Extinción de las ObligacionesCumplimiento
Section § 1473
Si alguien cumple completamente lo que acordó hacer en un contrato, ya sea por sí mismo o a través de otra persona que apruebe, y la persona a la que se le debe lo acepta, entonces la obligación se considera cumplida y ya no está vigente.
Section § 1474
Si varias personas comparten la responsabilidad por una deuda u obligación, y una de ellas la paga, entonces todas quedan liberadas de esa deuda u obligación.
Section § 1475
Section § 1476
Si una persona o grupo al que le debes dinero (acreedores) te dice que pagues o cumplas tu obligación de una manera específica, y lo haces de esa manera, tu obligación se considera terminada, incluso si el acreedor no se beneficia realmente de ello.
Section § 1477
Esta ley establece que si tienes una deuda única y solo pagas una parte de ella, la deuda se reduce por la cantidad que pagaste, pero solo si el acreedor acepta y retiene el pago de forma voluntaria. Sin embargo, si el acreedor se ve obligado a conservar el pago para evitar dañar sus propios bienes, no se considera que lo haya retenido voluntariamente.
Section § 1478
Section § 1479
Esta ley explica cómo deben asignarse los pagos realizados por un deudor que tiene varias deudas con la misma persona. Si el deudor le indica al acreedor cómo aplicar el pago, este debe usarse para saldar la deuda especificada. Si el deudor no especifica, el acreedor puede decidir a qué deuda aplicarlo, siempre que lo haga dentro de un plazo razonable. El acreedor debe distribuir los pagos equitativamente si existen deudas similares debidas tanto a título personal como en calidad de fiduciario. Si ninguna de las partes especifica, los pagos se aplican primero a los intereses, luego al capital, después a la deuda más antigua, y las deudas no garantizadas antes que las garantizadas.