(a)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(a) La Legislatura encuentra y declara todo lo siguiente:
(1)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(a)(1) California ha reestructurado los servicios públicos comunitarios de salud mental a los condados, y es imperativo que haya suficientes recursos comunitarios disponibles para satisfacer las necesidades de salud mental de las personas elegibles.
(2)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(a)(2) Aumentar el acceso a servicios efectivos de prevención, intervención temprana, ambulatorios y de estabilización de crisis brinda la oportunidad de reducir los costos asociados con la atención hospitalaria y de sala de emergencias costosa y de satisfacer mejor las necesidades de las personas con trastornos de salud mental de la manera menos restrictiva posible.
(3)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(a)(3) Casi una quinta parte de las personas con trastornos de salud mental visita una sala de emergencias de un hospital al menos una vez al año. Si no se dispone de una gama adecuada de servicios de crisis, esto deja a la persona con pocas opciones más que acceder a una sala de emergencias para obtener ayuda y, potencialmente, una hospitalización innecesaria.
(4)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(a)(4) Informes recientes han llamado la atención sobre un problema continuo de utilización inapropiada e innecesaria de las salas de emergencias de los hospitales en California debido a la limitación de servicios comunitarios para personas en angustia psicológica y crisis psiquiátrica aguda. Los hospitales informan que el 70 por ciento de las personas llevadas a las salas de emergencias para evaluación psiquiátrica pueden ser estabilizadas y transferidas a un nivel menos intensivo de atención de crisis. El personal de las fuerzas del orden informa que su personal necesita permanecer con las personas en la sala de espera de emergencias hasta que se encuentre una ubicación y que los niveles de atención menos intensivos tienden a no estar disponibles.
(5)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(a)(5) Las asociaciones públicas y privadas integrales a nivel local y regional, incluyendo los servicios de salud física, salud mental, trastornos por uso de sustancias, aplicación de la ley, servicios sociales y apoyos relacionados, son necesarias para desarrollar y mantener una atención de alta calidad, centrada en el paciente y rentable para las personas con trastornos de salud mental que facilite su recuperación y conduzca al bienestar.
(6)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(a)(6) La recuperación de las personas con trastornos de salud mental es importante para todos los niveles de gobierno, las empresas y la comunidad local.
(b)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b) Esta sección se conocerá, y podrá citarse, como la Ley de Inversión en Bienestar de Salud Mental de 2013. Los objetivos de esta sección son hacer todo lo siguiente:
(1)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b)(1) Ampliar el acceso a servicios de prevención, intervención temprana y tratamiento para mejorar la experiencia del cliente, lograr la recuperación y el bienestar, y reducir costos.
(2)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b)(2) Ampliar el continuo de servicios para abordar las necesidades de prevención de crisis, intervención en crisis, estabilización de crisis y tratamiento residencial de crisis que estén orientados al bienestar, la resiliencia y la recuperación.
(3)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b)(3) Añadir al menos 25 equipos móviles de apoyo en crisis y al menos 2,000 camas de estabilización de crisis y tratamiento residencial de crisis para reforzar la capacidad a nivel local, mejorar el acceso a los servicios de crisis de salud mental y abordar las necesidades de atención de salud mental no satisfechas.
(4)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b)(4) Añadir al menos 600 personas de triaje para proporcionar gestión intensiva de casos y vinculación a servicios para personas con un trastorno de salud mental en varios puntos de acceso, como en puntos de servicio comunitarios designados, refugios para personas sin hogar y clínicas.
(5)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b)(5) Reducir las hospitalizaciones innecesarias y los días de hospitalización utilizando adecuadamente los servicios comunitarios y mejorando el acceso a asistencia oportuna.
(6)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b)(6) Reducir la reincidencia y mitigar los gastos innecesarios de las fuerzas del orden locales.
(7)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b)(7) Proporcionar a las comunidades locales mayores recursos financieros para aprovechar fuentes de financiación públicas y privadas adicionales y lograr redes de atención mejoradas para personas con trastornos de salud mental.
(8)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b)(8)
(A)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b)(8)(A) Proporcionar un continuo completo de servicios de crisis para niños y jóvenes de 21 años o menos, independientemente de dónde vivan en el estado.
