Section § 8698

Explanation

Esta sección define términos clave utilizados en el capítulo sobre vivienda de emergencia y crisis de albergue. Una “subdivisión política” abarca una variedad de unidades gubernamentales, incluyendo ciudades, condados y agencias públicas, que pueden gestionar instalaciones públicas como parques y escuelas. El término “órgano de gobierno” identifica quién tiene autoridad para actuar en nombre de estas entidades, como el Gobernador o los ayuntamientos.

“Instalación pública” se refiere a edificios o estructuras gestionadas por estas entidades para beneficio público. Una “declaración de crisis de albergue” implica reconocer formalmente una situación en la que muchas personas carecen de albergue, lo que representa riesgos para la salud y la seguridad.

“Comunidad de vivienda puente de emergencia” significa soluciones de vivienda temporal para personas sin hogar, que proporcionan servicios de apoyo y tienen como objetivo la transición a una vivienda permanente. Estas comunidades deben ser asequibles, basándose en la capacidad de pago de los residentes.

Para los fines de este capítulo, se aplicarán las siguientes definiciones:
(a)CA Pamahalaan Code § 8698(a) “Subdivisión política” incluye el estado, cualquier ciudad, ciudad y condado, condado, distrito especial o distrito escolar o agencia pública autorizada por ley.
(b)CA Pamahalaan Code § 8698(b) “Órgano de gobierno” significa lo siguiente:
(1)CA Pamahalaan Code § 8698(b)(1) El Gobernador para el estado.
(2)CA Pamahalaan Code § 8698(b)(2) El cuerpo legislativo para una ciudad o ciudad y condado.
(3)CA Pamahalaan Code § 8698(b)(3) La junta de supervisores para un condado.
(4)CA Pamahalaan Code § 8698(b)(4) La junta directiva o junta de fideicomisarios para un distrito u otra agencia pública.
(5)CA Pamahalaan Code § 8698(b)(5) Un funcionario designado por ordenanza o resolución adoptada por un órgano de gobierno, según se define en el párrafo (2), (3) o (4).
(c)CA Pamahalaan Code § 8698(c) “Instalación pública” significa cualquier instalación de una subdivisión política, incluyendo parques, escuelas e instalaciones vacías o subutilizadas que son propiedad, operadas, arrendadas o mantenidas, o cualquier combinación de estas, por la subdivisión política a través de fondos derivados de impuestos o evaluaciones.
(d)CA Pamahalaan Code § 8698(d) “Declaración de crisis de albergue” significa la existencia debidamente proclamada de una situación en la que un número significativo de personas no tienen la capacidad de obtener albergue, lo que resulta en una amenaza para su salud y seguridad.
(e)CA Pamahalaan Code § 8698(e) “Comunidad de vivienda puente de emergencia” significa cualquier instalación nueva o existente, incluyendo, entre otras, viviendas en estructuras temporales, incluyendo, entre otras, cabinas de dormir de emergencia consistentes con los requisitos de la subdivisión (h) de la Sección 8698.3 que están reservadas para personas y familias sin hogar, junto con instalaciones de apoyo comunitario, incluyendo, entre otras, duchas y baños adecuados para atender el número previsto de residentes, todo lo cual puede ubicarse en propiedades arrendadas o propiedad de una subdivisión política. Una comunidad de vivienda puente de emergencia deberá incluir servicios de apoyo y desarrollo de autosuficiencia, tener el objetivo final de trasladar a las personas sin hogar a una vivienda permanente tan rápido como sea razonablemente posible, y limitar los alquileres y las tarifas de servicio a una fórmula de capacidad de pago razonablemente consistente con los requisitos del Departamento de Vivienda y Desarrollo Urbano de los Estados Unidos para viviendas subsidiadas para personas de bajos ingresos.

Section § 8698.1

Explanation

Esta sección se aplica durante una "crisis de refugio" donde las reglas normales se flexibilizan para proporcionar rápidamente vivienda de emergencia.

(a) Los gobiernos locales no son responsables por negligencia ordinaria; están protegidos de ser demandados a menos que sus acciones sean extremadamente descuidadas o intencionales.

(b) Los estándares habituales de vivienda, salud y seguridad pueden dejarse de lado si retrasan las respuestas de emergencia. En su lugar, se pueden establecer nuevas medidas de seguridad temporales para abordar la crisis de manera segura.

