Chapter 5.1
Section § 2220
Bu bölüm, Federal Yardım Birleşik Yol Planı Yasası olarak adlandırılır; yani ona bu isimle atıfta bulunabilirsiniz.
Section § 2221
Hukum ini adalah tentang pembentukan program untuk mengelola dan merencanakan jalan di California di bawah undang-undang jalan raya federal dari tahun 1987. Hukum ini bertujuan untuk menyelaraskan program ini dengan tujuan terkait jalan yang ada di negara bagian. Ini mengharuskan departemen terkait untuk membuat dan membagikan pedoman tentang cara mengalokasikan dan mengelola dana untuk proyek-proyek jalan ini. Pedoman ini tidak harus mengikuti proses biasa untuk peraturan pemerintah.
Section § 2222
Tento zákon vysvětluje, že konkrétní kapitola je zodpovědná za správu financí pro určité programy týkající se silniční a mostní infrastruktury. Zaměřuje se na nakládání s finančními prostředky ze zákona Federal-Aid Highway Act of 1987. Tyto prostředky jsou určeny pro projekty, jako jsou vedlejší silnice, městské silnice a různé mostní programy.
Section § 2223
Section § 2224
Esta sección establece un Comité del Plan Vial Combinado para ayudar con la planificación del transporte en California. El comité incluye miembros de varias agencias regionales, urbanas y rurales, junto con representantes de tránsito y funcionarios de departamentos estatales y federales. Proporciona orientación sobre la asignación y el uso de fondos para la planificación vial bajo un programa de demostración federal. El enfoque principal es priorizar la reasignación de fondos dentro del mismo condado si estos quedan disponibles. Los comités específicos de cada condado pueden crear directrices locales.
Section § 2225
Esta ley establece que las reglas descritas en la Sección 2360 no son aplicables a los fondos que se dividen y asignan como parte del programa de demostración del plan combinado de carreteras.
Section § 2226
Section § 2227
Esta ley seguirá activa hasta que el director decida que el programa de demostración del plan federal combinado de carreteras ha terminado. Después de tomar esta decisión, el director debe notificar al Secretario de Estado. La ley será derogada el 1 de enero siguiente a la recepción de esa notificación por parte del Secretario de Estado.