Chapter 1.6
Section § 4507
Section § 4508
Esta sección permite que las personas con discapacidades del desarrollo sean dadas de alta temporalmente de los centros de desarrollo por hasta doce meses. Un menor necesita el consentimiento de sus padres, mientras que los adultos necesitan su propio consentimiento o el de su tutor. Durante este tiempo, recibirán servicios de un centro regional. Es importante destacar que pueden regresar al centro de desarrollo en cualquier momento durante este período de colocación provisional.
Section § 4510
Esta ley exige que tres departamentos estatales de California trabajen juntos para crear e implementar un programa que garantice que haya suficientes arreglos de vivienda disponibles para las personas a las que atienden. Estos arreglos de vivienda deben establecerse tanto en comunidades como en hospitales estatales. Los departamentos deben consultar con organizaciones gubernamentales locales, defensores de clientes que reciben atención residencial y proveedores de estos servicios para desarrollar estos procedimientos.
Section § 4511
Esta ley subraya la importancia de apoyar a las personas con discapacidades del desarrollo y a sus familias proporcionándoles información, habilidades y coordinación. Destaca el papel de la capacitación para mejorar la cooperación entre consumidores, familias, centros regionales y proveedores de servicios. El departamento tiene la tarea de organizar capacitaciones, que podrían cubrir temas como salud y seguridad, derechos, comunicación e inclusión comunitaria, siempre que haya recursos disponibles. La capacitación debe utilizar herramientas existentes cuando sea posible y debe incluir evaluaciones. Un grupo asesor ayudará a guiar el contenido de la capacitación y a evaluar su eficacia.
Section § 4511.1
Esta ley subraya la importancia de la capacitación sobre sesgos implícitos para los empleados y contratistas de los centros regionales que atienden a personas con discapacidades del desarrollo en California. La capacitación tiene como objetivo mejorar el acceso y la equidad en los servicios, aumentando la conciencia y desarrollando habilidades para abordar los sesgos. El Departamento de Servicios del Desarrollo supervisará el contenido y la frecuencia de la capacitación, que es obligatoria para el personal involucrado en actividades de elegibilidad y coordinación de servicios. Los centros regionales deben mantener registros de la finalización de la capacitación, y se les anima a involucrar a capacitadores que reflejen la diversidad de los clientes atendidos. La capacitación se centrará en reconocer y abordar el sesgo implícito, sus impactos y los pasos para mitigarlo. La implementación de la ley depende de la financiación estatal, aunque se anima a los centros a continuar con los esfuerzos de capacitación en la medida de lo posible sin fondos legislativos específicos.
Section § 4511.5
Esta ley reconoce el papel vital de los profesionales de servicios directos que apoyan a personas con discapacidades intelectuales y del desarrollo. Destaca la necesidad de una capacitación mejorada que esté centrada en la persona, sea culturalmente sensible y mejore los resultados de los servicios.
El objetivo es enriquecer la calidad de los servicios, centrándose en la salud, la seguridad y la promoción de la dignidad a través de la autodeterminación. Los componentes clave de la capacitación incluirán certificación basada en competencias y por niveles, educación continua y medidas de resultados definidas.
El departamento debe trabajar con diversas partes interesadas, incluyendo consumidores, familias y proveedores de servicios, para desarrollar e implementar esta capacitación. La implementación depende de la financiación asignada en el presupuesto anual del estado.
Section § 4511.6
Esta sección exige que el departamento desarrolle un proyecto piloto para probar servicios remotos para consumidores mediante tecnología. El objetivo es evaluar si dichos servicios pueden ayudar a las personas a llevar vidas más independientes, ofrecer un mejor acceso a servicios bilingües y reducir la necesidad de apoyo presencial.
El proyecto implica seleccionar un grupo diverso de participantes con diferentes necesidades y colaborar con una organización externa experimentada para el diseño y la evaluación del proyecto. Los proveedores para este proyecto deben ser elegidos a más tardar el 1 de marzo de 2023. Existe el mandato de informar a la Legislatura regularmente y presentar un informe final antes del 10 de enero de 2026.
Esta iniciativa está exenta de los requisitos contractuales habituales, pero necesita financiación legislativa para llevarse a cabo. Expirará el 1 de enero de 2030.
