Chapter 7.5
Section § 9540
Section § 9541
Esta sección establece el Programa de Asesoramiento y Defensa de Seguros de Salud en California. Su objetivo es ayudar a los beneficiarios de Medicare y a las personas que pronto serán elegibles para Medicare a comprender sus opciones de seguro de salud, brindando asesoramiento sobre Medicare, seguros de salud privados y planes relacionados. El programa garantiza una educación y asistencia integral a las personas, ayudándolas a tomar decisiones informadas. El departamento es responsable de crear y distribuir información sobre planes de atención médica y capacitar a asesores voluntarios. Los asesores ofrecen orientación, pero no son responsables de errores a menos que actúen con negligencia grave. Además, deben completar una capacitación y pasantías aprobadas antes de prestar servicio. Los departamentos colaboran para manejar cualquier caso de publicidad engañosa en seguros.
Section § 9541.5
Esta ley exige que el Departamento de Envejecimiento de California cobre una pequeña tarifa a los planes de salud por cada persona inscrita en ciertos planes relacionados con Medicare. Esta tarifa ayuda a financiar el Programa de Asesoramiento y Defensa de Seguros de Salud (HICAP), que ofrece orientación a las personas elegibles para Medicare sobre los planes de salud. Los ingresos de estas tarifas se depositan en un fondo específico llamado Fondo Estatal HICAP.
La ley también establece una proporción de financiación, asegurando dos dólares de otro fondo de seguros por cada dólar recaudado de estas tarifas. El Departamento de Finanzas revisa esta proporción regularmente y sugiere cambios según sea necesario, basándose en los cambios demográficos. Además, se deben destinar dos millones de dólares adicionales a los programas HICAP locales a partir del año fiscal 2005-06, exclusivamente para la financiación de programas locales.
Section § 9542
Esta ley se centra en el Programa de Centros de Recursos y Cuidado Diurno para el Alzheimer, cuyo objetivo es proporcionar cuidado diurno especializado a personas con enfermedad de Alzheimer y otros trastornos relacionados con la demencia, así como apoyo a sus familias y cuidadores. Los participantes suelen presentar síntomas de moderados a graves y pueden tener dificultades con los programas de cuidado tradicionales debido a sus necesidades únicas. La ley especifica requisitos para los centros, como programas y personal adaptados, medidas de seguridad y opciones de asistencia financiera para los asistentes.
Los centros deben ser programas de día para adultos con licencia y cumplir con estándares específicos. Se les anima a colaborar con programas educativos y comunitarios, ofrecer capacitación e involucrar a los miembros de la familia en el cuidado a través del transporte y la participación voluntaria.
Section § 9543
El Programa Brown Bag tiene como objetivo ayudar a las personas mayores de bajos ingresos mediante la recolección y distribución de alimentos donados. Una persona mayor de bajos ingresos se define aquí como alguien de 60 años o más, con un ingreso no superior al beneficio básico estatal para una persona ciega. Si hay más recursos alimentarios de los necesarios, el programa también puede ayudar a personas mayores con ingresos ligeramente más altos, hasta el 125% de ese límite definido, pero solo después de satisfacer las necesidades de aquellos en el tramo de ingresos más bajo. Los servicios dependen de la disponibilidad de alimentos excedentes y de la financiación.
Para recibir financiación, los operadores del programa deben aportar una contrapartida del 25% de los fondos en efectivo y otro 25% en contribuciones en especie, priorizar el apoyo local y contar con una junta directiva que incluya a personas mayores de bajos ingresos. También necesitan un almacenamiento adecuado de alimentos, utilizar voluntarios para la distribución y registrar los datos del servicio. Los alimentos donados deben cumplir con las normas de salud, y los donantes o los condados están protegidos de responsabilidad por lesiones causadas por los alimentos donados, a menos que se deban a negligencia grave.
Section § 9544
Esta ley establece el Programa de Abuelos de Crianza de California, con el objetivo de ofrecer oportunidades de voluntariado a personas mayores de bajos ingresos, de 60 años o más, mediante la tutoría de niños con necesidades especiales. Los voluntarios deben trabajar al menos cuatro horas al día, cinco días a la semana.
Las organizaciones que gestionan este programa deben ser gubernamentales o entidades sin fines de lucro calificadas, capaces de proporcionar servicios en entornos variados, como hospitales y escuelas. Deben encargarse del reclutamiento, la capacitación y la asignación, asegurando que los voluntarios reciban el apoyo necesario, como comidas, transporte y estipendios.
El programa se centra en ayudar a niños con necesidades especiales, incluyendo aquellos que han sido maltratados, desatendidos o tienen discapacidades, en diversos entornos, incluidos los centros correccionales. La implementación de esta sección depende de la disponibilidad de fondos.
Section § 9545
El Programa Linkages en California tiene como objetivo ayudar a los adultos mayores y adultos con impedimentos funcionales a recibir atención y gestión de casos para evitar trasladarse a centros de enfermería. El programa se centra en personas de bajos ingresos, evaluando sus necesidades, creando planes de servicio y organizando los servicios necesarios mientras utiliza los recursos existentes antes de gastar los fondos del programa. Incluye el monitoreo de la calidad del servicio y la asistencia a quienes hacen la transición desde centros de enfermería o enfrentan amenazas temporales a su independencia. Los contratistas deben tener experiencia en servicios de atención a largo plazo y gestionar los datos de manera sistemática. Los condados financian el programa a través de ingresos específicos, asegurando que los fondos no reemplacen otros apoyos financieros. El programa prioriza la inscripción para personas de bajos ingresos.
Section § 9546
El Programa de Relevo tiene como objetivo ofrecer ayuda a corto plazo para los cuidadores de adultos mayores con limitaciones graves. Está diseñado para dar un respiro a los cuidadores proporcionando servicios de cuidado temporal o ayudando a encontrar y asignar proveedores de relevo.
Los contratistas que trabajan con el programa tienen varias opciones: pueden actuar como agencias de información y referencia reclutando y asignando proveedores de relevo, crear un registro de estos proveedores y ofrecer o comprar servicios de relevo para los participantes. Además, son responsables de recopilar e informar los datos del programa.
Sin embargo, la implementación de estos servicios depende de si se asignan fondos para ellos en el presupuesto.
Section § 9547
Esta sección establece el Programa de Compañeros Mayores, que ofrece oportunidades de voluntariado a personas mayores de bajos ingresos, de 60 años o más, permitiéndoles ayudar a adultos que necesitan asistencia con las actividades diarias. El programa está diseñado para evitar que los adultos mayores en riesgo necesiten atención institucional.
Los compañeros mayores deben ser voluntarios al menos cuatro horas al día, cinco días a la semana. Los contratistas de servicios directos pueden incluir organizaciones públicas o sin fines de lucro capaces de prestar servicios en diversos entornos. Deben proporcionar a los voluntarios beneficios como transporte y estipendios, y atender a adultos con limitaciones funcionales o cognitivas significativas. Los voluntarios no deben ser asignados a quienes ya reciben servicios de apoyo en el hogar. La implementación del programa depende de la disponibilidad de fondos.