(B)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b)(8)(A)(B) Los fondos incluidos en la Ley de Presupuesto de 2016 con el propósito de desarrollar el continuo de servicios de crisis de salud mental para niños y jóvenes de 21 años o menos se destinarán a los siguientes objetivos:
(i)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b)(8)(A)(B)(i) Proporcionar un continuo de servicios de crisis para niños y jóvenes de 21 años o menos, independientemente de dónde vivan en el estado.
(ii)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b)(8)(A)(B)(ii) Proporcionar servicios de intervención temprana y tratamiento para mejorar la experiencia del cliente, lograr la recuperación y el bienestar, y reducir costos.
(iii)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b)(8)(A)(B)(iii) Ampliar el continuo de servicios comunitarios para abordar las necesidades de intervención en crisis, estabilización de crisis y tratamiento residencial de crisis que estén orientados al bienestar, la resiliencia y la recuperación.
(iv)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b)(8)(A)(B)(iv) Añadir al menos 200 equipos móviles de apoyo en crisis.
(v)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b)(8)(A)(B)(v) Añadir al menos 120 servicios y camas de estabilización de crisis y camas de tratamiento residencial de crisis para aumentar la capacidad a nivel local y mejorar el acceso a los servicios de crisis de salud mental y abordar las necesidades de atención de salud mental no satisfechas.
(vi)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b)(8)(A)(B)(vi) Añadir personal de triaje para proporcionar gestión intensiva de casos y vinculación a servicios para personas con trastornos de salud mental en varios puntos de acceso, como en puntos de servicio comunitarios designados, refugios para personas sin hogar, escuelas y clínicas.
(vii)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b)(8)(A)(B)(vii) Ampliar la atención de relevo familiar para ayudar a las familias y mantener la salud y el bienestar de los cuidadores.
(viii)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b)(8)(A)(B)(viii) Ampliar la capacitación de apoyo familiar y los servicios relacionados diseñados para ayudar a las familias a participar en el proceso de planificación, acceder a los servicios y navegar por los programas.
(ix)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b)(8)(A)(B)(ix) Reducir las hospitalizaciones innecesarias y los días de hospitalización utilizando adecuadamente los servicios comunitarios.
(x)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b)(8)(A)(B)(x) Reducir la reincidencia y mitigar los gastos innecesarios de las fuerzas del orden locales.
(xi)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(b)(8)(A)(B)(xi) Proporcionar a las comunidades locales mayores recursos financieros para aprovechar fuentes de financiación públicas y privadas adicionales y lograr redes de atención mejoradas para niños y jóvenes de 21 años o menos con un trastorno de salud mental.
(c)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(c) Mediante las asignaciones presupuestarias proporcionadas en la Ley de Presupuesto anual para este fin, es la intención de la Legislatura autorizar a la Autoridad de Financiamiento de Instalaciones de Salud de California, en adelante denominada la autoridad, y a la Comisión de Supervisión y Responsabilidad de Servicios de Salud Conductual, en adelante denominada la comisión, a administrar procesos de selección competitivos o un proceso de contratación de fuente única, según lo dispuesto en esta sección, para la capacidad de capital y la expansión de programas con el fin de aumentar la capacidad de apoyo móvil en crisis, intervención en crisis, servicios de estabilización de crisis, tratamiento residencial de crisis y recursos de personal específicos.
(d)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)
(1)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(1) Los fondos asignados por la Legislatura a la autoridad para los fines de esta sección se pondrán a disposición de los condados seleccionados o de los condados que actúen conjuntamente.
(2)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(2) La autoridad podrá, a su discreción, considerar a corporaciones privadas sin fines de lucro y agencias públicas en un área o región del estado si un condado, o condados que actúen conjuntamente, apoya afirmativamente esta designación y colaboración en lugar de que un gobierno condal reciba directamente los fondos de la subvención.
(3)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(3) Las subvenciones otorgadas por la autoridad se utilizarán para expandir los recursos locales para el desarrollo, capital, adquisición de equipos y los costos aplicables de inicio o expansión de programas para aumentar la capacidad de asistencia y servicios al cliente en las siguientes áreas:
(A)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(3)(A) Intervención en crisis según lo autorizado por las Secciones 14021.4, 14680 y 14684.
