Section § 9625

Explanation

Esta ley exige que todos los centros para personas mayores de usos múltiples y los centros para personas mayores creen un plan escrito de operaciones de emergencia antes del 30 de junio de 2007. El plan debe incluir cómo preparar las instalaciones, un inventario de recursos locales como generadores y hospitales, procedimientos detallados de evacuación y cómo ayudar a las personas con discapacidades u otras necesidades. También debe describir simulacros periódicos, asegurar la continuidad de los servicios después de un desastre y abordar las barreras culturales y lingüísticas. Los centros deben colaborar con los servicios de emergencia y las agencias locales en la planificación. El objetivo es estar bien preparados durante las emergencias y proporcionar el apoyo necesario a la comunidad.

(a)CA Instituciones y Bienestar Code § 9625(a) A más tardar el 30 de junio de 2007, cada centro para personas mayores de usos múltiples y cada centro para personas mayores, según se definen en las subdivisiones (j) y (n) de la Sección 9591, deberá desarrollar y mantener un plan escrito de operaciones de emergencia. Este plan de operaciones de emergencia deberá incluir, entre otros, todo lo siguiente:
(1)CA Instituciones y Bienestar Code § 9625(a)(1) Procedimientos de preparación de las instalaciones para identificar la ubicación de los suministros de primeros auxilios, asegurar todos los muebles, electrodomésticos y otros objetos independientes, y proporcionar instrucciones para operar las válvulas de cierre de gas y agua.
(2)CA Instituciones y Bienestar Code § 9625(a)(2) Un inventario de recursos del vecindario que deberá incluir, entre otros, la identificación y ubicación de todos los siguientes recursos cercanos:
(A)CA Instituciones y Bienestar Code § 9625(a)(2)(A) Generadores.
(B)CA Instituciones y Bienestar Code § 9625(a)(2)(B) Teléfonos.
(C)CA Instituciones y Bienestar Code § 9625(a)(2)(C) Hospitales y clínicas de salud pública.
(D)CA Instituciones y Bienestar Code § 9625(a)(2)(D) Estaciones de bomberos y estaciones de policía.
(3)CA Instituciones y Bienestar Code § 9625(a)(3) Procedimientos de evacuación, incluidos los procedimientos para acomodar a quienes necesiten asistencia para evacuar el centro. Este plan de evacuación deberá estar ubicado en un área accesible al público.
(4)CA Instituciones y Bienestar Code § 9625(a)(4) Procedimientos para acomodar a personas mayores, personas con discapacidades y otros miembros de la comunidad que necesiten refugio en el centro para personas mayores, en caso de que otras instalaciones comunitarias estén inoperables.
(5)CA Instituciones y Bienestar Code § 9625(a)(5) Recursos de personal necesarios para la respuesta posterior a un desastre.
(6)CA Instituciones y Bienestar Code § 9625(a)(6) Procedimientos para realizar simulacros periódicos de evacuación, simulacros de incendio y simulacros de terremoto.
(7)CA Instituciones y Bienestar Code § 9625(a)(7) Procedimientos para asegurar la continuación del servicio después de un desastre.
(8)CA Instituciones y Bienestar Code § 9625(a)(8) Consideración de las barreras culturales y lingüísticas en los planes de emergencia y evacuación, y formas de abordar adecuadamente esas barreras.
(b)CA Instituciones y Bienestar Code § 9625(b) En el desarrollo de los planes de operaciones de emergencia requeridos por este capítulo, los centros para personas mayores de usos múltiples y los centros para personas mayores deberán coordinar con la Oficina de Servicios de Emergencia, la agencia local del área sobre el envejecimiento, según se define en la Sección 9006, y otras agencias y partes interesadas relevantes.