Section § 45000

Explanation

Esta ley permite a los gobiernos municipales crear un sistema de personal o de servicio civil que se adapte al tamaño y las necesidades de su ciudad. Este sistema podría ser tan simple como establecer requisitos laborales básicos o tan detallado como un programa completo de servicio civil. La decisión sobre el tipo de sistema se basa en lo que mejor sirva al público.

La intención de este capítulo es permitir al órgano legislativo de cualquier ciudad adoptar un sistema de personal, sistema de méritos o sistema de servicio civil que sea adaptable al tamaño y tipo de la ciudad. El sistema puede consistir en el mero establecimiento de estándares mínimos de empleo y cualificaciones para las diversas clases de empleo, o en un sistema integral de servicio civil, según lo determine el órgano legislativo para los mejores intereses del servicio público.

Section § 45001

Explanation
Esta ley permite a cualquier gobierno municipal crear sistemas para gestionar los puestos de trabajo de la ciudad. Esto incluye establecer reglas sobre cómo se contrata, asciende, disciplina o jubila a los trabajadores. Las ciudades pueden establecer estos sistemas aprobando una ley local, también conocida como ordenanza.

Section § 45002

Explanation

Esta ley permite a las bibliotecas públicas contratar a diversos miembros del personal, como bibliotecarios, secretarios y otros funcionarios y empleados. Sin embargo, especifica que los miembros del consejo de administración no están incluidos en este grupo de empleados que pueden ser contratados.

El sistema puede incluir al bibliotecario, secretario y otros funcionarios y empleados, excepto a los miembros del consejo de administración, de la biblioteca pública establecida de conformidad con el Capítulo 5 (que comienza con la Sección 18900) de la Parte 11 del Código de Educación.

Section § 45003

Explanation
Esta sección establece que si alguna clase de funcionarios y empleados fue incluida en el sistema antes del 19 de septiembre de 1947, su inclusión es efectiva desde el mismo comienzo del sistema.

Section § 45004

Explanation
Esta ley permite que un órgano legislativo nombre una comisión de servicio civil o un oficial de personal. A estas personas se les pueden delegar ciertas facultades y responsabilidades relacionadas con la gestión del sistema de servicio civil.

Section § 45004.1

Explanation

Esta sección explica que si se permite una grabación de audio o un registro escrito de una audiencia de la función pública, el empleado que apela el caso puede solicitar una copia de la grabación. Si se realiza una transcripción de la audiencia, la ciudad debe informar al empleado en un plazo de tres días y proporcionarle una copia si el empleado la solicita. La ciudad puede cobrar por el costo de hacer duplicados de las grabaciones o transcripciones.

(a)CA Gobierno Code § 45004.1(a) Cuando se celebre una audiencia ante una comisión de la función pública o un funcionario de personal de conformidad con la Sección 45004 y cuando la comisión o el funcionario permita una grabación de audio o estenográfica de la audiencia, se proporcionará una copia de la grabación, previa solicitud, al empleado que presente la apelación ante la comisión o el funcionario.
(b)CA Gobierno Code § 45004.1(b) Si una ciudad o su comisión de la función pública o funcionario ordena o realiza una transcripción de la grabación de conformidad con el apartado (a), la ciudad también deberá hacer lo siguiente:
(1)CA Gobierno Code § 45004.1(b)(1) Notificar al empleado que presenta la apelación de la transcripción y del derecho del empleado a obtener una copia de la transcripción. La ciudad deberá notificar al empleado dentro de los tres días siguientes a la ordenación o realización de la transcripción.
(2)CA Gobierno Code § 45004.1(b)(2) Proporcionar una copia de la transcripción sin demora al empleado a solicitud de este.
(c)CA Gobierno Code § 45004.1(c) No obstante cualquier otra disposición de la ley, la ciudad podrá cobrar tarifas que cubran los costos directos de duplicación de las grabaciones o transcripciones proporcionadas de conformidad con esta sección.

Section § 45005

Explanation
Esta ley exige que una ordenanza especifique qué departamentos, funcionarios designados y empleados están cubiertos por el sistema de méritos o el sistema de servicio civil. En esencia, establece las reglas sobre quién forma parte de estos sistemas.

Section § 45006

Explanation
Esta ley permite al cuerpo legislativo expandir la estructura gubernamental creando más departamentos y contratando funcionarios y empleados adicionales mediante futuras ordenanzas.

Section § 45007

Explanation

Esta ley establece que una vez que un departamento, funcionario o empleado forma parte del sistema de función pública de una ciudad, no pueden ser retirados simplemente derogando la ordenanza. Dicha remoción requiere una votación de los electores de la ciudad durante una elección, y al menos dos tercios deben estar de acuerdo. Sin embargo, los jefes de departamento de la ciudad a tiempo completo pueden ser removidos con una simple mayoría de votos del concejo municipal.

Después de la inclusión en el sistema, ningún departamento ni funcionario o empleado designado podrá ser retirado, ya sea por una derogación total de la ordenanza de la función pública o de otra manera, a menos que el retiro haya sido sometido a los electores de la ciudad en una elección municipal especial o regular y aprobado por dos tercios de los que voten sobre la propuesta, excepto que los jefes de departamento de la ciudad a tiempo completo podrán ser retirados por mayoría de votos del concejo municipal.

Section § 45008

Explanation

Esta ley permite que el órgano legislativo de una ciudad o condado celebre contratos con otras ciudades, condados, departamentos estatales o entidades privadas. Estos contratos pueden ser para realizar exámenes competitivos para evaluar a los candidatos a un puesto de trabajo o para otros servicios relacionados con la contratación y gestión de personal en empleos municipales.

El órgano legislativo podrá contratar con el órgano legislativo de cualquier ciudad o condado en el Estado, cualquier departamento estatal, o cualquier persona privada, corporación, asociación o sociedad, para:
(a)CA Gobierno Code § 45008(a) La realización de exámenes competitivos para determinar la idoneidad de los solicitantes para puestos y empleo en el servicio municipal.
(b)CA Gobierno Code § 45008(b) La prestación de cualquier otro servicio relacionado con la selección y administración de personal.

Section § 45010

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Esta ley establece que si un empleado debe ausentarse del trabajo debido a una lesión o enfermedad que califica para la compensación de trabajadores, ese tiempo no se contará como una interrupción en su historial de servicio. Esto significa que su elegibilidad para cosas como aumentos salariales, licencia por enfermedad, vacaciones o antigüedad no se verá afectada por el tiempo que estén ausentes debido a dicha lesión o enfermedad.

La ordenanza establecerá que cualquier período de tiempo durante el cual un empleado deba ausentarse de su puesto debido a una lesión o enfermedad por la cual tenga derecho a recibir compensación conforme a las disposiciones de la División 4 (que comienza con la Sección 3201) del Código Laboral no constituye una interrupción en su servicio continuo a efectos de su derecho a ajustes salariales, licencia por enfermedad, vacaciones o antigüedad.