(B)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(3)(B) Estabilización de crisis según lo autorizado por las Secciones 14021.4, 14680 y 14684.
(C)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(3)(C) Tratamiento residencial de crisis según lo autorizado por las Secciones 14021.4, 14680 y 14684 y según lo provisto en un programa residencial de crisis para niños según se define en la Sección 1502 del Código de Salud y Seguridad.
(D)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(3)(D) Servicios de salud mental rehabilitadores según lo autorizado por las Secciones 14021.4, 14680 y 14684.
(E)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(3)(E) Equipos móviles de apoyo en crisis, incluyendo personal y equipo, como la compra de vehículos.
(4)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(4)
(A)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(4)(A) La autoridad desarrollará criterios de selección para expandir los recursos locales, incluidos los descritos en el párrafo (3), y procesos para otorgar subvenciones después de consultar con representantes y partes interesadas de la comunidad de salud mental, incluyendo, entre otros, la Asociación de Directores de Salud Conductual del Condado de California, proveedores de servicios, organizaciones de consumidores y otros intereses apropiados, como proveedores de atención médica y fuerzas del orden, según lo determine la autoridad.
(B)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(4)(A)(B) La autoridad garantizará que las subvenciones resulten en una expansión rentable del número de recursos de crisis comunitarios en las regiones y comunidades seleccionadas para financiación.
(C)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(4)(A)(C) La autoridad también tendrá en cuenta al menos los siguientes criterios y factores al seleccionar a los beneficiarios de las subvenciones y determinar el monto de las mismas:
(i)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(4)(A)(C)(i) Descripción de la necesidad, incluyendo, como mínimo, una descripción completa del proyecto, la necesidad de la comunidad, la población a atender, la vinculación con otros sistemas públicos de atención de salud y salud mental, la vinculación con las fuerzas del orden locales, los servicios sociales y la asistencia relacionada, según corresponda, y una descripción de la solicitud de financiación.
(ii)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(4)(A)(C)(ii) Capacidad para atender a la población objetivo, que incluye a personas elegibles para Medi-Cal y personas elegibles para servicios de salud y salud mental del condado.
(iii)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(4)(A)(C)(iii) Áreas geográficas o regiones del estado elegibles para subvenciones, que pueden incluir áreas rurales, suburbanas y urbanas, y pueden incluir el uso de las cinco designaciones regionales utilizadas por la Asociación de Directores de Salud Conductual del Condado de California.
(iv)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(4)(A)(C)(iv) Nivel de participación comunitaria y compromiso con la finalización del proyecto.
(v)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(4)(A)(C)(v) Apoyo financiero que, además de una subvención que pueda ser otorgada por la autoridad, será suficiente para completar y operar el proyecto para el cual se otorga la subvención de la autoridad.
(vi)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(4)(A)(C)(vi) Capacidad para proporcionar apoyo financiero adicional al proyecto, incluyendo financiación pública o privada, créditos fiscales y subvenciones federales, apoyo de fundaciones y otros esfuerzos de colaboración.
(vii)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(4)(A)(C)(vii) Memorando de entendimiento entre los socios del proyecto, si corresponde.
(viii)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(4)(A)(C)(viii) Información sobre el estatus legal de los socios colaboradores, si corresponde.
(ix)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(4)(A)(C)(ix) Capacidad para medir resultados clave, incluyendo la mejora del acceso a los servicios, los resultados de salud y salud mental, y el beneficio económico del proyecto.
(5)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(5)
(A)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(5)(A) La autoridad determinará los montos máximos de las subvenciones, que tomarán en consideración el número de proyectos otorgados al beneficiario, según lo descrito en el párrafo (3), y reflejarán costos razonables para el proyecto y la región geográfica.
(B)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(5)(A)(B) La autoridad podrá asignar una subvención en incrementos supeditados a las fases de un proyecto.
(6)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(6) Los fondos otorgados por la autoridad de conformidad con esta sección podrán utilizarse para complementar, pero no para reemplazar, los compromisos financieros y de recursos existentes del beneficiario o de otro miembro de un esfuerzo colaborativo al que se le haya otorgado una subvención.