Section § 4512
Esta sección define términos clave para las leyes de California relativas a las discapacidades del desarrollo. Una discapacidad del desarrollo comienza antes de los 18 años, tiene un impacto significativo e incluye condiciones como la discapacidad intelectual, la parálisis cerebral, la epilepsia y el autismo, pero no las discapacidades puramente físicas. Los niños menores de cinco años pueden calificar temporalmente para servicios si tienen dificultades considerables en actividades como el autocuidado o la comunicación. Serán reevaluados alrededor de los cinco años para confirmar la elegibilidad continua. Los apoyos incluyen desde terapia hasta la integración comunitaria y se adaptan a través de un plan de programa individual basado en las necesidades y preferencias personales. La ley también describe lo que constituye una 'discapacidad sustancial', que implica limitaciones en las actividades vitales principales. Varios términos como 'apoyos naturales', 'círculo de apoyo' y 'vale' se relacionan con la ayuda y los servicios proporcionados a las personas con discapacidades del desarrollo y sus familias.
Section § 4513
Esta ley describe el proceso para la financiación de proyectos especiales por parte de los centros regionales utilizando fondos asignados por el estado en California. Los centros regionales deben demostrar el apoyo de la comunidad para sus proyectos propuestos. Al decidir sobre la financiación, el departamento considera varios factores, incluyendo el compromiso y la capacidad del centro para llevar a cabo el proyecto, los éxitos o fracasos anteriores y la demanda local del servicio. El departamento puede solicitar informes de progreso y evaluará cada proyecto financiado con la opinión de diversas partes interesadas, como consumidores y familias. Los resultados de estas evaluaciones deben hacerse públicos, y se debe fomentar que los proyectos exitosos se repliquen en otras áreas.
Section § 4514
Esta sección describe cómo la información y los registros relacionados con personas con discapacidades del desarrollo se mantienen confidenciales y cuándo pueden divulgarse. Los detalles confidenciales pueden compartirse con profesionales que brindan atención, con el consentimiento adecuado del individuo o su tutor. También pueden compartirse para reclamaciones de salud, asuntos legales o investigaciones bajo estrictas regulaciones. Existen escenarios específicos en los que la información puede divulgarse, como a las fuerzas del orden si hay un delito involucrado, o para ciertas investigaciones de agencias gubernamentales. En cada caso, se hace hincapié en la protección de los datos personales y el consentimiento, con requisitos para una autorización adecuada y la preservación de la confidencialidad.
Section § 4514.3
Esta ley exige que la información y los registros se compartan con una agencia especial de protección y defensa designada por el Gobernador de California. Esto es para asegurar que los derechos de las personas con discapacidades del desarrollo estén protegidos bajo una ley federal llamada Ley de Asistencia para Discapacidades del Desarrollo y Carta de Derechos de 2000. El intercambio de información debe seguir reglas específicas descritas en otra sección del código legal.
Section § 4514.5
Si un familiar o una persona designada solicita información sobre un residente en un hospital estatal o una instalación similar, el centro debe proporcionar detalles como la presencia del residente, su traslado, diagnóstico, medicamentos y progreso, pero solo si el residente ha aceptado compartir esta información. Si el residente no puede dar su consentimiento inicialmente, el centro debe seguir intentando obtenerlo diariamente. Los familiares como el cónyuge, padre, hijo o hermano pueden recibir cierta información incluso si el residente no puede dar su consentimiento, a menos que las leyes federales prohíban lo contrario. El centro también debe informarles sobre el alta o el fallecimiento del residente si lo solicitan, pero no tienen que proporcionar fotocopias de los expedientes médicos como parte de este proceso.
Section § 4515
Esta sección establece que cada vez que una persona con una discapacidad del desarrollo, su padre, tutor o curador, consienta la divulgación de su información personal, se debe completar un formulario de consentimiento firmado. Este formulario debe especificar el uso exacto, la información que se divulgará, a quién se divulgará y quién tiene la autoridad para divulgarla. Cada formulario debe anotarse en el expediente de la persona, y quienes firmen el consentimiento deben recibir una copia.
Section § 4516
Section § 4517
Esta sección permite la recopilación y el intercambio de datos estadísticos por parte de organismos gubernamentales o investigadores, siempre y cuando cumpla con los estándares establecidos por el Director de Servicios de Desarrollo.
Section § 4518
Si alguien ha compartido deliberadamente información confidencial sobre usted sin su permiso, tiene derecho a demandarlo. Se le puede otorgar al menos $500 o tres veces el monto de cualquier daño que haya sufrido, lo que sea mayor.
También puede pedirle al tribunal que detenga la divulgación de su información privada y reclamar daños al mismo tiempo. No necesita probar que sufrió un daño real para emprender acciones legales.
