Ley de Construcción Pública de Organismos LocalesCondados
Section § 20120
Section § 20121
En California, si los costos de construcción o reparación de ciertas instalaciones públicas, como cárceles, bibliotecas, estadios deportivos u otros edificios públicos, superan los $4,000, el trabajo debe completarse mediante un contrato. Esto también incluye costos relacionados como materiales o suministros. Cualquier trabajo realizado sin seguir este proceso de contratación se considera inválido.
Section § 20121.1
Section § 20122
Section § 20123
Esta ley establece que en condados muy grandes con poblaciones de 2,000,000 o más, las reglas específicas sobre contratación pública (Secciones 20121 y 20122) no se aplican cuando el condado posee un edificio y el trabajo necesario para alterarlo o repararlo cuesta menos de $50,000.
Section § 20123.5
Esta ley prohíbe dividir un proyecto de obra pública en partes o proyectos más pequeños para evitar las normas que exigen que dicho trabajo se contrate mediante licitación competitiva. Si alguien hace esto a sabiendas, está cometiendo un delito menor.
Section § 20124
Esta ley exige que la Junta de Supervisores cree planes detallados para los proyectos de obras. Sin embargo, en el Condado de Los Ángeles, pueden permitir que el director de obras públicas se encargue de esto, dependiendo del costo del proyecto. Para proyectos costosos, deciden sobre cada uno individualmente, mientras que los proyectos más económicos siguen una regla establecida en otra ley. Esta norma es temporal y expirará el 1 de enero de 2030.
Section § 20124
Esta ley describe las responsabilidades de la junta de supervisores en la adopción de planos y especificaciones detallados para proyectos de obras del condado. Permite a la Junta de Supervisores del Condado de Los Ángeles delegar estas responsabilidades al director de obras públicas para proyectos con un presupuesto igual o inferior a un cierto límite definido en otra sección. Esta cláusula de delegación entrará en vigor el 1 de enero de 2030.
Section § 20125
Cuando una junta pública necesita contratar a alguien para un proyecto, debe anunciar la licitación. Esto debe hacerse colocando un anuncio en un periódico local diario o semanal. Si no hay un periódico local, deben publicar el aviso en tres lugares públicos durante al menos dos semanas.
Section § 20126
Si un aviso de licitación de un proyecto de construcción menciona lugares para obtener materiales, como una cantera de préstamo o un lecho de grava, y estos materiales requieren aprobación según la Sección 1602 del Código de Pesca y Caza, el aviso debe incluir cualquier condición o cambio requerido según la Sección 1603 del Código de Pesca y Caza.
Section § 20127
Esta ley garantiza que todos los licitadores tengan la oportunidad de revisar los planos del proyecto, las especificaciones detalladas, las hojas de tensión y los detalles de ejecución antes de presentar sus ofertas.
Section § 20128
Section § 20128.5
Esta ley permite a las juntas de supervisores del condado adjudicar contratos anuales para trabajos de reparación, remodelación u otros trabajos repetitivos que no superen los $3 millones, con ajustes basados en la inflación. Estos contratos deben basarse en precios unitarios, que son precios establecidos para unidades individuales de trabajo, y no pueden incluir nuevas construcciones ni el diseño y la elaboración de planos de dichos proyectos. El trabajo debe seguir planos típicos que se apliquen ampliamente a muchos proyectos. La junta o un funcionario designado debe ordenar todos los proyectos bajo estos contratos, y estos deben adjudicarse al postor responsable más bajo.
Section § 20129
Cuando se licita para trabajos de construcción, los licitadores deben presentar sus ofertas en un sobre sellado junto con un depósito de garantía. Este depósito puede ser efectivo, un cheque de caja, un cheque certificado o una fianza de una aseguradora autorizada, todos pagaderos al condado.
Si un licitador no gana, su depósito de garantía se le devolverá en un plazo de 60 días a partir de la adjudicación del contrato. El licitador ganador debe presentar una fianza de cumplimiento aprobada por la junta para asegurar que completará el proyecto según lo acordado.
Section § 20130
Esta ley permite a la junta de supervisores del condado anular todas las ofertas para la construcción o reparación de una instalación de embarque si el agrimensor o ingeniero del condado informa que el trabajo puede realizarse de forma más económica con personal propio. Luego pueden hacer que el trabajo se complete utilizando empleados del condado, bajo la supervisión del agrimensor o ingeniero.