(7)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(7)
(A)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(7)(A) Todos los proyectos a los que la autoridad otorgue subvenciones deberán completarse en un plazo razonable, que será determinado por la autoridad.
(B)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(7)(A)(B) Los fondos no serán liberados por la autoridad hasta que el solicitante demuestre la preparación del proyecto a satisfacción de la autoridad.
(C)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(7)(A)(C) Si la autoridad determina que un beneficiario de la subvención no ha completado el proyecto bajo los términos especificados al otorgar la subvención, la autoridad podrá exigir soluciones, incluyendo la devolución de la totalidad o una parte de la subvención.
(8)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(8) Un beneficiario que reciba una subvención de la autoridad bajo esta sección se comprometerá a utilizar esa capacidad de capital y proyecto de expansión de programa, como el equipo móvil de crisis, la unidad de estabilización de crisis o el programa de tratamiento residencial de crisis, durante la vida útil esperada del proyecto.
(9)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(9) La autoridad podrá consultar con una entidad de asistencia técnica, según lo descrito en el párrafo (5) de la subdivisión (a) de la Sección 4061, para los fines de implementar esta sección.
(10)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(10) La autoridad podrá adoptar reglamentos de emergencia relacionados con las subvenciones para la capacidad de capital y los proyectos de expansión de programas descritos en esta sección, incluyendo reglamentos de emergencia que definan los costos elegibles y determinen los montos mínimos y máximos de las subvenciones.
(11)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(11) La autoridad presentará informes a los comités fiscales y de políticas de la Legislatura a más tardar el 1 de mayo de 2014, y a más tardar el 1 de mayo de 2015, sobre el progreso de la implementación, que incluirán, entre otros, lo siguiente:
(A)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(11)(A) Una descripción de cada proyecto al que se le otorgó financiación.
(B)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(11)(B) El monto de cada subvención emitida.
(C)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(11)(C) Una descripción de otras fuentes de financiación para cada proyecto.
(D)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(11)(D) El monto total de las subvenciones emitidas.
(E)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(11)(E) Una descripción de la operación e implementación del proyecto, incluyendo a quién se está sirviendo.
(12)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(d)(12) Un beneficiario de una subvención proporcionada de conformidad con el párrafo (1) deberá cumplir con todas las leyes aplicables relacionadas con el ámbito de práctica, licencias, certificaciones, fuerza laboral y códigos de construcción.
(e)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(e) De los fondos especificados en el párrafo (8) de la subdivisión (b), es la intención de la Legislatura autorizar a la autoridad a administrar procesos de selección competitivos, según lo dispuesto en esta sección, para la capacidad de capital y la expansión de programas con el fin de aumentar la capacidad de apoyo móvil en crisis, intervención en crisis, servicios de estabilización de crisis, tratamiento residencial de crisis, atención de relevo familiar, capacitación de apoyo familiar y servicios relacionados, y recursos de personal de triaje para niños y jóvenes de 21 años o menos.
(f)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)
(1)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(1) Los fondos asignados por la Legislatura a la autoridad para abordar los servicios de crisis para niños y jóvenes de 21 años o menos para los fines de esta sección se pondrán a disposición de los condados seleccionados o de los condados que actúen conjuntamente.
(2)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(2) La autoridad podrá, a su discreción, también considerar a corporaciones privadas sin fines de lucro y agencias públicas en un área o región del estado si un condado, o condados que actúen conjuntamente, apoya afirmativamente esta designación y colaboración en lugar de que un gobierno condal reciba directamente los fondos de la subvención.
(3)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(3) Las subvenciones otorgadas por la autoridad se utilizarán para expandir los recursos locales para el desarrollo, capital, adquisición de equipos y los costos aplicables de inicio o expansión de programas para aumentar la capacidad de asistencia al cliente y servicios de crisis para niños y jóvenes de 21 años o menos en las siguientes áreas:
(A)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(3)(A) Intervención en crisis según lo autorizado por las Secciones 14021.4, 14680 y 14684.
(B)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(3)(B) Estabilización de crisis según lo autorizado por las Secciones 14021.4, 14680 y 14684.
