(a)CA Kalusugan at Kaligtasan Code § 1799.204(a) Para los fines de este capítulo, se aplican las siguientes definiciones:
(1)CA Kalusugan at Kaligtasan Code § 1799.204(a)(1) “Programa EMSC” significa el Programa de Servicios Médicos de Emergencia para Niños administrado por la autoridad.
(2)CA Kalusugan at Kaligtasan Code § 1799.204(a)(2) “Comité asesor técnico” significa un comité multidisciplinario con experiencia en servicios médicos de emergencia pediátricos, cuidados intensivos pediátricos u otra experiencia relacionada.
(3)CA Kalusugan at Kaligtasan Code § 1799.204(a)(3)
“Componente EMSC” significa la parte del plan de SME de la agencia local que describe los requisitos de capacitación, transporte, soporte vital básico y avanzado, y las capacidades pediátricas de los departamentos de emergencia y hospitales dentro de una jurisdicción local.
(b)CA Kalusugan at Kaligtasan Code § 1799.204(b) Sujeto a la disponibilidad de fondos, se establece por la presente un Programa de Servicios Médicos de Emergencia para Niños dentro de la autoridad.
(c)CA Kalusugan at Kaligtasan Code § 1799.204(c) La autoridad deberá hacer lo siguiente para implementar el Programa EMSC:
(1)CA Kalusugan at Kaligtasan Code § 1799.204(c)(1) Emplear o contratar personal profesional, técnico, de investigación y administrativo según sea necesario para implementar este capítulo.
(2)CA Kalusugan at Kaligtasan Code § 1799.204(c)(2) Proporcionar asesoramiento y asistencia técnica a las agencias locales de SME sobre la integración de un Programa EMSC en su sistema de SME.
(3)CA Kalusugan at Kaligtasan Code § 1799.204(c)(3) Supervisar la implementación del Programa EMSC por parte de las agencias locales de SME.
(4)CA Kalusugan at Kaligtasan Code § 1799.204(c)(4) Establecer un comité asesor técnico del EMSC.
(5)CA Kalusugan at Kaligtasan Code § 1799.204(c)(5) Facilitar relaciones interestatales cooperativas para proporcionar atención adecuada a pacientes pediátricos que deben cruzar las fronteras estatales para recibir servicios de emergencia y cuidados intensivos.
(6)CA Kalusugan at Kaligtasan Code § 1799.204(c)(6) Trabajar de manera cooperativa y coordinada con el Departamento de Servicios de Salud del Estado y otras agencias públicas y privadas en el desarrollo de estándares y políticas para la prestación de servicios de emergencia y cuidados intensivos a niños.
(7)CA Kalusugan at Kaligtasan Code § 1799.204(c)(7) El o antes del 1 de marzo de 2000, presentar un informe a la Legislatura describiendo cualquier progreso en la implementación de este capítulo. El informe deberá contener, pero no limitarse a, una descripción del estado de los servicios médicos de emergencia para niños tanto a nivel estatal como local, la recomendación de capacitación, protocolos y equipo médico especial para servicios de emergencia para niños, una estimación de los costos y beneficios de los servicios y programas autorizados por este capítulo, y un cálculo del número de niños atendidos por el sistema EMSC.
(Amended by Stats. 2001, Ch. 171, Sec. 3. Effective August 10, 2001.)