(c) En ciudades grandes, la vivienda de emergencia puede operar todo el año sin cumplir con los códigos de construcción estatales regulares si presentan estándares alternativos de seguridad contra incendios y seguridad de vida, como tener un límite máximo de ocupación, alarmas e inspecciones. Estos estándares deben ser aprobados por el Jefe de Bomberos del Estado.

Las instalaciones pueden obtener permisos para operar hasta por dos años con renovaciones continuas, pero no se otorgarán nuevos permisos después del 1 de enero de 2023 para instalaciones recién establecidas.

Al declararse una crisis de refugio, las siguientes disposiciones se aplicarán durante el período de la emergencia.
(a)CA Pamahalaan Code § 8698.1(a) La subdivisión política estará exenta de responsabilidad por negligencia ordinaria en la provisión de vivienda de emergencia conforme a la Sección 8698.2. Esta limitación de responsabilidad se aplicará únicamente a condiciones, actos u omisiones directamente relacionados con, y que no ocurrirían de no ser por, la provisión de vivienda de emergencia. Esta sección no limita la responsabilidad por conducta gravemente negligente, imprudente o intencional que cause lesiones.
(b)CA Pamahalaan Code § 8698.1(b) Las disposiciones de cualquier estatuto, reglamento u ordenanza reguladora estatal o local que prescriba estándares de vivienda, salud o seguridad se suspenderán en la medida en que el cumplimiento estricto impida, obstaculice o retrase de alguna manera la mitigación de los efectos de la crisis de refugio. Las subdivisiones políticas podrán, en lugar de dichos estándares, promulgar estándares municipales de salud y seguridad que estarán operativos durante la emergencia de vivienda, de manera consistente con la garantía de una salud y seguridad públicas mínimas. Las disposiciones de esta sección se aplican únicamente a instalaciones públicas adicionales abiertas a las personas sin hogar conforme a este capítulo.
(c)Copy CA Pamahalaan Code § 8698.1(c)
(1)Copy CA Pamahalaan Code § 8698.1(c)(1) Sujeto al párrafo (4), una ciudad con una población de más de 3,500,000 podrá permitir la operación de una instalación de vivienda de emergencia durante todo el año cuando la instalación no cumpla con los estándares de construcción estatales para los estándares locales de seguridad contra incendios y seguridad de vida, si presentan estándares razonables al Jefe de Bomberos del Estado que, como mínimo, cumplan con todo lo siguiente:
(A)CA Pamahalaan Code § 8698.1(c)(1)(A) Requerir que una instalación de vivienda de emergencia esté sujeta a los estándares de construcción relacionados con la seguridad contra incendios y la seguridad de vida que las regulaciones estatales y locales exigen para las ocupaciones residenciales existentes, y los estándares de construcción relacionados con la seguridad contra incendios y la seguridad de vida para un nuevo uso residencial que estaban en vigor en el momento en que se construyó el edificio.
(B)CA Pamahalaan Code § 8698.1(c)(1)(B) Proporcionar estándares alternativos razonables de seguridad contra incendios y seguridad de vida que, como mínimo, incluyan todo lo siguiente:
(i)CA Pamahalaan Code § 8698.1(c)(1)(B)(i) Una carga máxima de ocupantes de 49. Sin embargo, el departamento de bomberos podrá proponer una carga de ocupantes superior a 49, pero sin exceder 150, si la ciudad puede demostrar que la instalación puede permitir de forma segura la carga de ocupantes propuesta.
(ii)CA Pamahalaan Code § 8698.1(c)(1)(B)(ii) Vigilancia activa contra incendios las veinticuatro horas.
(iii)CA Pamahalaan Code § 8698.1(c)(1)(B)(iii) Alarmas de humo y monóxido de carbono.
(iv)CA Pamahalaan Code § 8698.1(c)(1)(B)(iv) Extintores de incendios.
(v)CA Pamahalaan Code § 8698.1(c)(1)(B)(v) Entrada y salida que facilite la evacuación rápida de la instalación.
(vi)CA Pamahalaan Code § 8698.1(c)(1)(B)(vi) Señalización de evacuación de emergencia e iluminación de salida de emergencia.
(vii)CA Pamahalaan Code § 8698.1(c)(1)(B)(vii) Cada salida deberá estar libre de almacenamiento y otras obstrucciones.
(viii)CA Pamahalaan Code § 8698.1(c)(1)(B)(viii) Almacenamiento limitado de ocupantes en cada habitación de la instalación.
(ix)CA Pamahalaan Code § 8698.1(c)(1)(B)(ix) Prohibición del uso de llamas abiertas o combustibles.
(x)CA Pamahalaan Code § 8698.1(c)(1)(B)(x) Prohibición de fumar en la instalación.
(xi)CA Pamahalaan Code § 8698.1(c)(1)(B)(xi) Planes de inspección del código de incendios que se realicen en intervalos de 30 días o menos, que incluyan la autorización para que el departamento de bomberos cierre la instalación por violaciones graves o múltiples.
(xii)CA Pamahalaan Code § 8698.1(c)(1)(B)(xii) Un proceso para remediar las violaciones del código de incendios de inmediato.
(xiii)CA Pamahalaan Code § 8698.1(c)(1)(B)(xiii) Un proceso para presentar informes de inspección trimestrales al Jefe de Bomberos del Estado.
(2)CA Pamahalaan Code § 8698.1(c)(2) El Jefe de Bomberos del Estado revisará los estándares dentro de 30 días y los aprobará o responderá por qué la ciudad no cumple con los requisitos mínimos. Si los estándares no cumplen con los requisitos mínimos, la ciudad no los utilizará.
(3)CA Pamahalaan Code § 8698.1(c)(3) Se permitirá una instalación conforme a esta subdivisión por un máximo de 90 días con 90-day extensions permitidas, sin exceder 730 días de operación continua.
(4)CA Pamahalaan Code § 8698.1(c)(4) Para los fines de esta subdivisión, el término “estándar de construcción” significa un estándar de construcción según se define en la Sección 18909 del Código de Salud y Seguridad u otro estándar adoptado por una agencia local conforme a la Sección 17958 del Código de Salud y Seguridad.
(5)CA Pamahalaan Code § 8698.1(c)(5) No se autorizarán nuevos permisos conforme a esta subdivisión a partir del 1 de enero de 2023. Sin embargo, una instalación a la que se le emitió un permiso antes del 1 de enero de 2023, podrá continuar operando después de esa fecha conforme a una extensión de 90 días del permiso, y podrá recibir extensiones consecutivas de 90 días para operar hasta el 31 de diciembre de 2024, sujeto al límite de 730 días especificado en el párrafo (3).