(C)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(3)(C) Tratamiento residencial de crisis según lo autorizado por las Secciones 14021.4, 14680 y 14684 y según lo provisto en un programa residencial de crisis para niños según se define en la Sección 1502 del Código de Salud y Seguridad.
(D)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(3)(D) Equipos móviles de apoyo en crisis, incluyendo la compra de equipo y vehículos.
(E)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(3)(E) Atención de relevo familiar.
(4)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(4)
(A)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(4)(A) La autoridad desarrollará criterios de selección para expandir los recursos locales, incluidos los descritos en el párrafo (3), y procesos para otorgar subvenciones después de consultar con representantes y partes interesadas de la comunidad de salud mental, incluyendo, entre otros, directores de salud mental del condado, proveedores de servicios, organizaciones de consumidores y otros intereses apropiados, como proveedores de atención médica y fuerzas del orden, según lo determine la autoridad.
(B)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(4)(A)(B) La autoridad garantizará que las subvenciones resulten en una expansión rentable del número de recursos de crisis comunitarios en las regiones y comunidades seleccionadas para financiación.
(C)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(4)(A)(C) La autoridad también tendrá en cuenta al menos los siguientes criterios y factores al seleccionar a los beneficiarios de las subvenciones y determinar el monto de las mismas:
(i)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(4)(A)(C)(i) Descripción de la necesidad, incluyendo, como mínimo, una descripción completa del proyecto, la necesidad de la comunidad, la población a atender, la vinculación con otros sistemas públicos de atención de salud y salud mental, la vinculación con las fuerzas del orden locales, los servicios sociales y la asistencia relacionada, según corresponda, y una descripción de la solicitud de financiación.
(ii)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(4)(A)(C)(ii) Capacidad para atender a la población objetivo, que incluye a personas elegibles para Medi-Cal y personas elegibles para servicios de salud y salud mental del condado.
(iii)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(4)(A)(C)(iii) Áreas geográficas o regiones del estado elegibles para subvenciones, que pueden incluir áreas rurales, suburbanas y urbanas, y pueden incluir el uso de las cinco designaciones regionales utilizadas por la Asociación de Directores de Salud Conductual de California.
(iv)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(4)(A)(C)(iv) Nivel de participación comunitaria y compromiso con la finalización del proyecto.
(v)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(4)(A)(C)(v) Apoyo financiero que, además de una subvención que pueda ser otorgada por la autoridad, será suficiente para completar y operar el proyecto para el cual se otorga la subvención de la autoridad.
(vi)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(4)(A)(C)(vi) Capacidad para proporcionar apoyo financiero adicional al proyecto, incluyendo financiación pública o privada, créditos fiscales y subvenciones federales, apoyo de fundaciones y otros esfuerzos de colaboración.
(vii)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(4)(A)(C)(vii) Memorando de entendimiento entre los socios del proyecto, si corresponde.
(viii)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(4)(A)(C)(viii) Información sobre el estatus legal de los socios colaboradores, si corresponde.
(ix)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(4)(A)(C)(ix) Capacidad para medir resultados clave, incluyendo la utilización de servicios, los resultados de salud y salud mental, y el beneficio económico del proyecto.
(5)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(5)
(A)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(5)(A) La autoridad determinará los montos máximos de las subvenciones, que tomarán en consideración el número de proyectos otorgados al beneficiario, según lo descrito en el párrafo (1), y reflejarán costos razonables para el proyecto, la región geográfica y las edades objetivo.
(B)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(5)(A)(B) La autoridad podrá asignar una subvención en incrementos supeditados a las fases de un proyecto.
(6)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(6) Los fondos otorgados por la autoridad de conformidad con esta sección podrán utilizarse para complementar, pero no para reemplazar, los compromisos financieros y de recursos existentes del beneficiario o de otro miembro de un esfuerzo colaborativo al que se le haya otorgado una subvención.
(7)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(7)
(A)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(7)(A) Todos los proyectos a los que la autoridad otorgue subvenciones deberán completarse en un plazo razonable, que será determinado por la autoridad.
(B)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(7)(A)(B) Los fondos no serán liberados por la autoridad hasta que el solicitante demuestre la preparación del proyecto a satisfacción de la autoridad.
