Procedimientos Generales: Disposiciones Generales y Pasos Iniciales en el Proceso de Revocación de MandatoDisposiciones Generales
Section § 11000
Esta ley establece las reglas para la destitución de funcionarios electos en California, incluyendo los del estado, condados, ciudades, distritos escolares y jueces. Sin embargo, no anula ninguna regla municipal o del condado sobre la destitución que estén detalladas en sus estatutos u ordenanzas.
Section § 11001
Esta sección de la ley aclara la clasificación de los jueces en California para ciertos propósitos: los jueces que sirven en los tribunales de apelación son considerados funcionarios estatales, mientras que los jueces en los tribunales de primera instancia son considerados funcionarios del condado.
Section § 11002
Esta ley define quién se considera un 'funcionario electoral' para la gestión de las elecciones de revocación de mandato. Un 'funcionario electoral' puede ser un funcionario electoral del condado para cargos relacionados con el condado, como los de distritos escolares o jueces de tribunales de primera instancia. Para los funcionarios municipales cuya revocación de mandato se solicita, un funcionario electoral de la ciudad, como un secretario municipal, es el responsable. En los distritos donde votan los propietarios de tierras o donde los documentos de nominación se presentan ante la junta directiva, el secretario de la junta directiva actúa como funcionario electoral.
Section § 11003
Esta sección define qué significa 'junta directiva' para diferentes situaciones. Puede significar el ayuntamiento, la junta de supervisores del condado, la junta de fideicomisarios del distrito escolar o del colegio comunitario, o el órgano legislativo de un distrito especial, dependiendo del contexto. Para la revocación de un juez de tribunal de primera instancia, se refiere específicamente a la junta de supervisores.
Section § 11004
Section § 11005
Si quieres iniciar la destitución de un funcionario electo, debes ser un votante registrado en el área donde ese funcionario ejerce su cargo.
Section § 11006
Esta sección explica que se puede iniciar el proceso para destituir a un funcionario electo o a alguien designado en su lugar, anunciando oficialmente la intención de hacer circular una petición de revocación. Esto implica pasos específicos como la entrega, presentación y publicación o fijación del aviso.
Section § 11007
Esta ley establece que no se pueden iniciar acciones legales para destituir a un funcionario de una ciudad, condado o distrito bajo ciertas condiciones. Estas condiciones son: el funcionario no ha estado en el cargo por más de 90 días; una elección revocatoria reciente en los últimos seis meses resultó a su favor; o le quedan menos de seis meses en su mandato. La excepción es si la persona fue nombrada porque nadie más fue nominado para el cargo.