Section § 8698.2

Explanation

Hukum ini memungkinkan badan pengatur untuk menyatakan 'krisis penampungan' ketika ada banyak orang di daerah tersebut yang tidak dapat menemukan penampungan, menimbulkan risiko bagi kesehatan dan keselamatan mereka. Ketika krisis semacam itu dinyatakan, pemerintah dapat menunjuk bangunan umum untuk digunakan sebagai penampungan sementara. Negara bagian juga dapat memutuskan untuk membatasi pernyataan ini pada area tertentu.

(a)Copy CA Pamahalaan Code § 8698.2(a)
(1)Copy CA Pamahalaan Code § 8698.2(a)(1) Badan pengatur dapat menyatakan krisis penampungan, dan dapat mengambil tindakan yang diperlukan untuk melaksanakan ketentuan bab ini, setelah menemukan oleh badan pengatur tersebut bahwa sejumlah besar orang dalam yurisdiksi badan pengatur tidak memiliki kemampuan untuk mendapatkan penampungan, dan bahwa situasi tersebut telah mengakibatkan ancaman terhadap kesehatan dan keselamatan orang-orang tersebut.
(2)CA Pamahalaan Code § 8698.2(a)(2) Untuk tujuan bab ini, badan pengatur negara bagian, dalam membuat pernyataan krisis penampungan sesuai dengan paragraf (1), dapat membatasi pernyataan tersebut pada bagian geografis mana pun dari negara bagian.
(b)CA Pamahalaan Code § 8698.2(b) Setelah pernyataan krisis penampungan sesuai dengan subdivisi (a), subdivisi politik dapat mengizinkan orang yang tidak dapat memperoleh perumahan untuk menempati fasilitas umum yang ditunjuk selama durasi keadaan darurat.

