TarifasTarifas Autorizadas
Section § 76350
Esta ley establece que tanto los aprendices residentes como los no residentes, así como sus padres, madres o tutores, no tienen que pagar ninguna tarifa para inscribirse o asistir a cursos de actividad o de colegio comunitario. Estos cursos se ofrecen como parte de programas de aprendizaje bajo ciertas secciones del Código Laboral, siempre que cumplan con requisitos específicos de instrucción y del curso.
Section § 76355
Esta sección permite a los colegios comunitarios de California cobrar una pequeña cuota por los servicios de salud, como la atención médica y los centros de salud estudiantil. La cuota puede ser de hasta $10 por semestre y $7 por otros períodos como la escuela de verano. Las instituciones pueden ajustar la cuota según la inflación si el aumento es de un dólar completo.
Los estudiantes a tiempo parcial podrían pagar un monto diferente o tener la opción de no pagar la cuota. Existen exenciones para estudiantes que dependen de la oración para la curación y para aquellos en programas de aprendizaje. Las cuotas recaudadas deben financiar específicamente los servicios de salud y no pueden cubrir gastos relacionados con el atletismo.
Los colegios que ofrecieron servicios de salud en 1986-87 deben seguir proporcionándolos al mismo nivel, incluso si cuesta más de lo que recauda la cuota. Las instituciones pueden cubrir inicialmente los costos de implementación de estas cuotas con otros fondos y reembolsar estos fondos con las futuras recaudaciones de cuotas de salud. Finalmente, la junta de gobernadores tiene la tarea de describir qué servicios de salud deben incluirse.
Section § 76360
Esta ley permite a los distritos de colegios comunitarios cobrar una tarifa por los servicios de estacionamiento, hasta $50 por semestre y $25 por intersesión, a quienes utilicen las instalaciones de estacionamiento. Esta tarifa no debe exceder el costo real de proporcionar estos servicios. Los usuarios de vehículos compartidos que regularmente traigan dos o más pasajeros pueden pagar una tarifa reducida de hasta $35 por semestre o $15 por intersesión.
La junta directiva puede ajustar estas tarifas según la inflación y también puede cobrar una tarifa más alta si la demanda de estacionamiento y los precios de los terrenos alrededor del campus son superiores al promedio estatal. Estas tarifas aumentadas solo pueden cubrir el costo de construir nuevas estructuras de estacionamiento. Los estudiantes que reciben ayuda financiera pueden estar exentos de tarifas superiores a $30 por semestre.
Otras personas, además de estudiantes y empleados, también pueden ser cobradas por los servicios de estacionamiento. Todas las tarifas recaudadas deben usarse estrictamente para servicios de estacionamiento o para ayudar a reducir los costos de transporte para estudiantes y empleados. Los 'servicios de estacionamiento' incluyen la compra, construcción y mantenimiento de instalaciones de estacionamiento. Finalmente, las tarifas recaudadas de inversiones realizadas con fondos estudiantiles deben ser reembolsadas a la organización estudiantil.
Section § 76361
Esta ley permite a los distritos de colegios comunitarios cobrar a estudiantes y empleados una tarifa de transporte para ayudar a cubrir los costos de los servicios de tránsito. El monto de la tarifa puede decidirse mediante votaciones de los estudiantes o de estudiantes y empleados, pero se aplica principalmente a quienes utilizan el servicio. Se pueden otorgar exenciones o reducciones para estudiantes de bajos ingresos o a tiempo parcial. El total de las tarifas de transporte y estacionamiento no puede exceder los $70 por semestre. Los aumentos de tarifas pueden igualar las tasas de inflación.
Deben realizarse elecciones para aprobar estas tarifas antes de celebrar o prorrogar contratos de transporte. Además, se exige un aviso de 12 meses antes de modificar o finalizar los acuerdos de servicios de transporte existentes. Las tarifas se aplican solo a los servicios de tránsito externos, no a los autobuses lanzadera dentro del campus.
Section § 76365
Esta ley establece que la junta de gobernadores debe crear reglas sobre cuándo los distritos de colegios comunitarios pueden exigir a los estudiantes que compren materiales para sus cursos. Las reglas deben indicar que los colegios no están obligados a suministrar todo lo necesario para las clases, como libros de texto o equipos. En cambio, describe cuándo los colegios pueden pedir a los estudiantes que adquieran materiales que les serán útiles incluso fuera del aula, como equipos para la formación profesional. Para asegurar que los distritos cumplan con estas reglas, habrá un proceso para verificar su cumplimiento.
Section § 76370
Esta ley permite a los colegios comunitarios autorizar a las personas a asistir a cursos como oyentes, lo que significa asistir sin recibir crédito, y pueden cobrar una tarifa por ello.
(a) Si se cobra una tarifa, esta no puede exceder los $15 por unidad por semestre. La tarifa debe ajustarse para diferentes duraciones de período y redondearse al dólar más cercano cuando corresponda.
(b) Los estudiantes que ya están tomando 10 o más unidades para crédito no tienen que pagar para asistir como oyentes a hasta tres unidades adicionales por semestre.
(c) Los estudiantes oyentes no pueden cambiar su inscripción para recibir crédito por ese curso más tarde.
(d) La prioridad para los cupos en clase se otorga a los estudiantes que toman el curso para obtener crédito.
(e) Los estudiantes oyentes no se tienen en cuenta en los cálculos de financiación del colegio.
Section § 76375
Esta ley permite a los distritos de colegios comunitarios cobrar a los estudiantes una tarifa para construir y operar centros estudiantiles, pero solo después de que dos tercios de los estudiantes votantes lo aprueben en una elección con al menos un 20% de participación. Esta tarifa puede ser de hasta $1 por hora de crédito, con un máximo anual de $10 por estudiante, y se suma a otras tarifas estudiantiles. Sin embargo, no se aplica a estudiantes de cursos sin crédito ni a quienes reciben ciertos tipos de asistencia gubernamental.
Las tarifas recaudadas son administradas por el distrito, con la supervisión del gobierno estudiantil, y solo pueden usarse para costos relacionados con el centro estudiantil. Los fondos pueden invertirse en cuentas aseguradas y otros instrumentos financieros aprobados hasta su uso. En última instancia, el gobierno estudiantil decide cómo usar los ingresos de la tarifa y las instalaciones del centro estudiantil.
Section § 76380
Si eres un adulto tomando clases sin crédito, como inglés y ciudadanía para no ciudadanos u otras clases sin un diploma de escuela secundaria, no tendrás que pagar ningún tipo de tarifa o matrícula al distrito que ofrece la clase. Esto también aplica a ciertas clases de colegio comunitario. Además, el número de estudiantes equivalentes a tiempo completo en estas clases se calcula según regulaciones específicas.
Section § 76385
Section § 76395
Esta ley permite a los distritos de colegios comunitarios cobrar a los estudiantes una tarifa si sus clases de educación física utilizan instalaciones que no son propiedad del distrito. La tarifa es para cubrir los costos adicionales de usar estas instalaciones externas.