(a)CA Kontrata ng Pampubliko Code § 22300(a) Para los fines de esta sección, “contratista” incluye, pero no se limita a, un contratista que ejecuta un contrato de obras públicas, según se define en la Sección 1101, y cualquier persona o entidad que calificaría como contratista bajo la Sección 6106.5.
(b)CA Kontrata ng Pampubliko Code § 22300(b) Se incluirán disposiciones en cualquier invitación a licitar y en cualquier documento contractual para permitir la sustitución de valores por cualquier dinero retenido por una agencia pública para asegurar el cumplimiento de un contrato; sin embargo, las disposiciones de sustitución de valores no serán requeridas en contratos en los que se proporcione financiación por parte de la Administración de Hogares para Agricultores del Departamento de Agricultura de los Estados Unidos conforme a la Ley Consolidada de Desarrollo Agrícola y Rural (7 U.S.C. Sec.
1921 et seq.), y donde las regulaciones o políticas federales, o ambas, no permitan la sustitución de valores. A solicitud y expensas del contratista, se depositarán valores equivalentes al monto retenido en la agencia pública, o en un banco con licencia estatal o federal en este estado como agente fiduciario, quien luego pagará ese dinero al contratista. Una vez completado satisfactoriamente el contrato, los valores serán devueltos al contratista.
(c)CA Kontrata ng Pampubliko Code § 22300(c) Alternativamente, el contratista puede solicitar y el propietario deberá realizar el pago de las retenciones devengadas directamente al agente fiduciario a expensas del contratista. A expensas del contratista, este puede dirigir la inversión de los pagos en valores y el contratista recibirá los intereses devengados de las inversiones bajo los mismos términos previstos en esta sección para los valores depositados por el contratista. Una vez completado satisfactoriamente el contrato, el
contratista recibirá del agente fiduciario todos los valores, intereses y pagos recibidos por el agente fiduciario del propietario, conforme a los términos de esta sección.
(d)CA Kontrata ng Pampubliko Code § 22300(d) Los valores elegibles para inversión bajo esta sección incluirán los enumerados en la Sección 16430 del Código de Gobierno, certificados de depósito bancarios o de asociaciones de ahorro y préstamo, cuentas de depósito a la vista que devengan intereses, cartas de crédito contingentes, o cualquier otro valor mutuamente acordado por el contratista y la agencia pública.
El contratista será el propietario beneficiario de cualquier valor sustituido por dinero retenido y recibirá cualquier interés sobre los mismos.
La falta de inclusión de estas disposiciones en los documentos de licitación y contrato anulará cualquier disposición de retenciones de cumplimiento en un contrato de agencia pública.
Para los fines de esta sección, el término “agencia
pública” incluirá, pero no se limitará a, ciudades con carta constitutiva.
(e)Copy CA Kontrata ng Pampubliko Code § 22300(e)
(1)Copy CA Kontrata ng Pampubliko Code § 22300(e)(1) Cualquier contratista que elija recibir intereses sobre el dinero retenido por una agencia pública deberá, a solicitud de cualquier subcontratista, poner esa opción a disposición del subcontratista con respecto a cualquier dinero retenido por el contratista del subcontratista. Si el contratista elige recibir intereses sobre cualquier dinero retenido por una agencia pública, entonces el subcontratista recibirá la misma tasa de interés recibida por el contratista sobre cualquier dinero de retención retenido del subcontratista por el contratista, menos cualquier costo prorrateado real asociado con la administración y el cálculo de dicho interés. En caso de que la tasa de interés sea una tasa fluctuante, la tasa para el subcontratista se determinará calculando la tasa de interés pagada durante el tiempo en que se retuvieron los fondos del subcontratista. Si
el contratista elige sustituir valores en lugar de retención, entonces, por mutuo consentimiento del contratista y el subcontratista, el subcontratista puede sustituir valores a cambio de la liberación del dinero retenido por el contratista.
(2)CA Kontrata ng Pampubliko Code § 22300(e)(2) Esta subdivisión se aplicará solo a aquellos subcontratistas que realicen más del cinco por ciento de la oferta total del contratista.
(3)CA Kontrata ng Pampubliko Code § 22300(e)(3) Ningún contratista exigirá a ningún subcontratista que renuncie a ninguna disposición de esta sección.
(f)CA Kontrata ng Pampubliko Code § 22300(f) La Legislatura declara por la presente que las disposiciones de esta sección son de interés estatal y son necesarias para fomentar la plena participación de contratistas y subcontratistas en los procedimientos de contratación pública.
(g)CA Kontrata ng Pampubliko Code § 22300(g) El acuerdo fiduciario utilizado en virtud del presente será nulo, inválido e inexigible a menos que
sea sustancialmente similar al siguiente formulario:
ACUERDO FIDUCIARIO PARA
DEPÓSITOS DE SEGURIDAD EN LUGAR DE RETENCIÓN
Este Acuerdo Fiduciario se celebra entre
cuya dirección es
Pangalan
Pangalan
Lagda
Lagda
(Amended by Stats. 2022, Ch. 427, Sec. 21. (SB 1489) Effective January 1, 2023.)