Section § 25925

Explanation
Esta ley explica que cada año, una evaluación del distrito sobre la tierra se convierte en un gravamen sobre esa propiedad a partir del 1 de marzo. Esto significa que si usted es propietario de esa tierra, es responsable de pagar la evaluación a partir de esta fecha, a menos que la Sección 25806 establezca una excepción.

Section § 25926

Explanation
La ley exige que el recaudador publique un aviso dentro de los 20 días siguientes a la recepción del libro de tasaciones del secretario. Este aviso debe incluir cuatro puntos clave: cuándo vencen las tasaciones, cuándo se considerarán morosas, las posibles sanciones por pagos atrasados y dónde y cuándo se pueden realizar los pagos.

Section § 25927

Explanation
Esta ley exige que un aviso de evaluación se publique al menos una vez por semana durante dos semanas seguidas. Debe imprimirse en un periódico del condado donde se encuentra la oficina y en cualquier otro condado que esté afectado.

Section § 25928

Explanation
Si un aviso de tasación de terrenos no se publica en un condado, esto no invalida las tasaciones en los condados donde sí se publicó el aviso.

Section § 25929

Explanation

Esta sección establece que un recaudador de impuestos debe estar disponible en la fecha y lugar designados para cobrar los pagos de las tasaciones a los propietarios. Se les exige aceptar los pagos de las tasaciones del año en curso, incluso si hay impuestos impagos de años anteriores sobre la propiedad. Sin embargo, la aceptación de dichos pagos no afecta ni modifica ninguna acción legal o procedimiento ya establecido con respecto a esos impuestos atrasados.

El recaudador deberá presentarse en la fecha y lugar especificados en el aviso de tasación para recibir los pagos de las tasaciones.
El recaudador aceptará el pago de las tasaciones del año en curso aun cuando existan morosidades de años anteriores sobre la propiedad inmueble. La aceptación del pago no afectará de ninguna manera la validez de ningún procedimiento o acción previamente iniciada conforme al Capítulo 5 (que comienza con la Sección 26075) o al Capítulo 6 (que comienza con la Sección 26225) de esta parte.

Section § 25930

Explanation

Si le debe dinero al distrito, debe pagar en dólares estadounidenses.

Además, si presenta un cheque o cualquier método de pago que no sea válido, el distrito puede cobrarle una tarifa adicional para gestionar esa situación, según lo establecido en otra sección, 25809.

Las evaluaciones o cualquier otro cargo adeudado al distrito se pagarán en moneda de curso legal de los Estados Unidos. Se podrá aplicar un cargo adicional razonable por el procesamiento o reprocesamiento de un cheque no válido u otro instrumento no válido, según lo dispuesto en la Sección 25809.

Section § 25931

Explanation

Cuando se realiza un pago por una tasación, la persona encargada de cobrarlo debe registrar la fecha de pago junto al nombre del pagador en el libro de tasaciones.

El recaudador deberá anotar la fecha de pago de cualquier tasación en el libro de tasaciones, frente al nombre del contribuyente.

Section § 25932

Explanation

Cuando alguien realiza un pago al recaudador, debe recibir un recibo o un estado de cuenta. Si es un recibo, debe incluir detalles como el importe pagado y la propiedad a la que se refiere. Alternativamente, si es un estado de cuenta o factura, debe detallar lo adeudado, cualquier importe de cuotas, los detalles de la propiedad, y señalar que un recibo solo se entrega si se solicita; de lo contrario, el talón de la factura y un cheque cancelado sirven como recibo.

El recaudador deberá entregar a la persona que realiza el pago, uno de los siguientes:
(a)CA Código De Aguas Code § 25932(a) Un recibo que especifique, cuando corresponda, (1) el importe de la tasación o cargo, (2) el importe pagado, y (3) la descripción de la propiedad tasada.
(b)CA Código De Aguas Code § 25932(b) Un estado de cuenta o factura por la tasación o cargo adeudado al distrito, con un talón o una copia de la factura que especifique, cuando corresponda, (1) el importe de la tasación o cargo, o si la tasación o cargo es pagadero en más de un pago, el importe adeudado con cada pago; (2) una descripción de la propiedad tasada; y (3) instrucciones de que se proporcionará un recibo solo previa solicitud, ya que el talón o la copia de la factura y el cheque cancelado por el pago constituyen un recibo.