Section § 4519
Esta ley establece que los fondos estatales no deben usarse para servicios fuera de California a menos que un plan específico sea aprobado por el Director de Servicios de Desarrollo. Antes de considerar cualquier servicio fuera del estado, una evaluación exhaustiva y una reunión deben asegurar que ninguna opción en California pueda satisfacer las necesidades del consumidor. Si se autoriza un servicio fuera del estado, inicialmente puede ser por seis meses y requiere una reevaluación para su extensión. Además, los centros regionales no pueden usar fondos para viajes de personal fuera del estado a menos que estén autorizados. Si un consumidor es colocado fuera del estado, se debe preparar y actualizar regularmente un informe detallado sobre los esfuerzos para encontrar soluciones dentro del estado. Existen excepciones para servicios en áreas fronterizas adyacentes a California. Los centros regionales también tuvieron que presentar planes de transición para los consumidores fuera del estado antes de finales de 2012, y esta ley entra en vigor a partir del 1 de enero de 2022.
Section § 4519.10
Esta sección se centra en reformar la forma en que se determinan las tarifas para los proveedores de servicios a personas con discapacidades del desarrollo en California. Su objetivo es hacer que las estructuras de tarifas sean más claras, orientadas a resultados y más justas, considerando los diferentes costos regionales y la necesidad de servicios en múltiples idiomas.
Un estudio recomendó varias mejoras, pero la implementación completa requiere una financiación adicional sustancial. La ley tiene la intención de implementar gradualmente estos cambios de tarifas a partir del año fiscal 2021–22, con una implementación total para el 1 de julio de 2025.
Los aumentos de tarifas se centrarán en mejorar los salarios del personal de atención directa. Además, se establecerá un programa de incentivos de calidad para mejorar la eficacia de los servicios y su capacidad de respuesta a las necesidades individuales.
La ley especifica el uso de fondos federales de Medicaid cuando sea posible y establece plazos para implementar diversas medidas de tarifas y calidad. Los proveedores deben cumplir con las directrices estatales y federales y estarán sujetos a auditorías para garantizar que los aumentos de tarifas beneficien a los profesionales de atención directa. Un informe de progreso a la legislatura sobre estas reformas está programado para el 1 de marzo de 2024.
Esta sección enfatiza un cambio de un sistema basado en el cumplimiento a uno centrado en la persona y basado en resultados, alineándose con valores como la experiencia del consumidor, la equidad, la eficiencia del sistema y la calidad de los resultados.
Section § 4519.11
Esta ley establece que, a partir del 1 de julio de 2025 y cada dos años a partir de entonces, el departamento revisará y actualizará los modelos de tarifas basándose en la información de costos actual y compartirá estos modelos actualizados en línea a más tardar el 1 de enero del año siguiente.
Los cambios en las tarifas de los proveedores dependen de si la Legislatura asigna dinero en la Ley de Presupuesto anual y si se aprueba la financiación federal. El término 'modelo de tarifas' se refiere a aquellos incluidos en un estudio de tarifas específico presentado a la Legislatura.
Section § 4519.2
Esta ley exige que el Departamento de Servicios para el Desarrollo, a través del Grupo de Trabajo de Servicios para el Desarrollo, identifique indicadores clave para evaluar cómo los centros regionales prestan sus servicios. El departamento debe colaborar con las partes interesadas para recomendar medidas y mejoras, con el objetivo de optimizar el servicio al cliente, la comunicación y las mejores prácticas para enero de 2021.
Los centros regionales deben publicar información en línea sobre el cumplimiento de los proveedores con los estándares federales antes de abril de 2020, actualizándola cada seis meses hasta que se logre el cumplimiento. Deben informar estos datos a la Legislatura antes de mayo de 2020.
El departamento también debe proporcionar actualizaciones anuales sobre las quejas en los centros regionales y los detalles de su resolución, y publicar estos datos en línea. Deben enlazar a las agencias de defensa en las páginas de inicio de sus sitios web. Las nuevas directivas del departamento deben publicarse en línea a partir de octubre de 2019, y todos los informes a la Legislatura deben seguir un código de gobierno específico.
Section § 4519.4
Esta ley exige que el Departamento Estatal de Servicios de Desarrollo de California consulte con diversas partes interesadas para discutir reformas en el sistema de prestación de servicios para personas con discapacidades del desarrollo. A partir de 2019, el departamento deberá centrarse en crear un sistema que sea sostenible, innovador, rentable y orientado a resultados.
