Section § 1120

Explanation

Wannan doka ta ba kowace gunduma damar ƙirƙira da kuma tallafawa gida ga tsoffin sojoji waɗanda suka yi hidima da girmamawa a kowane yaƙin Amurka, ba tare da la'akari da reshen sojinsu ba.

Kowace gunduma na iya samarwa da kuma kula da gida ga tsoffin sojoji, matuƙan ruwa, matuƙan jirgin sama, masu gadi, da kuma sojojin ruwa waɗanda suka yi wa Amurka hidima da girmamawa a kowane ɗayan yaƙe-yaƙenta.

Section § 1121

Explanation

Esta ley de California permite a las juntas de supervisores de los condados tomar diversas acciones para desarrollar y mantener hogares, como comprar o adquirir propiedades necesarias, y administrarlas o mejorarlas. También pueden construir, amueblar y reparar edificios, contratar al personal necesario y proporcionar suministros para el mantenimiento. Los supervisores del condado están autorizados a imponer impuestos especiales para estos fines, establecer un fondo específico y transferir dinero del fondo general según sea necesario. También pueden emitir bonos para financiación o colaborar con ciudades incorporadas para lograr estos objetivos.

Para los fines de este capítulo, la junta de supervisores de cualquier condado podrá:
(a)CA Militar at Beterano Code § 1121(a) Comprar, recibir por donación, expropiar, arrendar o adquirir de cualquier otra forma bienes inmuebles y personales necesarios para dicho hogar, y mejorarlos, preservarlos, administrarlos y controlarlos.
(b)CA Militar at Beterano Code § 1121(b) Comprar, construir, arrendar, amueblar y reparar edificios para dicho hogar y proporcionar los custodios, empleados, asistentes y suministros necesarios para su mantenimiento adecuado.
(c)CA Militar at Beterano Code § 1121(c) Imponer un impuesto especial de conformidad con Article 3.5 (que comienza con Section 50075) de Chapter 1 de Part 1 de Division 1 de Title 5 del Government Code, y gastar los ingresos para los fines de este capítulo.
(d)CA Militar at Beterano Code § 1121(d) Establecer un fondo para los fines de este capítulo, y transferir del fondo general a dicho fondo los dineros que la junta considere necesarios.
(e)CA Militar at Beterano Code § 1121(e) Incurrir, en la forma prevista por la ley, en una deuda garantizada en nombre del condado para cualquiera de los fines de este capítulo.
(f)CA Militar at Beterano Code § 1121(f) Unirse con cualquier ciudad incorporada en el condado para el logro de los fines de este capítulo y, a tal fin, poseer conjuntamente con dicha ciudad todos los bienes adquiridos y gastar dinero en conjunto con dicha ciudad.