Distritos de BulevarDisposiciones Generales
Section § 26000
En este contexto, el término 'Distrito' se refiere específicamente a un 'distrito de bulevar' a menos que el contexto indique claramente algo diferente.
Section § 26001
Esta sección de la ley define el término "Comisión" como la comisión del bulevar, a menos que el contexto aclare que se refiere a otra cosa.
Section § 26002
Un 'bulevar' se define como una carretera con un ancho entre 30 y 100 pies. Si el bulevar tiene menos de 60 pies de ancho, no se pueden construir ni operar ferrocarriles o tranvías en él, a menos que se tenga un permiso especial de la autoridad a cargo. Esto no impide que los vehículos crucen el bulevar.
Section § 26003
Esta ley establece que las elecciones distritales deben seguir generalmente las mismas reglas que las elecciones estatales en California, pero existen excepciones, especialmente en lo que respecta a las boletas, las nominaciones y los funcionarios electorales para las elecciones distritales. Estos elementos específicos no se rigen por las leyes electorales generales del estado.
Además, si hay errores menores o irregularidades en la forma en que se lleva a cabo una elección distrital, no invalidará la elección siempre y cuando esos errores no perjudiquen significativamente los derechos de voto de las personas.