(a)CA Alimentos Y Agricultura Code § 58582(a) La Cuenta de Promoción de Exportaciones Agrícolas de California queda por la presente creada en el Fondo del Departamento de Alimentación y Agricultura. No obstante la Sección 13340 del Código de Gobierno, el dinero en la cuenta se asigna continuamente al secretario para apoyar actividades de promoción de exportaciones y relaciones públicas realizadas en general y de conformidad con este capítulo.
(b)CA Alimentos Y Agricultura Code § 58582(b) La cuenta consistirá exclusivamente en fondos recibidos para el propósito del inciso (a) de fuentes de la industria privada, juntas asesoras de órdenes de comercialización establecidas de conformidad con el Capítulo 1 (que comienza con la Sección 58601) de la Parte 2, y consejos agrícolas y comisiones agrícolas establecidos de conformidad con la División 22 (que comienza con la Sección 64001).
(c)CA Alimentos Y Agricultura Code § 58582(c) Los fondos gastados de la cuenta se utilizarán exclusivamente para actividades que beneficien directamente a las fuentes de la industria de las cuales se derivan los fondos.
(d)CA Alimentos Y Agricultura Code § 58582(d) De conformidad con el inciso (c), los fondos gastados de la cuenta podrán utilizarse para gastos de asignación de representación con el propósito de proporcionar una representación adecuada de California a funcionarios de gobiernos extranjeros y funcionarios federales de los Estados Unidos, lo cual incluirá ambos de los siguientes:
(1)CA Alimentos Y Agricultura Code § 58582(d)(1) Comidas relacionadas con negocios que incluyan la participación de funcionarios de gobiernos extranjeros o funcionarios federales de los Estados Unidos y la industria agrícola de California, sin exceder el 300 por ciento de las tarifas de viáticos establecidas.
(2)CA Alimentos Y Agricultura Code § 58582(d)(2) Regalos de representación, sin exceder cien dólares ($100) por artículo.