Chapter 15
Section § 13999
Section § 13999.1
Esta ley subraya la importancia del agua limpia para la salud pública, la belleza ambiental, el crecimiento industrial, la agricultura, la vida silvestre y la recreación en California. Aborda la amenaza de la contaminación a los recursos hídricos como lagos, ríos y aguas subterráneas, lo que podría dañar la salud pública y el crecimiento económico si no se controla.
Las agencias locales se encargan principalmente de la construcción y el mantenimiento de las instalaciones de tratamiento de agua, pero a menudo carecen de fondos debido a los altos costos de construcción. El estado reconoce su papel en la ayuda para construir estas instalaciones y enfatiza la necesidad de programas de conservación del agua.
La ley tiene como objetivo asegurar la participación de California en las iniciativas federales de agua limpia y tiene la intención de ayudar financieramente a las comunidades pequeñas y apoyar los esfuerzos de recuperación del agua y los programas voluntarios y rentables de conservación del agua.
Section § 13999.10
Esta ley destina 25 millones de dólares para préstamos a municipios destinados a proyectos de recuperación de agua que ayudarán a proporcionar agua para usos beneficiosos. Los municipios pueden recibir préstamos que cubran hasta el 100% de los costos elegibles de diseño y construcción.
Los acuerdos de préstamo deben incluir un costo estimado del proyecto y el compromiso de completar el proyecto rápidamente, cumplir con todos los requisitos legales, cubrir su parte de los costos y buscar asistencia federal cuando sea posible. Los plazos de los préstamos pueden ser de hasta 25 años con tasas de interés equivalentes a la mitad de lo que el estado paga por sus bonos más recientes. Los reembolsos se destinan de nuevo al fondo para futuros préstamos. Además, si otros fondos relacionados se agotan, este dinero también puede utilizarse para esos fines. Ningún proyecto individual de recuperación de agua puede recibir más de 10 millones de dólares en préstamos de este fondo.
Section § 13999.11
Esta sección del Código del Agua de California asigna $10 millones para préstamos que ayuden a las ciudades con programas de conservación del agua. Estos préstamos son solo para proyectos de conservación reales, no para gastos administrativos. Cada préstamo debe detallar los costos y beneficios estimados del proyecto e incluir un acuerdo para finalizarlo rápidamente. Los préstamos no pueden tener una moratoria en los pagos y tienen un límite de 25 años con una tasa de interés reducida. Un solo proyecto no puede recibir más de $5 millones. El estado puede gastar hasta el 5% de los fondos en la gestión del programa, siempre que la Legislatura apruebe este uso de fondos anualmente.
Section § 13999.12
Section § 13999.13
Esta ley permite al Estado de California usar dinero del Fondo General para pagar dos cosas. Primero, cubre el costo de pagar los bonos, lo que incluye tanto el monto original como cualquier interés. Este pago se realiza cuando los bonos vencen. Segundo, proporciona los fondos necesarios para llevar a cabo las acciones descritas en otra sección, la 13999.14, en cualquier momento sin preocuparse por el año presupuestario.
Section § 13999.14
Section § 13999.15
Section § 13999.16
Esta sección de la ley permite que un comité otorgue al Tesorero la facultad de vender bonos. El Tesorero decide cuándo venderlos.
Section § 13999.17
Esta ley permite usar los fondos para devolver ganancias al gobierno federal, como lo exige la Ley Federal de Reforma Fiscal de 1986. Si estos fondos no son suficientes, el estado usará otras fuentes, como el Fondo General. La junta también puede hacer contratos o conseguir servicios y equipos necesarios para asegurar que se cumplan estas reglas federales de forma rápida y total.
Section § 13999.18
Esta ley permite que una junta de California ayude a pagar la construcción de sistemas de tratamiento de agua, con la aprobación de la Legislatura. La junta solo puede contribuir si los sistemas de tratamiento de agua en México no son suficientes para proteger a San Diego y las áreas cercanas de la contaminación proveniente de México. Cualquier proyecto al que la junta ayude no puede recibir más de $10 millones en préstamos de la junta.
Section § 13999.19
Esta sección permite al Tesorero de California administrar los fondos de los bonos que vende, de manera que los intereses de estos bonos no estén sujetos a impuestos a nivel federal. El Tesorero puede establecer cuentas separadas para el dinero obtenido de estos bonos y sus ganancias. Puede usar este dinero para pagar cualquier tarifa o penalización necesaria para cumplir con la ley federal y mantener el estado de exención de impuestos de los bonos, o tomar otras medidas para beneficiar las finanzas del estado bajo la ley federal.
