Section § 8380

Explanation

Esta ley de California trata sobre cómo las compañías de electricidad y gas deben manejar los datos de sus clientes. Establece que las compañías no pueden compartir ni vender sus datos de uso de electricidad o gas sin su consentimiento, verificado mediante una firma electrónica. Tampoco pueden ofrecerle descuentos o incentivos para acceder a sus datos sin su permiso.

Los clientes deben poder acceder a sus datos sin tener que aceptar compartirlos con terceros. Si un tercero utiliza sus datos, debe informarle para qué los usará y obtener su consentimiento. Las compañías deben proteger sus datos para evitar que sean hackeados o accedidos sin permiso. No pueden compartir sus datos con autoridades de inmigración a menos que exista una orden judicial.

Las empresas de servicios públicos pueden usar datos anónimos para cosas como la gestión del sistema y la elaboración de informes, pero deben mantenerlos seguros y no pueden usarlos para otros fines sin preguntarle primero. Si usted comparte sus datos con otra persona, la empresa de servicios públicos no es responsable de lo que suceda con ellos después.

(a)CA Utilities ng Pampubliko Code § 8380(a) Para los fines de esta sección, “datos de consumo eléctrico o de gas” significa datos sobre el uso eléctrico o de gas natural de un cliente que se ponen a disposición como parte de una infraestructura de medición avanzada, e incluye datos de electricidad incrementales y mensuales específicos del medidor, en la medida en que sean producidos por dicha infraestructura, y el nombre, número de cuenta y dirección del cliente.
(b)Copy CA Utilities ng Pampubliko Code § 8380(b)
(1)Copy CA Utilities ng Pampubliko Code § 8380(b)(1) Una corporación eléctrica o corporación de gas no deberá compartir, divulgar o de cualquier otra forma hacer accesibles a terceros los datos de consumo eléctrico o de gas de un cliente, excepto según lo dispuesto en la subdivisión (f) o con el consentimiento del cliente. El consentimiento del cliente podrá verificarse mediante un proceso de autorización de firma electrónica de conformidad con la Ley Uniforme de Transacciones Electrónicas (Title 2.5 (commencing with Section 1633.1) of Part 2 of Division 3 of the Civil Code).
(2)CA Utilities ng Pampubliko Code § 8380(b)(2) Una corporación eléctrica o corporación de gas no deberá vender los datos de consumo eléctrico o de gas de un cliente ni ninguna otra información de identificación personal para ningún propósito.
(3)CA Utilities ng Pampubliko Code § 8380(b)(3) Una corporación eléctrica o corporación de gas o sus contratistas no deberán ofrecer un incentivo o descuento al cliente por acceder a los datos de consumo eléctrico o de gas del cliente sin el consentimiento previo del cliente.
(4)CA Utilities ng Pampubliko Code § 8380(b)(4) Una corporación eléctrica o de gas que utilice una infraestructura de medición avanzada que permita a un cliente acceder a sus datos de consumo eléctrico y de gas deberá asegurar que el cliente tenga la opción de acceder a dichos datos sin que se le exija aceptar el intercambio de su información de identificación personal, incluidos los datos de consumo eléctrico o de gas, con un tercero.
(c)CA Utilities ng Pampubliko Code § 8380(c) Si una corporación eléctrica o corporación de gas contrata con un tercero para un servicio que permite a un cliente monitorear su uso de electricidad o gas, y ese tercero utiliza los datos para un propósito comercial secundario, el contrato entre la corporación eléctrica o corporación de gas y el tercero deberá estipular que el tercero divulgue de manera prominente ese propósito comercial secundario al cliente y obtenga el consentimiento del cliente para el uso de sus datos para ese propósito comercial secundario antes del uso de los datos.
(d)CA Utilities ng Pampubliko Code § 8380(d) Una corporación eléctrica o corporación de gas deberá utilizar procedimientos y prácticas de seguridad razonables para proteger los datos de consumo eléctrico o de gas no cifrados de un cliente contra el acceso no autorizado, la destrucción, el uso, la modificación o la divulgación.
(e)CA Utilities ng Pampubliko Code § 8380(e) Una corporación eléctrica o corporación de gas no deberá compartir, divulgar o de cualquier otra forma hacer accesibles a ninguna autoridad de inmigración, según se define en Section 7284.4 of the Government Code, los datos de consumo eléctrico o de gas de un cliente sin una citación judicial o una orden judicial.
(f)Copy CA Utilities ng Pampubliko Code § 8380(f)
(1)Copy CA Utilities ng Pampubliko Code § 8380(f)(1) Esta sección no impide que una corporación eléctrica o corporación de gas utilice datos agregados de consumo eléctrico o de gas de clientes para análisis, informes o gestión de programas si se ha eliminado toda la información relativa a la identidad individual de un cliente.
(2)CA Utilities ng Pampubliko Code § 8380(f)(2) Esta sección no impide que una corporación eléctrica o corporación de gas divulgue los datos de consumo eléctrico o de gas de un cliente a un tercero para necesidades del sistema, de la red o operativas, o para la implementación de programas de respuesta a la demanda, gestión energética o eficiencia energética, siempre que, para los contratos celebrados después de January 1, 2011, la empresa de servicios públicos haya exigido por contrato que el tercero implemente y mantenga procedimientos y prácticas de seguridad razonables apropiados a la naturaleza de la información para proteger la información personal contra el acceso no autorizado, la destrucción, el uso, la modificación o la divulgación, y prohíba el uso de los datos para un propósito comercial secundario no relacionado con el propósito principal del contrato sin el consentimiento previo del cliente para dicho uso.
(3)CA Utilities ng Pampubliko Code § 8380(f)(3) Excepto según lo dispuesto en la subdivisión (e), esta sección no impide que una corporación eléctrica o corporación de gas divulgue datos de consumo eléctrico o de gas según lo requerido o permitido por la ley estatal o federal o por una orden de la comisión.
(g)CA Utilities ng Pampubliko Code § 8380(g) Si un cliente elige divulgar sus datos de consumo eléctrico o de gas a un tercero que no está afiliado y no tiene otra relación comercial con la corporación eléctrica o de gas, la corporación eléctrica o de gas no es responsable de la seguridad de esos datos, ni de su uso o mal uso.

