(a)CA Instituciones y Bienestar Code § 9850(a) El Secretario de la Agencia de Salud y Servicios Humanos de California, en coordinación con el Director del Departamento de Envejecimiento de California, dirigirá el desarrollo e implementación del plan maestro para el envejecimiento establecido de conformidad con la Orden Ejecutiva N-14-19.
(b)CA Instituciones y Bienestar Code § 9850(b) El Comité Asesor de Partes Interesadas del Plan Maestro para el Envejecimiento establecido de conformidad con la Orden Ejecutiva N-14-19 incluirá representación de californianos mayores, adultos con discapacidades, gobierno local, proveedores de atención médica, planes de salud, empleadores, organizaciones comunitarias, fundaciones, investigadores académicos y sindicatos organizados.
(c)CA Instituciones y Bienestar Code § 9850(c) El secretario y el director, con la asistencia del Grupo de Trabajo a Nivel de Gabinete para el Envejecimiento establecido de conformidad con la Orden Ejecutiva N-14-19, trabajarán con las siguientes agencias estatales, según sea necesario, para identificar políticas, eficiencias y estrategias necesarias para implementar el plan maestro:
(1)CA Instituciones y Bienestar Code § 9850(c)(1) Agencia de Negocios, Servicios al Consumidor y Vivienda.
(2)CA Instituciones y Bienestar Code § 9850(c)(2) Agencia de Operaciones Gubernamentales.
(3)CA Instituciones y Bienestar Code § 9850(c)(3) Agencia de Salud y Servicios Humanos de California.
(4)CA Instituciones y Bienestar Code § 9850(c)(4) Agencia de Trabajo y Desarrollo de la Fuerza Laboral.
(5)CA Instituciones y Bienestar Code § 9850(c)(5) Agencia de Transporte.
(d)CA Instituciones y Bienestar Code § 9850(d) El grupo de trabajo solicitará la opinión de las partes interesadas y recopilará información sobre el impacto del envejecimiento de la población de California para ayudar con el proceso de implementación del plan maestro.
(e)CA Instituciones y Bienestar Code § 9850(e) El grupo de trabajo garantizará que el plan maestro se centre en todos los siguientes valores fundamentales:
(1)CA Instituciones y Bienestar Code § 9850(e)(1) Equidad. El plan maestro buscará permitir que los adultos mayores y las personas con discapacidades accedan a servicios y apoyos a largo plazo (LTSS) de acuerdo con las necesidades y preferencias individuales, en la medida de lo posible, independientemente del estado de salud o funcional individual, ingresos, raza, religión u otros factores socioeconómicos.
(2)CA Instituciones y Bienestar Code § 9850(e)(2) Centrado en la persona. El plan maestro buscará permitir que los adultos mayores y las personas con discapacidades permanezcan en sus propios hogares y comunidades el mayor tiempo posible o deseado mientras reciben servicios y apoyos que estén en línea con sus necesidades y preferencias individuales.
(3)CA Instituciones y Bienestar Code § 9850(e)(3) Eficiencia. El plan maestro para el envejecimiento buscará reducir costos innecesarios y reducir la duplicación a través de una prestación de servicios optimizada.
(4)CA Instituciones y Bienestar Code § 9850(e)(4) Reequilibrio del sistema. El plan maestro priorizará la prestación de servicios basados en el hogar y la comunidad en un entorno doméstico como alternativas a la institucionalización, de acuerdo con las necesidades, deseos y preferencias individuales.
(5)CA Instituciones y Bienestar Code § 9850(e)(5) Coordinación e integración. El plan maestro buscará optimizar la prestación de servicios a través de sistemas de atención coordinados e integrados.
(6)CA Instituciones y Bienestar Code § 9850(e)(6) Acceso. El plan maestro garantizará el acceso a la atención médica y los LTSS en todas las comunidades del estado, incluidos los entornos rurales, suburbanos y urbanos.
(f)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 9850(f)
(1)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 9850(f)(1) (A) El Departamento de Envejecimiento de California presentará un informe al Gobernador y a la Legislatura antes del 1 de octubre de 2020, identificando formas de mejorar la organización y estructura del Departamento de Envejecimiento de California para implementar y administrar eficazmente el plan maestro. El informe incluirá, entre otros, la identificación de los cambios estatutarios y reglamentarios necesarios para implementar el plan maestro.
(B)CA Instituciones y Bienestar Code § 9850(f)(1)(B) El Departamento de Envejecimiento de California presentará actualizaciones al Gobernador y a la Legislatura anualmente a partir del 1 de octubre de 2021, hasta el 1 de octubre de 2030, inclusive. Las actualizaciones incluirán, entre otros, el estado de los procesos descritos en el párrafo (1) y actualizaciones sobre métricas de datos, mejores prácticas y políticas modelo.
(2)CA Instituciones y Bienestar Code § 9850(f)(2) Un informe que se presente de conformidad con el párrafo (1) se presentará en cumplimiento de la Sección 9795 del Código de Gobierno.
(Added by Stats. 2019, Ch. 742, Sec. 2. (SB 228) Effective January 1, 2020.)