Part 10.5
Section § 8740
Bu bölüm, araziyi bölmek ve ilgili teminatları yönetmek için Part 10'daki prosedürlere alternatif bir dizi prosedür sunmaktadır.
Section § 8740.1
Section § 8740.2
Section § 8740.3
Esta sección de la ley describe el procedimiento para registrar una tasación prorrateada sobre un terreno. Primero, todos los propietarios de tierras deben firmar una solicitud para pedir al superintendente de calles que registre la tasación prorrateada. Luego, el superintendente de calles debe notificar al tenedor de bonos sobre la tasación prorrateada por correo, incluyendo los detalles y montos. Si no se solicita una audiencia dentro de los 14 días, las tasaciones se registrarán. Si se solicita una audiencia, esta seguirá las directrices establecidas en la Parte 10, a partir de la Sección 8730.
Section § 8740.4
TL_Si una solicitud para obras en la calle está firmada por todas las personas que deben firmarla, y no hay solicitud de audiencia, el superintendente de calles actualizará los registros. Esto implica cambiar el diagrama y la evaluación para que coincidan con cualquier nueva división y asignar nuevos números a cada parte separada del terreno original.
Section § 8740.5
El superintendente de calles debe entregar la evaluación actualizada al auditor. El auditor es entonces responsable de registrar, cada año, las cuotas adeudadas por cada porción de la propiedad en el padrón de evaluaciones. Si una ciudad está manejando los trámites, pero los funcionarios del condado están a cargo de cobrar las evaluaciones, el superintendente de calles también debe enviar una copia de la evaluación modificada al auditor del condado.