Deben considerar las perspectivas de los consumidores, las familias y los proveedores de servicios, asegurando la participación de diversos orígenes geográficos, raciales, étnicos y de diagnóstico. El departamento también necesita identificar resultados clave y el cumplimiento de las normas federales de servicios basados en el hogar y la comunidad. La discusión debe incluir formas de recopilar y utilizar la retroalimentación para mejorar el sistema.
El progreso de estos esfuerzos debe informarse durante las audiencias presupuestarias de 2020-21. Para el 1 de octubre de 2019, un resumen de los comentarios públicos, las respuestas del departamento y los cambios a los modelos de tarifas deben publicarse en línea.
Section § 4519.5
Esta sección de la ley describe cómo el Departamento de Servicios de Desarrollo de California y los centros regionales deben gestionar e informar los datos asociados con los servicios que proporcionan. Deben recopilar información demográfica detallada y de uso de servicios, incluyendo edad, raza, idioma y tipo de discapacidad de los usuarios de servicios, garantizando la privacidad de los datos mediante la desidentificación de la información personal. Es obligatorio que los centros regionales compartan públicamente estos datos, tanto en sus sitios web como de forma colectiva con los datos del estado. Esto incluye el cumplimiento de los plazos para la disponibilidad de datos y el requisito de realizar discusiones de manera cultural y lingüísticamente apropiada.
La ley también establece la necesidad de reuniones públicas significativas para discutir los datos, especialmente aquellos que reflejan disparidades en la prestación de servicios a comunidades desatendidas. Enfatiza la transparencia y la participación de las partes interesadas, exigiendo informes sobre sus esfuerzos para reducir las disparidades en los servicios y delineando mecanismos de financiación para iniciativas que promuevan la equidad.
Además, el estatuto prevé financiación anual para abordar las disparidades, con directrices sobre cómo deben asignarse los fondos. También se exige una evaluación independiente de la eficacia en la reducción de las disparidades. Finalmente, insiste en la consulta con las partes interesadas y exige una presentación de informes transparente y accesible sobre los hallazgos y las acciones tomadas para abordar las inequidades.
Section § 4519.6
Section § 4519.7
Esta ley protege a los empleados de los centros regionales de ser demandados por daños civiles por acciones realizadas de buena fe en el desempeño de sus funciones laborales, excepto en casos de negligencia grave o mala conducta intencional específica. Es importante destacar que no los protege de la responsabilidad penal. La ley también mantiene la responsabilidad de los propios centros regionales. Además, los empleados están protegidos de sanciones cuando participan en procesos legales relacionados con la salud y seguridad del consumidor, siempre que actúen de buena fe. Estas protecciones y responsabilidades se aplican solo a las acciones posteriores al 1 de enero de 2001.
Section § 4519.8
Para el 1 de marzo de 2019, se debe presentar un estudio a la Legislatura centrado en la sostenibilidad, calidad y transparencia de los servicios comunitarios para personas con discapacidades del desarrollo. Esto incluye obtener la opinión de las partes interesadas a través de un grupo de trabajo.
El estudio debe cubrir varias áreas: evaluar la eficacia de los métodos de pago actuales para los diferentes proveedores de servicios comunitarios, analizar si las tarifas garantizan que haya suficientes proveedores, comparar los impactos fiscales de métodos de tarifas alternativos y ver cómo los métodos de tarifas pueden promover resultados positivos para los consumidores.
Además, implica evaluar y simplificar los códigos de servicio utilizados por los centros regionales para reflejar mejor los servicios prestados.
Section § 4519.9
Esta ley establece la creación de un programa de navegadores comunitarios destinado a ayudar a individuos y familias a aprovechar mejor los servicios ofrecidos por los centros regionales, a través de la orientación de líderes comunitarios, miembros de la familia o auto-defensores. El programa está especialmente enfocado en la competencia cultural y lingüística para asegurar que todos tengan un acceso equitativo a estos servicios. Antes del 31 de agosto de 2021, se requiere la aportación de las partes interesadas para dar forma al programa de manera efectiva.
Los fondos para este programa se distribuirán a los centros de recursos familiares, de los cuales se espera que ayuden con el acceso a los servicios y generen confianza con el personal del centro regional. Estos centros ofrecerán ayuda para obtener los servicios necesarios y orientación, haciendo hincapié en la relevancia cultural. El departamento proporcionará directrices de financiación, que no pasarán por el proceso habitual de elaboración de normas.
Finalmente, los centros financiados deben informar sobre cómo utilizan estos fondos y sugerir formas de mejorar el acceso a los servicios. Estos informes deben publicarse en el sitio web del departamento antes del 1 de noviembre de 2022.