Section § 20131
Los condados con agentes de compras pueden permitir que estos agentes contraten a contratistas con licencia estatal y compren materiales para obras públicas con un costo de hasta $6,500 sin necesidad de procesos formales de licitación. Sin embargo, en condados con poblaciones de 500,000 o más, este límite se reduce a $3,500. También pueden adquirir equipo médico o quirúrgico, o servicios profesionales para hospitales del condado sin licitaciones, siempre que los costos estén cubiertos en el presupuesto del condado. Los suministros médicos aquí se definen como aquellos utilizados bajo la dirección de un médico para el cuidado del paciente en hospitales.
Section § 20132
Esta ley permite que la junta de supervisores de un condado otorgue a su oficial administrativo o ejecutivo la autoridad para firmar contratos de menos de $5,000 en nombre del condado. Sin embargo, estos contratos deben haber sido previamente aprobados e incluidos en el presupuesto del condado. La junta también debe ratificar oficialmente la aprobación y ejecución del contrato por parte del oficial. Esta norma no cubre ciertas áreas, como asuntos previamente especificados, contratos para la construcción de proyectos públicos y contratos que requieren licitación pública.
Section § 20134
Esta ley de California permite a las juntas de supervisores de los condados reparar o construir rápidamente instalaciones del condado, como cárceles o juzgados, en situaciones de emergencia sin los procedimientos habituales de licitación y planificación. Si las operaciones del condado dependen de estas reparaciones, pueden comenzar de inmediato con la aprobación de la junta, utilizando mano de obra interna, contratistas externos o una combinación de ambos.
Las ampliaciones de cárceles de emergencia son posibles en ciertos condados con hacinamiento para mantener la seguridad pública. La junta debe revisar al menos tres propuestas de contrato y seleccionar la más adecuada, no necesariamente la más barata, después de una discusión pública. La construcción de cárceles requiere la aprobación del ayuntamiento en algunas áreas. Se aplican reglas similares para la construcción de nuevas instalaciones juveniles o judiciales, centrándose en la finalización más rápida. Los contratistas deben tener licencia y proporcionar fianzas de cumplimiento, con todos los ajustes de trabajo siguiendo pautas estrictas. Algunos condados pueden omitir ciertos requisitos hasta fechas específicas.
Section § 20135
Section § 20136
Esta ley establece que una vez que se celebra un contrato para construir o reparar cualquier estructura pública, no se puede cambiar a menos que: esté permitido por otra ley específica, el propio contrato permita cambios, o dos tercios de los miembros de la junta acuerden cambiarlo, pero solo si el contratista también está de acuerdo.
Section § 20137
Esta ley establece que si se necesitan hacer cambios a un contrato, estos deben ser registrados por escrito por un funcionario autorizado del condado. El costo de estos cambios debe ser acordado entre la junta y el contratista, a menos que el contrato prevea una forma de determinar un precio justo, como el arbitraje o un método de costo más un porcentaje fijo.
Si el costo de los cambios es inferior a ciertas cantidades especificadas o menos del 10% del contrato original, el contratista puede realizar los cambios sin necesidad de nuevas ofertas. Sin embargo, si el cambio supera estas cantidades, se necesita un voto de cuatro quintos de la junta para aprobarlo.
Section § 20138
Si se realizan cambios en un contrato que disminuyen el costo del trabajo, el condado debe ser compensado por esa reducción.
Section § 20139
Section § 20140
Section § 20141
Section § 20142
Esta ley de California permite a las juntas de supervisores del condado autorizar a un ingeniero del condado u otro funcionario a aprobar cambios o adiciones en los contratos de construcción. Estos cambios deben ser por escrito y tienen límites de costo basados en el tamaño original del contrato. Para contratos de menos de $50,000, los cambios no pueden exceder los $5,000. Para contratos entre $50,000 y $250,000, los cambios no pueden exceder el 10% del monto original. Para contratos de más de $250,000, el límite es de $25,000 más el 5% del monto que exceda los $250,000.
