(a)CA Instituciones y Bienestar Code § 2250(a) Nueve millones seiscientos mil dólares ($9,600,000) se asignan por la presente del Fondo General al Programa de Subvenciones para Programas y Centros Juveniles, que será administrado por la Junta de Correcciones Estatales y Comunitarias, para otorgar subvenciones únicas a los condados con el propósito de proporcionar recursos para necesidades y mejoras relacionadas con la infraestructura para ayudar a los condados en el desarrollo de un continuo local de atención.
(b)CA Instituciones y Bienestar Code § 2250(b) Cada entidad que reciba una subvención del Programa de Subvenciones para Programas y Centros Juveniles deberá presentar un informe detallado a la oficina con la siguiente información:
(1)CA Instituciones y Bienestar Code § 2250(b)(1) Una contabilidad de los gastos.
(2)CA Instituciones y Bienestar Code § 2250(b)(2) Una descripción de
las mejoras físicas y del sistema realizadas.
(3)CA Instituciones y Bienestar Code § 2250(b)(3) Cuántas camas de colocación regional fueron apoyadas con la financiación.
(4)CA Instituciones y Bienestar Code § 2250(b)(4) Qué proporción de las camas de colocación regional fueron contratadas con otros condados y cuáles condados.
(c)CA Instituciones y Bienestar Code § 2250(c) Con la excepción de los departamentos de libertad condicional del condado, una agencia pública local cuya responsabilidad principal sea realizar arrestos y detener sospechosos, o que sea responsable de los enjuiciamientos, no es elegible para solicitar esta subvención.
(d)CA Instituciones y Bienestar Code § 2250(d) Los fondos del Programa de Subvenciones para Programas y Centros Juveniles no podrán ser utilizados por los condados para celebrar contratos con entidades privadas cuyo negocio principal sea el confinamiento bajo custodia de adultos o jóvenes en una prisión o un entorno similar a una prisión.
(e)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 2250(e)
(1)Copy CA Instituciones y Bienestar Code § 2250(e)(1) La Junta de Correcciones Estatales y Comunitarias deberá completar y presentar, a más tardar el 1 de octubre de 2024, un informe a los comités de presupuesto y políticas de seguridad pública de la Legislatura que describa los gastos del Programa de Subvenciones para Programas y Centros Juveniles, incluyendo, entre otros, los beneficiarios y los montos de las subvenciones, cómo se gastaron los fondos, cuántas colocaciones regionales fueron apoyadas y una descripción detallada de los condados que contrataron para utilizar las camas de las instalaciones regionales. El informe también deberá ponerse a disposición del público en el sitio web de internet de la junta.
(2)CA Instituciones y Bienestar Code § 2250(e)(2) El informe requerido por el párrafo (1) deberá presentarse en cumplimiento de la Sección 9795 del Código de Gobierno.
(f)CA Instituciones y Bienestar Code § 2250(f) Cualquier costo incurrido por la oficina en relación con el desarrollo o la administración del programa de subvenciones
se deducirá del monto asignado antes de otorgar cualquier subvención, sin exceder el cinco por ciento del monto asignado.
(g)CA Instituciones y Bienestar Code § 2250(g) Este capítulo permanecerá en vigor solo hasta el 1 de enero de 2026, y a partir de esa fecha queda derogado.
(Amended by Stats. 2021, Ch. 18, Sec. 21. (SB 92) Effective May 14, 2021. Repealed as of January 1, 2026, by its own provisions. Note: Repeal affects Chapter 5, commencing with Section 2250.)