Sacrificio de GanadoGeneralidades
Section § 22001
En general, no puedes matar una vaca ni contratar a alguien para que lo haga a menos que tenga una licencia especial como matador. Podría haber excepciones en este capítulo, pero esa es la regla básica.
Section § 22001.5
Section § 22002
Esta ley permite a los productores de ganado sacrificar un pequeño número de ganado que ellos mismos han criado en su propia propiedad. La carne debe ser utilizada únicamente por el productor, los miembros de su hogar o sus invitados y empleados no remunerados.
Section § 22003
Si cría ganado y quiere sacrificarlo para su propio consumo en casa, puede llevarlo a una instalación con licencia para que lo procesen, siempre y cuando se le quiten primero las vísceras, la cabeza y las patas. Los cueros pueden permanecer puestos durante el transporte.
Section § 22004
Esta ley exige que cualquier canal y piel que se lleve a un casillero o procesador de alimentos congelados con licencia debe ser identificada de acuerdo con regulaciones específicas. La persona que sacrificó al animal es responsable de asegurar esta identificación. El operador de la instalación solo puede aceptar estos artículos si están debidamente identificados. Además, un inspector de marcas debe inspeccionar o liberar las canales y pieles. El director es responsable de establecer las regulaciones necesarias para hacer cumplir esta ley.
Section § 22004.1
Section § 22005
Section § 22006
Section § 22007
Si usted es propietario de ganado en California, puede hacer que sus animales sean revisados y sacrificados por un profesional. Después, puede vender la carne de esos animales.
Section § 22008
Si usted sacrifica ganado pero no es un matadero con licencia, debe hacer algunas cosas específicas: Llevar un registro detallado de cada res que sacrifique, incluyendo para quién es y adónde se envía la carne. Este registro debe estar disponible para inspectores o la policía si lo solicitan.
Además, si no envía la carne a un almacén de alimentos refrigerados con licencia, debe informar a un inspector de marcas dentro de las 24 horas.
Section § 22009
Si se le pide cortar o procesar carne de res de una vaca que no fue sacrificada por un profesional con licencia o que no siguió regulaciones específicas, debe informar a un inspector de marcas antes de comenzar el trabajo.
Section § 22010
Si recibes carne según la Sección 22009, debes llevar un libro de registro especial con detalles sobre la entrega de la carne. Esto incluye el nombre, la dirección y el número de teléfono de quien entrega la carne, el número de matrícula del vehículo y la fecha en que recibiste la carne.
Debes guardar este registro por un año y mostrarlo a cualquier inspector o policía si te lo piden.