Section § 8698.4

Explanation

Cuando una ciudad o condado en California declara una crisis de albergue, pueden construir refugios para personas sin hogar en terrenos públicos sin seguir las estrictas leyes de construcción y zonificación habituales. En su lugar, pueden crear sus propios estándares locales para gestionar dichos refugios, necesitando solo garantizar la salud y seguridad básicas. Las leyes ambientales estatales no se aplican a sus esfuerzos para desarrollar refugios o proporcionar servicios. Las ciudades y los condados deben desarrollar planes para la transición de los residentes de los refugios a viviendas permanentes e informar anualmente sobre su progreso, incluyendo el número de personas atendidas y alojadas.

El estatuto permite la suspensión de ciertas leyes para acelerar las soluciones de albergue, pero exige una planificación y rendición de cuentas continuas. También define qué se considera un albergue para personas sin hogar y una vivienda de apoyo permanente, y establece una fecha de derogación para la ley en 2036.

(a)CA Pamahalaan Code § 8698.4(a) Neobstante cualquier otra disposición en este capítulo, tras la declaración de una crisis de albergue por parte de una ciudad, condado o ciudad y condado, lo siguiente se aplicará a la ciudad, condado o ciudad y condado respectivos durante la crisis de albergue:
(1)CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(1) La vivienda de emergencia puede incluir albergues para personas sin hogar ubicados o construidos en cualquier terreno propiedad o arrendado por una ciudad, condado o ciudad y condado, incluyendo terrenos adquiridos con fondos para viviendas de ingresos bajos y moderados.
(2)Copy CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(2)
(A)Copy CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(2)(A) (i) La ciudad, condado o ciudad y condado, en lugar de cumplir con los procedimientos locales de aprobación de construcción o las normas, procedimientos y leyes estatales de vivienda, salud, habitabilidad, planificación y zonificación, o seguridad, podrá adoptar mediante ordenanza estándares y procedimientos locales razonables para el diseño, desarrollo del sitio y operación de albergues para personas sin hogar y las estructuras e instalaciones dentro de ellos, en la medida en que se determine en el momento de la adopción que el cumplimiento estricto de las normas o leyes estatales y locales existentes en el momento de dicha adopción impediría, obstaculizaría o retrasaría de alguna manera la mitigación de los efectos de la crisis de albergue. Para una jurisdicción que adopte una ordenanza que establezca estándares locales razonables, dichos estándares deberán, como mínimo, cumplir con los estándares provistos en el 2019 California Residential Code Appendix X, y California Building Code Appendix O, y cualquier estándar futuro adoptado por el Department of Housing and Community Development relacionado con viviendas de emergencia o instalaciones de vivienda de emergencia, a menos que la ciudad, condado o ciudad y condado adopte hallazgos que indiquen por qué no se pueden cumplir los estándares y cómo los estándares de la ordenanza protegen la salud y la seguridad. Tras la adopción de una ordenanza, la ciudad, condado o ciudad y condado deberá presentar una copia de la ordenanza adoptada, y cualquier hallazgo asociado, ante el departamento.
(ii)CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(2)(A)(ii) Durante la crisis de albergue, excepto según lo dispuesto en esta sección, las disposiciones de cualquier norma, procedimiento o ley de vivienda, salud, habitabilidad, planificación y zonificación, o seguridad se suspenderán para los albergues para personas sin hogar, siempre que la ciudad, condado o ciudad y condado haya adoptado normas y procedimientos de salud y seguridad para los albergues para personas sin hogar que garanticen una salud y seguridad públicas mínimas y que se cumplan dichas normas. Las leyes de arrendadores e inquilinos codificadas en las Sections 1941 to 1942.5, inclusive, of the Civil Code que proporcionan una causa de acción por habitabilidad o arrendabilidad se suspenderán para los albergues para personas sin hogar, siempre que la ciudad, condado o ciudad y condado haya adoptado normas de salud y seguridad para los albergues para personas sin hogar y que se cumplan dichas normas. Durante la crisis de albergue, se suspenderán los requisitos de la ley local y estatal para que los albergues para personas sin hogar sean consistentes con los planes locales de uso del suelo, incluido el plan general.
