Chapter 8
Section § 9560
El Programa de Servicios Múltiples para Personas Mayores está diseñado para ayudar a personas de 65 años o más que son elegibles para recibir atención en un centro de enfermería, pero que prefieren permanecer en sus comunidades. Este programa tiene como objetivo ayudar a las personas mayores a mantener su independencia, facilitando el acceso a servicios sociales y de salud comunitarios, evitando así el internamiento prematuro en instituciones. Se enfoca en el uso eficiente de los fondos públicos y mejora la prestación de servicios mediante la coordinación de diversas ayudas. La iniciativa permite flexibilidad en la organización de los servicios y enfatiza las actividades de divulgación y la difusión de información.
Section § 9561
Esta sección explica que los servicios del programa, destinados a ayudar a personas necesitadas, pueden ser financiados por el propio programa o a través de otras fuentes comunitarias. Estos servicios abarcan una amplia gama de apoyo, como la gestión de casos, la recreación, la educación y las actividades para personas mayores. Además, incluyen servicios como transporte, asistencia para la vivienda, programas de voluntariado, ayuda legal, reparación del hogar y evaluaciones de salud. El objetivo es proporcionar un apoyo integral a través de diversas formas de asistencia, como nutrición, servicios de salud psicológica y mental, atención médica a domicilio y cuidado diurno para adultos.
Section § 9562
Esta sección explica que la administración de este capítulo está a cargo de un departamento en colaboración con el Departamento Estatal de Servicios de Salud, que gestiona Medicaid. También permite que varios departamentos dentro de la Agencia de Salud y Bienestar eximan reglas y pongan recursos a disposición según sea necesario, siempre que la ley federal lo permita, para asegurar que el capítulo pueda administrarse eficazmente.
Section § 9563
Esta ley exige que el departamento establezca criterios para aprobar los sitios locales del Programa de Servicios Múltiples para Personas Mayores (MSSP). Los estándares incluyen la creación de un equipo para evaluar las necesidades de las personas mayores y asegurar que reciban atención social, económica y de salud continua. También implica desarrollar y mantener los servicios necesarios, garantizar la calidad del servicio y coordinar los servicios integrados.
Especifica el número de sitios según los fondos disponibles y enfatiza la coordinación con agencias locales y organizaciones sin fines de lucro. La ley busca utilizar los recursos locales de manera efectiva. Incluye pautas para evaluar las propuestas de sitios y determinar cuándo reemplazar los sitios existentes sin necesariamente usar licitación competitiva, a menos que sea en el mejor interés del estado.
Section § 9564
Section § 9565
Esta sección de la ley explica las responsabilidades de un departamento relacionado con los sitios locales. Requiere que el departamento colabore con organizaciones sin fines de lucro o entidades gubernamentales en contratos para operar estos sitios, sin anticipar aumentos de financiación futuros. También deben otorgar subvenciones, supervisar las operaciones y asegurar evaluaciones que cumplan con ciertos criterios. Además, tienen la tarea de buscar financiación pública o privada y coordinar con otros programas, especialmente los destinados a personas mayores. También pueden celebrar acuerdos para participar como proveedores de Medi-Cal con el Departamento de Servicios de Salud del estado.