Section § 50300

Explanation

Esta ley explica cómo los propietarios de terrenos pueden solicitar la formación de un distrito para la recuperación de tierras. Si usted posee al menos la mitad de un pantano, marisma salada o terreno de marea que se inunda y desea recuperarlo, puede presentar una petición a la junta local para formar un distrito. Lo mismo aplica si el terreno ya está siendo recuperado y usted desea mantener o proteger los esfuerzos de recuperación.

Una petición para la formación de un distrito, verificada mediante la declaración jurada de uno de los peticionarios, puede presentarse a la junta de supervisores en una reunión ordinaria de la misma por:
(a)CA Código De Aguas Code § 50300(a) Los propietarios de la mitad o más de cualquier extensión de terrenos pantanosos e inundados, marismas saladas o terrenos de marea, u otros terrenos sujetos a inundaciones o desbordamientos, susceptibles de un único modo de reclamación que deseen reclamar el terreno.
(b)CA Código De Aguas Code § 50300(b) Los propietarios de la mitad o más de cualquier extensión de terrenos pantanosos e inundados, marismas saladas o terrenos de marea susceptibles de un único modo de reclamación, y ya reclamados, o en proceso de reclamación, y no incluidos en ningún distrito, que deseen formar un distrito para el mantenimiento, protección o reparación de las obras de reclamación, en, sobre o pertenecientes a dicha extensión de terrenos, o para la finalización de la reclamación de los mismos.

Section § 50301

Explanation

Esta ley establece que cuando alguien desea recuperar tierras o si la recuperación de tierras está en marcha, debe presentar una petición. La petición debe describir claramente los límites exteriores del distrito, indicar el número total de acres dentro de esos límites, enumerar a los propietarios de bienes inmuebles e identificar los condados que abarca el distrito, incluyendo cuántos acres hay en cada uno si cubre varios condados.

La petición deberá indicar que los peticionarios desean recuperar la tierra, o que la tierra ha sido recuperada, o que la recuperación está en curso, y deberá contener:
(a)CA Código De Aguas Code § 50301(a) Una descripción de los límites exteriores del distrito propuesto.
(b)CA Código De Aguas Code § 50301(b) Una declaración sobre el número total de acres situados dentro de los límites exteriores.
(c)CA Código De Aguas Code § 50301(c) El nombre de cada propietario registrado de bienes inmuebles situados dentro de los límites exteriores.
(d)CA Código De Aguas Code § 50301(d) El nombre de cada condado dentro del cual se encuentra el distrito propuesto, y si está en más de un condado, el número de acres del distrito en cada condado.

Section § 50302

Explanation
Esta ley exige que una petición se anuncie en un periódico local una vez por semana durante dos semanas antes de una audiencia. Esta publicación debe incluir un aviso de cuándo se presentará la petición a la junta de supervisores.

Section § 50303

Explanation
Cuando presente una petición, también debe incluir una declaración jurada que confirme que la petición ha sido publicada.