GeneralCancelación
Section § 17070
Si una orden de pago (que es como un cheque emitido por el gobierno) del Contralor no se ha pagado en el plazo de un año desde que pudo cobrarse, y había suficiente dinero disponible para pagarla y todas las demás deudas prioritarias (o más importantes), el Contralor debe cancelar la orden de pago.
Section § 17070.1
Esta ley establece que si una orden de pago fue emitida antes del 1 de enero de 1998, se aplicarán las reglas que estaban vigentes en ese momento para esa orden de pago. Si una orden de pago se emite el 1 de enero de 1998 o después de esa fecha, debe seguir el límite de tiempo de un año para su negociación, como se menciona en la Sección 17070.
Section § 17071
Section § 17072
Esta sección de la ley explica qué ocurre cuando se cancela una orden de pago (un tipo de instrucción de pago). El dinero que iba a ser desembolsado regresa al fondo original del que procedía. Si ese dinero termina en un Fondo de Depósitos Especiales y la cuenta es para dinero no reclamado, entonces ese dinero se traslada al Fondo General del estado.