La ley también especifica que los condados de Los Ángeles y Santa Clara pueden optar por disposiciones especiales para contratos más grandes. Para contratos de más de $25 millones, los cambios pueden llegar hasta $400,000, ajustados anualmente por inflación. Para contratos de más de $50 millones, los cambios pueden alcanzar los $750,000. Las decisiones delegadas siguen siendo vinculantes, y deben implementarse medidas para prevenir el fraude. Se debe presentar un informe de revisión detallado antes del 1 de julio de 2026 para los contratos modificados. La ley está programada para expirar el 1 de enero de 2027.
Section § 20142
Esta ley permite a la junta de supervisores autorizar al ingeniero del condado o a otro funcionario a realizar cambios en los contratos de construcción. Para contratos de menos de $50,000, se pueden ordenar cambios que cuesten hasta $5,000. Si el contrato es de más de $50,000 pero hasta $250,000, los cambios no pueden exceder el 10% del contrato original. Para contratos más grandes que cuesten más de $250,000, los cambios no pueden superar los $25,000 más el 5% del monto que exceda los $250,000, con un máximo de $210,000. Esta ley entrará en vigor el 1 de enero de 2027.
Section § 20143
Esta ley permite a una junta incluir condiciones en un contrato para la construcción o reparación de estructuras públicas. Estas condiciones pueden exigir a los contratistas realizar trabajo adicional o proporcionar materiales adicionales si la junta o los funcionarios autorizados lo consideran necesario para finalizar el proyecto adecuadamente.
Section § 20144
Esta ley establece que las reglas de este artículo no se aplican a los contratos entre el Condado de Napa y el Estado de California (o sus agencias ejecutivas) para arreglar o modificar el edificio Old Bale Mill en el Condado de Napa.
Section § 20145
Esta ley se aplica a los condados de California con una población de 6 millones o más. La junta de supervisores de estos condados puede crear reglas que permitan a ciertos funcionarios del condado manejar tareas que normalmente realiza la junta, como crear contratos y aprobar cambios, siempre y cuando el contrato original sea de $330,000 o menos. Los cambios a estos contratos tampoco pueden superar los $330,000 o el 10% del contrato original, lo que sea menor. Sin embargo, el total de los cambios no puede aumentar el contrato en más del 25%. Las reglas detalladas deben guiar a estos funcionarios en sus responsabilidades.
Esta sección también aclara que los condados deben seguir cumpliendo con las normas de contratación pública existentes al anunciar y adjudicar proyectos de obras públicas.
Section § 20146
Esta ley permite a los condados o entidades públicas de California utilizar un método de gestión de construcción llamado "gestor de construcción de riesgo" para proyectos grandes que cuesten más de $1 millón. Estos proyectos no pueden ser carreteras, pero pueden incluir edificios, servicios públicos y puentes. La entidad que gestiona la construcción debe tener suficiente seguro y fianza y puede ser elegida basándose en el precio o en el mejor valor, lo que implica criterios de experiencia en el proyecto, seguridad y costo.
"Mejor valor" significa evaluar a los contratistas en función de factores más allá del precio, como el trabajo anterior y la solidez financiera. La ley garantiza que cualquier trabajo de construcción requiera mano de obra cualificada, a menos que existan ciertos acuerdos, como los acuerdos laborales de proyecto. Los subcontratistas deben ser contratados a través de un proceso justo y transparente.
Los contratos y los detalles del proyecto deben ser de acceso público, y los fondos de retención (dinero retenido para asegurar la finalización del trabajo) tienen un límite. Estas reglas son temporales y finalizan en 2029.
Section § 20147
Esta sección de la ley establece que cuando el Condado de San Diego contrata con una entidad privada para desarrollar un sistema regional de comunicaciones para la seguridad pública en los Condados de San Diego e Imperial, ciertas reglas de adquisición no se aplican. Pueden usar cualquier método de adquisición competitivo, pero si no usan los métodos disponibles, deben usar la adquisición de "mejor valor". Esto significa que el condado evalúa las propuestas no solo por el precio, sino también por criterios como la funcionalidad, las especificaciones técnicas, los planes de implementación, los costos del ciclo de vida, la experiencia y la estabilidad fiscal. El enfoque de mejor valor permite flexibilidad al elegir entre la propuesta de menor precio o la mejor propuesta general al considerar otros factores.