Section § 13999.2
Esta sección define varios términos clave utilizados en el capítulo relacionados con el Comité de Finanzas de Agua Limpia y los proyectos bajo el Fondo de Bonos Estatales de Agua Limpia. Define términos como "Comité" como el Comité de Finanzas de Agua Limpia, "Junta" como la Junta Estatal de Control de Recursos Hídricos y "Fondo" como el Fondo de Bonos Estatales de Agua Limpia de 1984. "Municipio" incluye entidades definidas por la Ley federal de Agua Limpia, así como entidades y subdivisiones estatales. "Proyecto elegible" se refiere a proyectos necesarios para prevenir la contaminación del agua y obtener asistencia federal, certificados por la Junta para tener prioridad. "Proyecto elegible de recuperación de agua" es una alternativa rentable a nuevas fuentes de agua sin asistencia federal disponible. Las definiciones adicionales cubren los parámetros de asistencia federal, las definiciones de "comunidad pequeña", la asistencia estatal suplementaria y programas de conservación específicos. El "Departamento" se define como el Departamento de Recursos Hídricos.
Section § 13999.3
Esta sección crea el Fondo de Bonos Estatales para Agua Limpia de 1984 dentro de la Tesorería del Estado de California. Establece varias cuentas específicas bajo este fondo: una Cuenta de Subvenciones para la Construcción de Agua Limpia, una Cuenta de Asistencia para Pequeñas Comunidades, una Cuenta de Recuperación de Agua y una Cuenta de Conservación de Agua. Cada una de estas cuentas tiene el propósito de poner en práctica otras partes de la ley que se mencionan.
La junta encargada tiene la autoridad para modificar estas cuentas o crear nuevas según sea necesario para asegurar una gestión y administración adecuadas del fondo. Esta flexibilidad permite a la junta adaptarse a las necesidades y situaciones cambiantes en los proyectos y programas relacionados con el agua.
Section § 13999.4
Section § 13999.5
Esta ley permite a un comité crear una deuda para California de hasta $325 millones para financiar proyectos específicos. La junta puede hacer acuerdos con ciudades para proporcionar subvenciones y préstamos para proyectos de tratamiento y recuperación de agua. Aprobados anualmente por la Legislatura, la junta y el departamento también pueden realizar estudios y crear planes para la gestión de residuos y la conservación del agua, utilizando fondos de bonos dentro de límites específicos. Finalmente, algunos fondos pueden reembolsar gastos relacionados con los bonos.
Section § 13999.6
Esta sección explica que cuando California vende bonos, estos se convierten en obligaciones legalmente vinculantes, lo que significa que el estado es totalmente responsable de reembolsar el capital y los intereses a tiempo. El estado promete usar todo su poder financiero para asegurar que estos pagos se realicen.
Para cubrir estos pagos, California recaudará los fondos necesarios anualmente junto con sus ingresos estatales regulares. Los funcionarios responsables de recaudar los ingresos estatales deben asegurarse de recaudar también lo suficiente para cubrir estos pagos de bonos.
Cualquier dinero obtenido de la venta de bonos, como de primas o intereses devengados antes de su venta, puede transferirse al Fondo General del estado para ayudar a pagar los intereses de estos bonos.
Section § 13999.7
Esta sección de la ley adopta la Ley Estatal de Bonos de Obligación General específicamente para gestionar la emisión, venta y reembolso de ciertos bonos. Aunque incorpora la ley estatal más amplia, tiene sus propias reglas para fijar las tasas de interés de estos bonos, las cuales son determinadas por el Tesorero y un comité. Estos bonos no pueden tener un vencimiento superior a 50 años desde su emisión o desde el inicio de cada serie.
Section § 13999.8
Esta ley trata sobre la asignación y gestión de fondos para apoyar proyectos municipales de tratamiento de agua. Destina 250 millones de dólares para subvenciones y préstamos para ayudar a las ciudades a construir proyectos elegibles de agua limpia.
Permite la creación de un Fondo Rotatorio Estatal de Control de la Contaminación del Agua si los requisitos federales exigen fondos de contrapartida estatales para un programa federal de préstamos. Los municipios pueden recibir subvenciones estatales que cubren una parte de los costos del proyecto y deben obtener asistencia federal cuando sea posible, asegurar la operación adecuada y mantener el proyecto una vez finalizado.
Los préstamos a municipios están sujetos a ciertas condiciones de participación pública y elección. Pueden pedir prestado por hasta 25 años con tasas de interés que dependen de las tasas de interés de los bonos estatales. Una parte de los reembolsos de los préstamos se destina a la Cuenta de Recuperación de Agua, mientras que el resto se utiliza para futuras subvenciones y préstamos.
Se puede brindar apoyo para reembolsar proyectos de construcción que inicialmente no recibieron subvenciones estatales debido al agotamiento de los fondos. También se especifican ajustes en los porcentajes de préstamos disponibles según los cambios en la financiación federal bajo la Ley de Agua Limpia.
Section § 13999.9
Esta ley destina $40 millones para ayudar a pequeñas comunidades en California a construir o mejorar instalaciones de tratamiento de aguas residuales bajo la guía de la Ley de Agua Limpia. Las pequeñas comunidades pueden recibir subvenciones que cubren hasta el 97.5% de los costos del proyecto para estudios relacionados con la contaminación, planificación, diseño y trabajos de construcción. Estos proyectos generalmente deben costar $2.5 millones o menos, a menos que se consideren una solución rentable para problemas significativos de calidad del agua o salud pública. Los términos del contrato deben incluir ciertas disposiciones según lo especificado por las regulaciones relacionadas.