Section § 9300

Explanation

Esta sección de la ley reconoce que las personas mayores son los mejores jueces de sus propias necesidades en lo que respecta a diversos programas públicos como la salud, los servicios sociales y el transporte. También establece la Legislatura de la Tercera Edad de California, que ha estado activa desde 1980. Este organismo ayuda a crear leyes modelo y aboga por los derechos y las necesidades de los ciudadanos mayores.

(a)CA Instituciones y Bienestar Code § 9300(a) La Legislatura encuentra y declara que las necesidades de los ciudadanos de la tercera edad para programas públicos en salud, servicios sociales, recreación, transporte, educación, vivienda, servicios culturales y otras áreas de servicio apropiadas pueden ser mejor evaluadas por los ciudadanos de la tercera edad.
(b)CA Instituciones y Bienestar Code § 9300(b) La Legislatura también encuentra y declara que la Legislatura de la Tercera Edad de California, habiendo estado en servicio continuo desde que se estableció por primera vez en 1980, y desde su primera sesión en 1981, y habiendo demostrado su utilidad al proporcionar legislación modelo para las personas mayores y abogar por las necesidades de las personas mayores, se establecerá a través de este capítulo y operará de acuerdo con los procedimientos establecidos en este capítulo.

Section § 9301

Explanation

La Legislatura de la Tercera Edad de California se compone de dos partes: un Senado de la Tercera Edad con 40 miembros y una Asamblea de la Tercera Edad con 80 miembros. Inicialmente, los miembros cumplían mandatos de dos años. Sin embargo, para aquellos elegidos o designados a partir del 1 de enero de 2006, la duración del mandato se extendió a cuatro años.

(a)CA Instituciones y Bienestar Code § 9301(a) La Legislatura de la Tercera Edad de California estará compuesta por dos cámaras, el Senado de la Tercera Edad de California, compuesto por 40 miembros, y la Asamblea de la Tercera Edad de California, compuesta por 80 miembros.
(b)CA Instituciones y Bienestar Code § 9301(b) Los miembros de la Legislatura de la Tercera Edad de California desempeñarán mandatos de dos años.
(c)CA Instituciones y Bienestar Code § 9301(c) No obstante lo dispuesto en el apartado (b), los miembros elegidos o designados para la Legislatura de la Tercera Edad de California a partir del 1 de enero de 2006 desempeñarán mandatos de cuatro años.

Section § 9302

Explanation

Esta sección establece que los miembros de la Legislatura de la Tercera Edad de California deben ser elegidos o designados en las 33 áreas de planificación y servicio del estado. El proceso se rige por normas desarrolladas por la Legislatura de la Tercera Edad de California en colaboración con la Asociación de Agencias de Área de California sobre el Envejecimiento.

Los miembros de la Legislatura de la Tercera Edad de California serán elegidos o designados, en las 33 áreas de planificación y servicio de California, de acuerdo con las normas desarrolladas por la Legislatura de la Tercera Edad de California en cooperación con la Asociación de Agencias de Área de California sobre el Envejecimiento.

Section § 9304

Explanation
La Legislatura de la Tercera Edad de California puede decidir cómo operar sus programas y gastar su dinero, siempre y cuando no infrinjan ninguna ley o regulación estatal.

Section § 9304.5

Explanation

La Legislatura de la Tercera Edad de California debe colaborar con una entidad estatal para gestionar las tareas administrativas de su programa mediante un acuerdo. Deben decidir qué entidad estatal será a más tardar el 1 de mayo de 2005, para que las responsabilidades puedan transferirse en el año fiscal 2006-07. Además, pueden celebrar acuerdos similares en años futuros si es necesario.

(a)CA Instituciones y Bienestar Code § 9304.5(a) La Legislatura de la Tercera Edad de California celebrará un acuerdo interinstitucional mutuamente acordado con una entidad estatal para llevar a cabo funciones administrativas relacionadas con su programa.
(b)CA Instituciones y Bienestar Code § 9304.5(b) La Legislatura de la Tercera Edad de California identificará la entidad estatal a los efectos de la subdivisión (a) a más tardar el 1 de mayo de 2005, a fin de cumplir con el ciclo de propuesta presupuestaria para lograr una transición de responsabilidades en el año fiscal 2006-07.
(c)CA Instituciones y Bienestar Code § 9304.5(c) Esta sección no impide que la Legislatura de la Tercera Edad de California celebre acuerdos interinstitucionales mutuamente acordados para cualquier año fiscal subsiguiente.

Section § 9305

Explanation

Esta ley explica cómo se puede financiar la Legislatura de la Tercera Edad de California (CSL). Los fondos provienen de un Fondo específico de la Legislatura de la Tercera Edad de California o de fuentes privadas destinadas a las actividades de la CSL. Además, la CSL puede aceptar donaciones y subvenciones de cualquier fuente para ayudarles a cumplir con sus funciones.

(a)CA Instituciones y Bienestar Code § 9305(a) Los fondos para la Legislatura de la Tercera Edad de California se asignarán del Fondo de la Legislatura de la Tercera Edad de California o de fondos privados dirigidos a la Legislatura con el propósito de financiar las actividades de la Legislatura de la Tercera Edad de California.
(b)CA Instituciones y Bienestar Code § 9305(b) La Legislatura de la Tercera Edad de California podrá aceptar donaciones y subvenciones de cualquier fuente, pública o privada, para ayudar a desempeñar sus funciones, de conformidad con la Sección 9304.