(C)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(7)(A)(C) Si la autoridad determina que un beneficiario de la subvención no ha completado el proyecto bajo los términos especificados al otorgar la subvención, la autoridad podrá exigir soluciones, incluyendo la devolución de la totalidad, o una parte, de la subvención.
(8)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(8) Un beneficiario que reciba una subvención de la autoridad bajo esta sección se comprometerá a utilizar esa capacidad de capital y proyecto de expansión de programa, como el equipo móvil de crisis, la unidad de estabilización de crisis, la atención de relevo familiar o el programa de tratamiento residencial de crisis, durante la vida útil esperada del proyecto.
(9)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(9) La autoridad podrá consultar con una entidad de asistencia técnica, según lo descrito en el párrafo (5) de la subdivisión (a) de la Sección 4061, para los fines de implementar esta sección.
(10)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(10) La autoridad podrá adoptar reglamentos de emergencia relacionados con las subvenciones para la capacidad de capital y los proyectos de expansión de programas descritos en esta sección, incluyendo reglamentos de emergencia que definan los costos elegibles y determinen los montos mínimos y máximos de las subvenciones.
(11)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(11) La autoridad presentará informes a los comités fiscales y de políticas de la Legislatura a más tardar el 10 de enero de 2018, y anualmente a partir de entonces, sobre el progreso de la implementación, que incluirán, entre otros, todo lo siguiente:
(A)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(11)(A) Una descripción de cada proyecto al que se le otorgó financiación.
(B)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(11)(B) El monto de cada subvención emitida.
(C)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(11)(C) Una descripción de otras fuentes de financiación para cada proyecto.
(D)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(11)(D) El monto total de las subvenciones emitidas.
(E)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(11)(E) Una descripción de la operación e implementación del proyecto, incluyendo a quién se está sirviendo.
(12)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(f)(12) Un beneficiario de una subvención proporcionada de conformidad con el párrafo (1) deberá cumplir con todas las leyes aplicables relacionadas con el ámbito de práctica, licencias, certificaciones, fuerza laboral y códigos de construcción.
(g)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)
(1)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(1) (A) Los fondos asignados por la Legislatura a la comisión para los fines de esta sección se asignarán para apoyar estrategias de prevención de crisis, intervención temprana y respuesta a crisis, según lo determine la comisión con la aportación de pares, agencias de salud conductual del condado, organizaciones comunitarias y otros.
(B)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(1)(B) Al asignar estos fondos, la comisión consultará con la Agencia de Salud y Servicios Humanos de California y otras agencias estatales según sea necesario, para aprovechar los fondos existentes y compartir las mejores prácticas, y tomará en consideración los datos sobre las poblaciones en riesgo de experimentar una crisis de salud mental, incluyendo las necesidades de la primera infancia, niños y jóvenes, jóvenes en transición, adultos y adultos mayores.
(C)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(1)(C) Estos fondos se pondrán a disposición de entidades seleccionadas, incluyendo, entre otras, condados, condados que actúen conjuntamente, departamentos de salud mental de ciudades, otras agencias gubernamentales locales y organizaciones comunitarias, como proveedores de atención médica, hospitales, sistemas de salud, proveedores de cuidado infantil, proveedores de educación infantil temprana y otras entidades según lo determine la comisión a través de un proceso de selección competitivo o un proceso de fuente única, según lo determine la comisión.
(D)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(1)(D) La comisión podrá utilizar un proceso de fuente única cuando determine, durante una audiencia pública, que es de interés público hacerlo y que abordaría las barreras a la participación para las agencias gubernamentales locales, incluidos los condados pequeños, otras agencias locales y organizaciones comunitarias, o que está alineado con los objetivos de esta sección.
(E)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(1)(E) Es la intención de la Legislatura que estos fondos se asignen de manera eficiente para fomentar la prevención, la intervención temprana y la recepción de los servicios necesarios para las personas con necesidades de salud mental, o que están en riesgo de necesitar servicios de crisis, y para ayudar a navegar el sector de servicios local para mejorar la eficiencia y la prestación de servicios.
(F)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(1)(F) La comisión considerará las fuentes de datos existentes para las poblaciones que tienen un mayor riesgo de experimentar una crisis de salud mental al asignar estos fondos.
