(a)CA Edukasyon Code § 64001(a) A pesar de cualquier otra ley, como condición para recibir financiación para un programa bajo la Parte 36 (que comienza con la Sección 64000), una agencia educativa local deberá asegurar que cada escuela de la agencia educativa local que opera cualquier programa sujeto a la Parte 36 (que comienza con la Sección 64000) consolide cualquier plan requerido por esos programas en un plan único, a menos que la ley lo prohíba de otra manera. Ese plan se conocerá como el Plan Escolar para el Logro Estudiantil (SPSA). Si un programa sujeto a la Parte 36 (que comienza con la Sección 64000) no requiere un plan, la junta directiva o el organismo de una agencia educativa local puede requerir que cualquier escuela que reciba financiación de la solicitud consolidada desarrolle un SPSA.
(b)CA Edukasyon Code § 64001(b) No se requerirá que una agencia educativa local presente el SPSA al departamento como parte de la solicitud consolidada.
(c)CA Edukasyon Code § 64001(c) Una agencia educativa local deberá asegurar, en la solicitud consolidada, que el SPSA ha sido preparado de acuerdo con la ley, que los consejos escolares han desarrollado y aprobado un SPSA para cada escuela que participa en programas financiados a través del proceso de solicitud consolidada, y que los SPSA fueron desarrollados con la revisión, certificación y asesoramiento del comité asesor de estudiantes de inglés de la escuela, si es necesario.
(d)CA Edukasyon Code § 64001(d) El departamento deberá monitorear y revisar para asegurar que la solicitud consolidada y el SPSA fueron desarrollados de acuerdo con la ley y con la participación de los comités asesores y consejos escolares aplicables.
(e)CA Edukasyon Code § 64001(e) Las revisiones de cumplimiento in situ de programas categóricos de escuelas y distritos continuarán, y los SPSA serán requeridos y revisados como parte de estas visitas in situ y revisiones de cumplimiento. El Superintendente deberá monitorear dicho cumplimiento. Con ese fin, el Superintendente deberá desarrollar instrumentos de monitoreo y establecer el proceso y la frecuencia para realizar revisiones del logro del distrito escolar y el cumplimiento de los requisitos de los programas categóricos estatales y federales. La junta estatal deberá revisar el contenido de estos instrumentos para asegurar la coherencia con la política de la junta estatal.
(f)Copy CA Edukasyon Code § 64001(f)
(1)Copy CA Edukasyon Code § 64001(f)(1) Una queja de que una agencia educativa local no ha cumplido con los requisitos de la Parte 36 (que comienza con la Sección 64000), esta parte, o la Parte 38 (que comienza con la Sección 65000) puede presentarse ante una agencia educativa local de conformidad con los Procedimientos Uniformes de Quejas establecidos en el Capítulo 5.1 (que comienza con la Sección 4600) de la División 1 del Título 5 del Código de Regulaciones de California.
(2)CA Edukasyon Code § 64001(f)(2) El departamento puede requerir la presentación del SPSA para cualquier escuela que sea el objeto específico de una queja que involucre cualquier programa o servicio sujeto a esta parte.
(3)CA Edukasyon Code § 64001(f)(3) El departamento puede requerir que una agencia educativa local presente otros datos o información según sea necesario para que el departamento administre eficazmente cualquier programa sujeto a esta parte.
(g)Copy CA Edukasyon Code § 64001(g)
(1)Copy CA Edukasyon Code § 64001(g)(1) A pesar de cualquier otra ley, el consejo escolar deberá desarrollar el contenido del SPSA. Los SPSA deberán ser revisados de acuerdo con el párrafo (4) de la subdivisión (a) de la Sección 52062.
(2)CA Edukasyon Code § 64001(g)(2) El desarrollo del SPSA deberá incluir ambas de las siguientes acciones:
(A)CA Edukasyon Code § 64001(g)(2)(A) Administración de una evaluación integral de necesidades de conformidad con la Sección 1114(b)(6) de la Ley federal Cada Estudiante Triunfa (Ley Pública 114-95) que forma la base de los objetivos de la escuela contenidos en el SPSA. La evaluación integral de necesidades deberá incluir un análisis de datos estatales verificables, consistente con todas las prioridades estatales como se señala en las Secciones 52060 y 52066, e informado por todos los indicadores descritos en la Sección 1111(c)(4)(B) de la Ley federal Cada Estudiante Triunfa, incluyendo el rendimiento estudiantil frente a los objetivos a largo plazo determinados por el estado. La escuela puede incluir cualquier dato desarrollado voluntariamente por los distritos escolares para medir los resultados estudiantiles. Si el plan es requerido únicamente por la junta directiva local o el organismo de la agencia educativa local, la junta directiva local o el organismo de la agencia educativa local puede determinar el alcance en que se aplica la evaluación de necesidades.
(B)CA Edukasyon Code § 64001(g)(2)(B) Identificación del proceso para evaluar y monitorear la implementación del SPSA y el progreso hacia el logro de los objetivos establecidos en el SPSA.
(3)CA Edukasyon Code § 64001(g)(3) El SPSA deberá incluir todo lo siguiente:
(A)CA Edukasyon Code § 64001(g)(3)(A) Objetivos establecidos para mejorar los resultados estudiantiles, incluyendo abordar las necesidades de los grupos estudiantiles según lo identificado a través de la evaluación de necesidades en el subpárrafo (A) del párrafo (2).
(B)CA Edukasyon Code § 64001(g)(3)(B) Estrategias, acciones o servicios basados en evidencia.
(Amended by Stats. 2019, Ch. 51, Sec. 56. (SB 75) Effective July 1, 2019.)