Section § 148

Explanation

Esta sección define términos clave utilizados en el capítulo sobre la solicitud de donaciones para caridad. 'Solicitar' significa pedir propiedad personal recuperable, con la promesa de que se utilizará para fines benéficos. Esta solicitud puede hacerse de varias maneras, como hablando, escribiendo, mediante anuncios o cualquier comunicado público. También puede incluir la solicitud a través de cajas de recolección en espacios públicos.

'Propiedad personal recuperable' se refiere a cualquier artículo físico que se pueda entregar, excepto dinero o documentos como pagarés.

Según se utiliza en este capítulo:
(a)CA Instituciones y Bienestar Code § 148(a) "Solicitar" o cualquiera de sus derivados significa pedir directa o indirectamente la entrega de cualquier tipo de propiedad personal recuperable bajo la súplica o representación, expresa o implícita, a la persona solicitada de que la propiedad o cualquier producto derivado de ella se destinará a usos benéficos. La palabra se extenderá a las solicitudes realizadas por cualquiera de los siguientes medios, se le dé o no algo a la persona que hace la solicitud como resultado:
1. Oralmente o por escrito, por teléfono o de otra manera.
2. Mediante la distribución, circulación, envío por correo, publicación o difusión de cualquier folleto, anuncio o publicación.
3. Por medio de cualquier caja o receptáculo, en cualquier calle pública, acera o vía, o en cualquier parque público o en cualquier lugar de propiedad o control público; o por medio de cualquier caja o receptáculo en cualquier lugar inmediatamente adyacente a cualquier acera o vía pública, o en cualquier lugar de negocios abierto al público, o en cualquier habitación, pasillo, corredor, vestíbulo o entrada, u otro lugar abierto o accesible al público.
4. Mediante la realización de cualquier anuncio a través de la prensa, radio, teléfono, televisión o telégrafo relativo a una petición, reunión, evento atlético o deportivo, bazar, beneficio, campaña, concurso, baile, colecta, entretenimiento, exhibición, exposición, fiesta, actuación, picnic, venta o reunión social, que se solicita al público que patrocine.
(b)CA Instituciones y Bienestar Code § 148(b) "Propiedad personal recuperable" significa cualquier tipo de bien mueble corporal, nuevo o usado, pero sin incluir dinero o títulos de deuda.

Section § 148.1

Explanation

Esta sección explica que ciertas organizaciones están exentas de las regulaciones de este capítulo. Específicamente, no se aplica a organizaciones que solicitan donaciones de artículos personales reutilizables de sus propios miembros o venden estos artículos en eventos ocasionales como ventas de garaje, siempre y cuando estas actividades no sean el enfoque principal de la organización.

También exime a las asociaciones que están exentas de impuestos bajo secciones específicas del código tributario, y cuyos miembros tienen discapacidades físicas, mentales o del desarrollo, si su objetivo principal es proporcionar servicios a dichas personas.

Ninguna de las disposiciones de este capítulo se aplicará a las actividades de cualquier organización o asociación de personas o de cualquier persona contratada por o bajo su autoridad, en la solicitud de donaciones de bienes personales recuperables únicamente de los miembros de la organización o en la venta de bienes personales recuperables obtenidos de los miembros de la organización mediante dicha solicitud, o la solicitud y venta de bienes personales recuperables por organizaciones fraternales, sociales, políticas o de servicio para ventas de garaje o bazares ocasionales, siempre que la actividad no constituya una parte principal de las actividades de la organización y no se realice como una operación permanente o continua. Tampoco se aplicarán las disposiciones de este capítulo a una asociación exenta conforme a la Sección 23701d o 23701f del Código de Ingresos y Tributación si la membresía de la asociación está compuesta por personas con discapacidades físicas, mentales o del desarrollo y el propósito principal de la asociación es proporcionar servicios a personas con dichas discapacidades.

Section § 148.2

Explanation
Esta ley exige que las organizaciones que recolectan o venden bienes personales recuperables donados mantengan sus actividades financieras separadas. Deben tener cuentas bancarias y registros distintos para estas actividades. Además, deben seguir reglas específicas establecidas para la gestión de fines caritativos bajo otro marco legal.

Section § 148.3

Explanation
Esta ley prohíbe que los grupos pidan donaciones de artículos que se puedan reutilizar o vendan dichos artículos obtenidos mediante donaciones, a menos que el grupo esté exento de impuestos bajo secciones específicas del Código de Impuestos y Rentas.

Section § 148.4

Explanation
Esta ley prohíbe que ciertas organizaciones contraten a contratistas independientes para pedir donaciones de bienes personales o para vender artículos donados. En cambio, los propios funcionarios de la organización o los agentes designados deben encargarse de todas las solicitudes de donaciones.

Section § 148.5

Explanation

Esta ley prohíbe que una persona pida donaciones de artículos que se puedan reutilizar o recuperar, a menos que represente a una organización que cumpla con ciertos requisitos legales y haya sido designada formalmente según la ley.

Será ilegal que cualquier persona se dedique a solicitar donaciones de bienes personales recuperables, a menos que actúe como funcionario o agente de una organización que cumpla con los requisitos de la Sección 148.3, y que haya sido designado de la manera prescrita por este capítulo.

Section § 148.6

Explanation

Esta ley exige que las organizaciones que recolectan donaciones de bienes personales recuperables proporcionen a sus solicitantes tarjetas de identificación que muestren su identidad y afiliación. Estas tarjetas de identificación deben mostrarse si lo solicita cualquier persona a la que estén solicitando o la policía. Además, las organizaciones deben dar recibos a los compradores de bienes donados y mantener registros precisos de las ventas y las cantidades utilizadas para obras de caridad. Estos registros deben estar disponibles para la inspección de la policía.

Toda organización calificada bajo la Sección 148.3 para solicitar donaciones de bienes personales recuperables, deberá proporcionar a cada funcionario o agente contratado para trabajar como solicitante una tarjeta de identificación que indique el nombre y la dirección del solicitante, el nombre de la organización para la cual está solicitando, que ha sido designado por la organización para actuar como solicitante, y la firma de la persona que lo designó. La tarjeta de identificación deberá exhibirse a solicitud de cualquier persona a la que se le solicite o de cualquier agente del orden público. Cualquier organización que reciba los ingresos de la venta de bienes personales recuperables obtenidos mediante la solicitud, deberá asegurarse de que a cada comprador de dicha propiedad se le entregue un recibo que indique el precio pagado por la propiedad vendida. Toda organización deberá mantener libros y registros precisos que detallen los ingresos de dichas ventas y las cantidades destinadas directamente a usos benéficos, los cuales estarán abiertos a la inspección de cualquier agente del orden público.

Section § 148.8

Explanation
Si alguien incumple alguna norma de este capítulo, se considera un delito menor. También es un delito menor si una persona pide donaciones de cosas que se pueden reutilizar y utiliza una tarjeta de identificación falsa que no está permitida por las normas de este capítulo.

Section § 148.9

Explanation
Esta ley establece que los condados y las ciudades de California pueden establecer sus propias normas para permitir que las personas soliciten o vendan bienes personales recuperados. Significa que, aunque el estado tenga leyes vigentes, los gobiernos locales pueden establecer normas más estrictas si lo desean.