Mandamientos judicialesGeneral
Section § 29800
Esta sección de la ley describe el procedimiento que deben seguir los auditores del condado al emitir órdenes de pago. Cada orden de pago debe llevar un número consecutivo, incluir la fecha, el importe y el nombre de la persona a quien se le debe pagar. El auditor también debe registrar estos detalles en sus registros tan pronto como se emitan las órdenes de pago.
Section § 29801
Section § 29802
Si tienes una orden de pago emitida por el condado pero no la presentas al tesorero en un plazo de seis meses, esta se anula. El dinero puede entonces transferirse al fondo general del condado, a menos que una ley disponga lo contrario.
Si tu orden de pago se anula, tienes hasta dos años para solicitar una nueva. Puedes presentar la orden original o, si se ha perdido, declararlo mediante una declaración jurada. El órgano de gobierno puede autorizar una nueva orden sin necesidad de revisar cada una individualmente, pero tendrá las mismas condiciones que la original.
Después de dos años, aún podrías obtener una orden de pago de reemplazo si el órgano de gobierno considera que es justo y hay fondos disponibles. El auditor participa en este proceso y podría necesitar verificar las órdenes de pago anuladas con el órgano de gobierno. Al igual que antes, cualquier nueva orden de pago tendrá las mismas restricciones que las anteriores.
Section § 29803
El auditor es responsable de emitir los pagos, conocidos como órdenes de pago, a las personas a quienes el condado les debe dinero, siempre y cuando estas reclamaciones hayan sido revisadas, aprobadas y programadas para su pago por la junta de supervisores. Sin embargo, existe una excepción mencionada en otra ley, la Sección 53912.
Section § 29804
El auditor es responsable de emitir órdenes de pago para las deudas del condado si los montos están legalmente establecidos o aprobados por alguien que no sea la junta del condado, excepto en los casos previstos en la Sección 53912.
Section § 29806
Esta ley explica cómo la tesorería del condado debe gestionar los pagos de los gastos corrientes. Básicamente, los pagos (llamados 'órdenes de pago') deben procesarse en el orden en que se reciben. Si no hay suficiente dinero en el fondo para cubrir un pago, ese pago se pone en una lista de espera y se pagará tan pronto como haya fondos disponibles, en el orden en que fueron añadidos a la lista.
Section § 29807
Section § 29808
Esta ley permite al auditor mover dinero de la cuenta de un distrito, corporación pública o agencia pública a un fondo de compensación dentro de la tesorería del condado. Esto ayuda a facilitar la emisión de órdenes de pago para múltiples entidades desde un solo lugar.