(B)CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(2)(A)(B) Esta sección se aplica únicamente a una instalación pública o a albergues para personas sin hogar reservados íntegramente para personas sin hogar de conformidad con este capítulo.
(3)CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(3) Los albergues para personas sin hogar construidos o permitidos bajo este capítulo no estarán sujetos a la Special Occupancy Parks Act (Part 2.3 (commencing with Section 18860) of Division 13 of the Health and Safety Code), la Mobilehome Parks Act (Part 2.1 (commencing with Section 18200) of Division 13 of the Health and Safety Code), la Mobilehome Residency Law (Chapter 2.5 (commencing with Section 798) of Title 2 of Part 2 of Division 2 of the Civil Code), o la Recreational Vehicle Park Occupancy Law (Chapter 2.6 (commencing with Section 799.20) of Title 2 of Part 2 of Division 2 of the Civil Code), excepto que la disposición de cualquier vehículo o su contenido abandonado por su propietario se realizará de conformidad con el Chapter 5 (commencing with Section 1980) of Title 5 of Part 4 of Division 3 of the Civil Code.
(4)CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(4) La California Environmental Quality Act (Division 13 (commencing with Section 21000) of the Public Resources Code) no se aplicará a ninguna de las siguientes acciones tomadas por una agencia estatal o una ciudad, condado o ciudad y condado:
(A)CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(4)(A) Arrendar, transferir o gravar terrenos propiedad de una ciudad, condado o ciudad y condado, o facilitar el arrendamiento, transferencia o gravamen de terrenos propiedad del gobierno local para un albergue para personas sin hogar construido de conformidad con, o autorizado por, esta sección.
(B)CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(4)(B) Proporcionar asistencia financiera a un albergue para personas sin hogar construido de conformidad con, o autorizado por, esta sección.
(C)CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(4)(C) Aprobar un contrato para proporcionar servicios a personas que experimentan la falta de vivienda a un albergue para personas sin hogar construido de conformidad con, o autorizado por, esta sección. Estos servicios pueden incluir, entre otros, gestión de casos, navegación de recursos, servicios de seguridad, servicios residenciales y servicios de asesoramiento.
(5)Copy CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(5)
(A)Copy CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(5)(A) Pada atau sebelum 1 Juli 2019, Kota Berkeley, Emeryville, Los Angeles, Oakland, dan San Diego, County Santa Clara, serta Kota dan County San Francisco harus mengembangkan rencana untuk mengatasi krisis penampungan, termasuk, namun tidak terbatas pada, pengembangan penampungan tunawisma dan perumahan pendukung permanen, serta layanan pendukung di lokasi. Kota, county, atau kota dan county tersebut harus membuat rencana tersebut tersedia untuk umum.
(B)CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(5)(A)(B) Dalam kasus krisis penampungan yang dinyatakan oleh County Alameda, kota yang terletak di dalam County Alameda, County Orange, kota yang terletak di dalam County Orange, atau Kota San Jose, county atau kota tersebut, sebagaimana berlaku, harus mengembangkan rencana yang dijelaskan dalam subayat (A) pada atau sebelum 1 Juli 2020, dan harus menyertakan dalam rencana yang disyaratkan oleh subayat ini rencana untuk mentransisikan penghuni dari penampungan tunawisma ke perumahan permanen.
(C)CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(5)(A)(C) Dalam kasus krisis penampungan yang dinyatakan oleh county atau kota lain mana pun yang tidak dijelaskan dalam subayat (A) atau (B) pada atau sebelum 1 Januari 2021, county atau kota tersebut, sebagaimana berlaku, harus mengembangkan rencana yang dijelaskan dalam subayat (A) pada atau sebelum 1 Juli 2021, dan harus menyertakan dalam rencana yang disyaratkan oleh subayat ini rencana untuk mentransisikan penghuni dari penampungan tunawisma ke perumahan permanen.
(D)CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(5)(A)(D) Dalam kasus krisis penampungan yang dinyatakan oleh county atau kota lain mana pun yang tidak dijelaskan dalam subayat (A) atau (B) setelah 1 Januari 2021, county atau kota tersebut, sebagaimana berlaku, harus mengembangkan rencana yang dijelaskan dalam subayat (A) pada atau sebelum 1 Juli tahun setelah deklarasi krisis penampungan, dan harus menyertakan dalam rencana yang disyaratkan oleh subayat ini rencana untuk mentransisikan penghuni dari penampungan tunawisma ke perumahan permanen.