(2)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(2) La financiación podrá utilizarse para apoyar servicios, apoyos, educación y capacitación que se ofrezcan en persona, por teléfono, por videoconferencia o por telesalud con la persona que necesita asistencia, su persona de apoyo significativa u otros, y podrá proporcionarse en cualquier lugar de la comunidad. Estos servicios y actividades relacionadas pueden incluir, entre otros, lo siguiente:
(A)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(2)(A) Comunicación, coordinación y derivación.
(B)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(2)(B) Monitoreo de la prestación de servicios para asegurar que la persona acceda y reciba los servicios.
(C)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(2)(C) Monitoreo del progreso del individuo.
(D)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(2)(D) Proporcionar asistencia para servicios de colocación y desarrollo de planes de servicio.
(E)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(2)(E) Educación y capacitación.
(F)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(2)(F) Enfoques innovadores, de mejores prácticas, basados en evidencia y relacionados para apoyar la prevención de crisis, la intervención temprana y la respuesta a crisis.
(3)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(3) La comisión tendrá en cuenta al menos los siguientes criterios y factores al seleccionar a los beneficiarios y determinar el monto de las subvenciones de la siguiente manera:
(A)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(3)(A) Descripción de la necesidad, incluyendo posibles brechas en las conexiones de servicios locales.
(B)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(3)(B) Descripción de la solicitud de financiación, incluyendo el uso de pares y apoyo entre pares.
(C)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(3)(C) Descripción de cómo se utilizará la financiación para facilitar la vinculación y el acceso a los servicios, incluyendo objetivos y resultados previstos.
(D)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(3)(D) Capacidad para obtener el reembolso federal de Medicaid, si corresponde.
(E)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(3)(E) Capacidad para administrar un programa de servicios efectivo y el grado en que las agencias locales y los proveedores de servicios apoyarán y colaborarán con el esfuerzo.
(F)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(3)(F) Áreas geográficas o regiones del estado elegibles para subvenciones, que incluirán áreas rurales, suburbanas y urbanas, y pueden incluir el uso de las cinco designaciones regionales utilizadas por la Asociación de Directores de Salud Conductual del Condado de California.
(4)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(4) La comisión determinará los montos máximos de las subvenciones y tomará en consideración el nivel de necesidad, la población a atender y los criterios relacionados, según lo descrito en el párrafo (2), y reflejará costos razonables.
(5)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(5) Los fondos otorgados por la comisión para los fines de esta sección podrán utilizarse para complementar, pero no reemplazar, los compromisos financieros y de recursos existentes de las entidades que reciben la subvención.
(6)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(6)
(A)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(6)(A) No obstante cualquier otra ley, un condado, condados que actúen conjuntamente, un departamento de salud mental de la ciudad, una organización comunitaria u otra entidad que reciba una asignación de fondos con el propósito de apoyar estrategias de prevención de crisis, intervención temprana y respuesta a crisis de conformidad con esta subdivisión podrá ser requerido a proporcionar una contribución de contrapartida de fondos locales.
(B)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(6)(A)(B) La comisión podrá, a su discreción, permitir y aprobar subvenciones que incluyan fondos de contrapartida, en su totalidad o en parte, para mejorar el impacto de la financiación pública limitada. Los requisitos de fondos de contrapartida no se diseñarán de manera que impidan la participación de agencias locales, organizaciones comunitarias u otras entidades que sean elegibles para participar en las oportunidades de financiación creadas por esta sección.
(7)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(g)(7) No obstante cualquier otra ley, la comisión, sin tomar ninguna otra acción regulatoria, podrá implementar, interpretar o especificar esta sección mediante cartas informativas, boletines o instrucciones similares.
(h)CA Instituciones y Bienestar Code § 5848.5(h) Esta sección entrará en vigor el 1 de enero de 2025, si las enmiendas a la Ley de Servicios de Salud Mental son aprobadas por los votantes en las elecciones primarias estatales del 5 de marzo de 2024.
(Repealed (in Sec. 65) and added by Stats. 2023, Ch. 790, Sec. 66. (SB 326) Effective October 12, 2023. Operative January 1, 2025, by its own provisions.)