Administración y OperacionesInversiones
Section § 14650
Esta ley permite a las cooperativas de crédito invertir en empresas que poseen tipos específicos de propiedades, siempre y cuando esas propiedades se utilicen para los fines descritos en las secciones relacionadas. Sin embargo, la compra o adquisición de acciones en estas empresas requiere la aprobación de dos tercios de los directores de la cooperativa de crédito. Esta ley tiene ciertas limitaciones basadas en otras secciones, que no se mencionan aquí.
Section § 14651
Esta ley describe los derechos de inversión de las cooperativas de crédito en California. Las cooperativas de crédito pueden invertir en corporaciones o sociedades de responsabilidad limitada que estén específicamente creadas para ofrecer servicios a las cooperativas de crédito. Estas organizaciones deben ser fundadas por cooperativas de crédito o un grupo de ellas. Alternativamente, pueden ser formadas por entidades asociadas con cooperativas de crédito, siempre y cuando también presten servicios a cooperativas de crédito. Si una cooperativa de crédito desea invertir en otros tipos de organizaciones de servicios, debe obtener la aprobación del comisionado. El término 'organización de servicios para cooperativas de crédito' se refiere a las empresas que cumplen con estos criterios específicos.
Section § 14652
Section § 14652.5
Esta ley permite que las cooperativas de crédito se involucren con sociedades de inversión de varias maneras, como organizarlas, patrocinarlas o vender sus valores, siempre y cuando las sociedades de inversión estén autorizadas para operar en California. Sin embargo, los funcionarios y empleados de la cooperativa de crédito que venden estos valores deben cumplir con estándares específicos de capacitación y experiencia establecidos por el Secretario estatal de Servicios Empresariales, al Consumidor y de Vivienda. El término 'sociedad de inversión' se define según la Ley de Sociedades de Inversión de 1940.
Section § 14653
Esta ley permite a las cooperativas de crédito invertir en un tipo especial de fideicomiso. El fideicomiso debe ser creado específicamente para invertir en valores del gobierno de EE. UU. y de agencias gubernamentales. Además, el fideicomiso debe ser establecido por una organización compuesta por cooperativas de crédito o asociaciones de cooperativas de crédito.
Section § 14653.5
Esta ley permite a las cooperativas de crédito realizar inversiones siempre y cuando estas estén aprobadas, ya sea por una regulación o directamente por escrito por un comisionado. Esto significa que las cooperativas de crédito tienen cierta flexibilidad en sus opciones de inversión, siempre que se adhieran a estas directrices autorizadas.
Section § 14654
Esta ley permite a las cooperativas de crédito comprar contratos de venta condicional o acuerdos de arrendamiento de vehículos a vendedores o arrendadores. Estos acuerdos son para la venta o el alquiler de bienes personales, como coches, a los socios de la cooperativa de crédito. Las cooperativas de crédito pueden conservar estos contratos o arrendamientos como activos de inversión.
Section § 14656
Una cooperativa de crédito puede comprar pagarés, que son esencialmente reconocimientos de deuda o deudas, de otra cooperativa de crédito que está en proceso de liquidación. Esto solo puede ocurrir si siguen reglas específicas establecidas por un comisionado, y los consejos de administración de ambas cooperativas de crédito, la compradora y la que se liquida, tienen que ponerse de acuerdo sobre los precios y las condiciones.
Section § 14657
Esta ley permite a las cooperativas de crédito invertir en cuentas de donación benéfica (CDA) para apoyar a organizaciones benéficas calificadas, siempre que cumplan ciertas condiciones. Estas condiciones incluyen limitar la inversión al 5% del patrimonio neto de la cooperativa de crédito, asegurar que los activos se mantengan en una cuenta segregada y nombrar un fiduciario o administrador regulado si se utiliza un vehículo fiduciario. La cooperativa de crédito debe documentar los términos de la cuenta en un acuerdo por escrito, adoptar políticas para la gestión de la CDA y realizar donaciones a organizaciones benéficas calificadas al menos una vez cada cinco años, distribuyendo al menos el 51% del rendimiento total de los activos de la cuenta.
Al finalizar la CDA, la cooperativa de crédito puede recibir los activos restantes en efectivo o en especie si son inversiones permitidas. La ley también define términos clave como afiliada, contribuciones benéficas y asesor de inversiones registrado para garantizar la claridad en la ejecución de estas cuentas.
Section § 14659
Esta ley permite que una cooperativa de crédito realice inversiones que normalmente no están permitidas, siempre que sea para financiar un plan de beneficios para empleados. La inversión debe estar directamente vinculada a la obligación actual o futura de la cooperativa de crédito con ese plan. Además, la cooperativa de crédito solo puede mantener la inversión mientras tenga dichas obligaciones. Curiosamente, no necesitan un permiso especial que normalmente se exige en otra sección para realizar estas inversiones.