Section § 8381

Explanation

Esta ley regula cómo las empresas de servicios eléctricos de propiedad pública local en California manejan los datos de consumo eléctrico de los clientes, lo que incluye información sobre cuánta electricidad usa un cliente y detalles personales como su nombre y dirección. Las empresas no pueden compartir ni vender estos datos a terceros sin el consentimiento del cliente, excepto en situaciones específicas como la gestión de la red o bajo una orden judicial. Si una empresa trabaja con un tercero, cualquier uso de los datos debe ser revelado al cliente, y el tercero debe obtener el consentimiento para cualquier uso comercial secundario. Las empresas también deben proteger estos datos con medidas de seguridad adecuadas. Si un cliente decide compartir sus datos con un tercero por su cuenta, la empresa no es responsable de lo que suceda con esos datos.

(a)CA Utilities ng Pampubliko Code § 8381(a) Para los propósitos de esta sección, “datos de consumo eléctrico” significa datos sobre el uso eléctrico de un cliente que se ponen a disposición como parte de una infraestructura de medición avanzada, e incluye el nombre, número de cuenta o residencia del cliente.
(b)Copy CA Utilities ng Pampubliko Code § 8381(b)
(1)Copy CA Utilities ng Pampubliko Code § 8381(b)(1) Una empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local no deberá compartir, divulgar ni hacer accesible de ninguna otra manera a ningún tercero los datos de consumo eléctrico de un cliente, excepto según lo dispuesto en la subdivisión (f) o con el consentimiento del cliente.
(2)CA Utilities ng Pampubliko Code § 8381(b)(2) Una empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local no deberá vender los datos de consumo eléctrico de un cliente ni ninguna otra información de identificación personal para ningún propósito.
(3)CA Utilities ng Pampubliko Code § 8381(b)(3) Una empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local o sus contratistas no deberán ofrecer un incentivo o descuento al cliente por acceder a los datos de consumo eléctrico del cliente sin el consentimiento previo del cliente.
(4)CA Utilities ng Pampubliko Code § 8381(b)(4) Una empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local que utilice una infraestructura de medición avanzada que permita a un cliente acceder a sus datos de consumo eléctrico deberá asegurar que el cliente tenga la opción de acceder a esos datos sin que se le exija aceptar compartir la información de identificación personal del cliente, incluidos los datos de consumo eléctrico, con un tercero.
(c)CA Utilities ng Pampubliko Code § 8381(c) Si una empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local contrata con un tercero para un servicio que permite a un cliente monitorear su uso de electricidad, y ese tercero utiliza los datos para un propósito comercial secundario, el contrato entre la empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local y el tercero deberá estipular que el tercero divulgue de manera prominente ese propósito comercial secundario al cliente y obtenga el consentimiento del cliente para el uso de sus datos para ese propósito comercial secundario antes del uso de los datos.
(d)CA Utilities ng Pampubliko Code § 8381(d) Una empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local deberá utilizar procedimientos y prácticas de seguridad razonables para proteger los datos de consumo eléctrico no cifrados de un cliente contra el acceso no autorizado, la destrucción, el uso, la modificación o la divulgación, y para prohibir el uso de los datos para un propósito comercial secundario no relacionado con el propósito principal del contrato sin el consentimiento del cliente.
(e)CA Utilities ng Pampubliko Code § 8381(e) Una empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local no deberá compartir, divulgar ni hacer accesible de ninguna otra manera a ninguna autoridad de inmigración, según se define en la Sección 7284.4 del Código de Gobierno, los datos de consumo eléctrico de un cliente sin una citación judicial o una orden judicial.
(f)Copy CA Utilities ng Pampubliko Code § 8381(f)
(1)Copy CA Utilities ng Pampubliko Code § 8381(f)(1) Esta sección no impedirá que una empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local utilice datos agregados de consumo eléctrico de clientes para análisis, informes o gestión de programas si se ha eliminado toda la información relativa a la identidad individual de un cliente.
(2)CA Utilities ng Pampubliko Code § 8381(f)(2) Esta sección no impedirá que una empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local divulgue los datos de consumo eléctrico de un cliente a un tercero para necesidades del sistema, la red u operativas, o para la implementación de programas de respuesta a la demanda, gestión energética o eficiencia energética, siempre que, para los contratos celebrados después del 1 de enero de 2011, la empresa haya exigido por contrato que el tercero implemente y mantenga procedimientos y prácticas de seguridad razonables apropiados a la naturaleza de la información para proteger la información personal contra el acceso no autorizado, la destrucción, el uso, la modificación o la divulgación, y prohíba el uso de los datos para un propósito comercial secundario no relacionado con el propósito principal del contrato sin el consentimiento previo del cliente para ese uso.
(3)CA Utilities ng Pampubliko Code § 8381(f)(3) Excepto según lo dispuesto en la subdivisión (e), esta sección no impedirá que una empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local divulgue datos de consumo eléctrico según lo exija la ley estatal o federal.
(g)CA Utilities ng Pampubliko Code § 8381(g) Si un cliente elige divulgar sus datos de consumo eléctrico a un tercero que no está afiliado y no tiene otra relación comercial con la empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local, la empresa no será responsable de la seguridad de esos datos, ni de su uso o mal uso.