptar las reglamentaciones necesarias para implementar esta sección.

Section § 1649.5

Explanation
Esta ley permite a las compañías de seguros ser propietarias de negocios separados que tienen licencia para operar como corredores-agentes de bienes, corredores-agentes de seguros de daños o agentes de seguros de vida. Cuando estos corredores-agentes gestionan seguros para la compañía que los posee, se considera que están trabajando como agentes de seguros.

Section § 1650

Explanation

Esta sección de la ley especifica qué detalles deben incluirse en cada licencia de seguro emitida. La licencia debe indicar el nombre del titular, la capacidad en la que se posee la licencia y cualquier condición adjunta a la misma. También debe mostrar cuándo comienza y termina la licencia. Si la licencia es para una organización, debe adjuntar una lista de personas calificadas, según la Sección 1628.

Toda licencia expedida conforme a este capítulo deberá indicar lo siguiente:
(a)CA Seguro Code § 1650(a) El nombre del titular de la licencia.
(b)CA Seguro Code § 1650(b) La capacidad de la licencia.
(c)CA Seguro Code § 1650(c) Las condiciones, si las hubiere, sujetas a las cuales se expide la licencia.
(d)CA Seguro Code § 1650(d) La fecha de entrada en vigor y la fecha de vencimiento de la licencia.
(e)CA Seguro Code § 1650(e) Si se expide a una organización, mediante una lista separada adjunta a la misma, el nombre de cada persona física que esté calificada para ser nombrada en ella de conformidad con las disposiciones de la Sección 1628.

Section § 1651

Explanation
La ley establece que el comisionado de seguros siempre es propietario del documento físico de cualquier licencia emitida conforme a capítulos específicos. Puede solicitar la devolución del documento si existe una razón válida.