Chapter 4
Section § 9300
Esta sección de la ley reconoce que las personas mayores son los mejores jueces de sus propias necesidades en lo que respecta a diversos programas públicos como la salud, los servicios sociales y el transporte. También establece la Legislatura de la Tercera Edad de California, que ha estado activa desde 1980. Este organismo ayuda a crear leyes modelo y aboga por los derechos y las necesidades de los ciudadanos mayores.
Section § 9301
La Legislatura de la Tercera Edad de California se compone de dos partes: un Senado de la Tercera Edad con 40 miembros y una Asamblea de la Tercera Edad con 80 miembros. Inicialmente, los miembros cumplían mandatos de dos años. Sin embargo, para aquellos elegidos o designados a partir del 1 de enero de 2006, la duración del mandato se extendió a cuatro años.
Section § 9302
Esta sección establece que los miembros de la Legislatura de la Tercera Edad de California deben ser elegidos o designados en las 33 áreas de planificación y servicio del estado. El proceso se rige por normas desarrolladas por la Legislatura de la Tercera Edad de California en colaboración con la Asociación de Agencias de Área de California sobre el Envejecimiento.
Section § 9304
Section § 9304.5
La Legislatura de la Tercera Edad de California debe colaborar con una entidad estatal para gestionar las tareas administrativas de su programa mediante un acuerdo. Deben decidir qué entidad estatal será a más tardar el 1 de mayo de 2005, para que las responsabilidades puedan transferirse en el año fiscal 2006-07. Además, pueden celebrar acuerdos similares en años futuros si es necesario.
Section § 9305
Esta ley explica cómo se puede financiar la Legislatura de la Tercera Edad de California (CSL). Los fondos provienen de un Fondo específico de la Legislatura de la Tercera Edad de California o de fuentes privadas destinadas a las actividades de la CSL. Además, la CSL puede aceptar donaciones y subvenciones de cualquier fuente para ayudarles a cumplir con sus funciones.