(6)CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(6) Jika kota, county, atau kota dan county telah menyatakan krisis penampungan, kota, county, atau kota dan county tersebut harus melaporkan, pada 1 Januari setiap tahun, semua hal berikut kepada Komite Senat untuk Perumahan dan Komite Majelis untuk Perumahan dan Pembangunan Komunitas:
(A)CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(6)(A) Jumlah total penghuni di penampungan tunawisma di dalam kota, county, atau kota dan county tersebut.
(B)CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(6)(B) Jumlah total penghuni yang telah pindah dari penampungan tunawisma ke perumahan pendukung permanen di dalam kota, county, atau kota dan county tersebut.
(C)CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(6)(C) Perkiraan jumlah unit perumahan pendukung permanen.
(D)CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(6)(D) Jumlah penghuni yang telah keluar dari sistem dan tidak lagi membutuhkan penampungan tunawisma atau perumahan pendukung permanen di dalam kota, county, atau kota dan county tersebut.
(E)CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(6)(E) Jumlah dan kapasitas tempat tidur penampungan tunawisma baru yang dibangun sesuai dengan bagian ini di dalam kota, county, atau kota dan county tersebut. Informasi mengenai kapasitas tempat tidur harus disertakan dalam laporan yang jatuh tempo pada 1 Januari 2022, dan pada 1 Januari setiap tahun setelahnya. Kapasitas tempat tidur tidak boleh mencakup kapasitas kendaraan parkir dari penampungan tunawisma di lahan parkir yang dimiliki atau disewa oleh kota, county, atau kota dan county yang secara khusus diidentifikasi sebagai tempat yang diizinkan untuk parkir aman bagi individu tunawisma dan yang tidak memiliki tempat tinggal stabil.
(F)CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(6)(F) Tindakan baru yang diambil oleh kota, county, atau kota dan county di bawah krisis penampungan yang dinyatakan untuk melayani populasi tunawisma dengan lebih baik dan mengurangi jumlah orang yang mengalami tunawisma.
(G)CA Pamahalaan Code § 8698.4(a)(6)(G) Peraturan dan temuan terkait apa pun yang diadopsi oleh kota, county, atau kota dan county sesuai dengan ayat (2).
(b)CA Pamahalaan Code § 8698.4(b) Deklarasi krisis penampungan oleh kota, county, atau kota dan county serta ketentuan dalam bagian ini yang sedang atau mungkin digunakan oleh kota, county, atau kota dan county, termasuk peraturan yang diadopsi oleh kota, county, atau kota dan county sesuai dengan klausa (i) subayat (A) ayat (2) subbagian (a), harus berlaku untuk tanah apa pun yang dimiliki atau disewa oleh lembaga atau entitas yang dibentuk sesuai dengan Undang-Undang Pelaksanaan Kekuasaan Bersama (Bab 5 (dimulai dengan Bagian 6500) Divisi 7 Judul 1 Kode Pemerintahan) jika kota, county, atau kota dan county yang menyatakan krisis penampungan adalah salah satu pihak dalam perjanjian yang membentuk entitas atau lembaga tersebut dan properti riil yang dimiliki atau disewa oleh lembaga atau entitas tersebut terletak di dalam yurisdiksi kota, county, atau kota dan county yang menyatakan krisis penampungan.
(c)CA Pamahalaan Code § 8698.4(c) Untuk tujuan bagian ini, istilah-istilah berikut memiliki arti sebagai berikut:
(1)CA Pamahalaan Code § 8698.4(c)(1) “Refugio para personas sin hogar” significa una instalación con alojamiento para pernoctar, cuyo propósito principal es proporcionar refugio temporal a personas sin hogar que no existe después de la crisis de refugio declarada. Una comunidad de refugio temporal para personas sin hogar puede incluir servicios de apoyo y desarrollo de autosuficiencia. Un “refugio para personas sin hogar” incluirá un estacionamiento propiedad o arrendado por una ciudad, condado, o ciudad y condado específicamente identificado como uno permitido para estacionamiento seguro por personas sin hogar e individuos con vivienda inestable.
(2)CA Pamahalaan Code § 8698.4(c)(2) “Vivienda de apoyo permanente” significa vivienda para personas sin hogar, sin límite de duración de la estancia, y que está vinculada a servicios en el lugar o fuera del lugar que asisten al residente de vivienda de apoyo a retener la vivienda, mejorar el estado de salud de la persona y maximizar la capacidad de la persona para vivir y, cuando sea posible, trabajar en la comunidad.
(d)CA Pamahalaan Code § 8698.4(d) Esta sección permanecerá en vigor solo hasta el 1 de enero de 2036, y a partir de esa fecha quedará derogada.