Section § 13880

Explanation

Esta ley permite el uso de fondos del Fondo de Agua Potable Segura de California para crear un programa de subvenciones. El programa está diseñado para ayudar a las agencias públicas que poseen u operan sistemas de agua potable domésticos. Su objetivo es ayudar a estas agencias a cumplir con los estándares de agua potable segura, proporcionando asistencia financiera para los proyectos de construcción necesarios.

El propósito de este capítulo es autorizar el uso de fondos del Fondo de Agua Potable Segura de California para un programa de subvenciones destinado a agencias públicas que poseen u operan sistemas de agua potable domésticos, según lo autorizado conforme a las disposiciones de la Ley de Bonos de Agua Potable Segura de California de 1976. La Legislatura por la presente encuentra y declara que es necesario establecer un programa de subvenciones para ayudar a las agencias públicas en la construcción de proyectos para sistemas de agua potable domésticos, y que ciertas agencias públicas que poseen u operan sistemas de agua potable domésticos de otro modo no podrán cumplir con los estándares mínimos de agua potable segura establecidos conforme al Capítulo 4 (que comienza con la Sección 116275) de la Parte 12 de la División 104 del Código de Salud y Seguridad.

Section § 13881

Explanation

Esta sección define términos clave utilizados en el contexto de las leyes de recursos hídricos de California. Aclara que el 'Departamento' se refiere al Departamento de Recursos Hídricos. Un 'sistema de agua doméstico' se explica como una red que suministra agua entubada a al menos 15 conexiones o abastece a 25 personas, incluyendo todas las instalaciones relacionadas para el suministro y la distribución de agua.

El 'Fondo' es el Fondo de Agua Potable Segura de California, relacionado con asuntos financieros de los servicios de agua. El término 'proyecto' abarca nuevas instalaciones o mejoras en los sistemas de agua domésticos. 'Agencia pública' se refiere a cualquier entidad gubernamental que gestiona un sistema de agua, mientras que las 'obras de tratamiento' son sistemas utilizados para purificar el agua para un consumo seguro.

Según se utiliza en este capítulo:
(a)CA Aguas Code § 13881(a) “Departamento” significa el Departamento de Recursos Hídricos.
(b)CA Aguas Code § 13881(b) “Sistema de agua doméstico” significa un sistema para el suministro al público de agua entubada para consumo humano, si dicho sistema tiene al menos 15 conexiones de servicio o suministra agua regularmente a al menos 25 individuos. Dicho término incluye cualquier instalación de suministro, tratamiento, almacenamiento y distribución de agua bajo el control del operador de dicho sistema.
(c)CA Aguas Code § 13881(c) “Fondo” significa el Fondo de Agua Potable Segura de California creado conforme a la Sección 13859.
(d)CA Aguas Code § 13881(d) “Proyecto” significa las instalaciones propuestas para la construcción, mejora o rehabilitación del sistema de agua doméstico, y puede incluir el suministro de agua, las obras de tratamiento y la totalidad o parte de un sistema de distribución de agua, si dichas inclusiones son necesarias para cumplir el propósito de este capítulo.
(e)CA Aguas Code § 13881(e) “Agencia pública” significa cualquier ciudad, condado, distrito u otra subdivisión política del estado que posea u opere un sistema de agua doméstico.
(f)CA Aguas Code § 13881(f) “Obras de tratamiento” significa cualesquiera dispositivos o sistemas utilizados en el tratamiento de los suministros de agua, incluyendo los terrenos necesarios, que hacen que dichos suministros sean puros, salubres y potables para uso doméstico.

Section § 13882

Explanation

El Departamento de Recursos Hídricos de California puede otorgar subvenciones estatales a organismos públicos para ayudarles a planificar y construir proyectos que cumplan con las normas de agua potable segura. Estas subvenciones provienen de un fondo específico y deben seguir ciertas reglas.

Si una subvención supera los $100,000, necesita una aprobación adicional de la Legislatura. Los contratos para estas subvenciones deben incluir la estimación de costos del proyecto, detalles sobre los pagos de la subvención y los compromisos del organismo público. Estos compromisos incluyen completar el proyecto rápidamente, iniciar su operación inmediatamente después de su finalización, mantenerlo adecuadamente, buscar ayuda federal, obtener la aprobación de los departamentos necesarios y cubrir cualquier costo restante del proyecto.

(a)CA Aguas Code § 13882(a) El departamento, sujeto a los requisitos de este capítulo, está autorizado a otorgar subvenciones estatales a organismos públicos con cargo a los fondos disponibles para tal fin de conformidad con el inciso (d) de la Sección 13861, para ayudar en la planificación y construcción de proyectos que permitan al organismo público cumplir, como mínimo, con las normas de agua potable segura establecidas de conformidad con el Capítulo 4 (que comienza con la Sección 116275) de la Parte 12 de la División 104 del Código de Salud y Seguridad. Cualquier subvención que exceda los cien mil dólares ($100,000) podrá ser otorgada por el departamento únicamente con la aprobación específica de la Legislatura, mediante una ley promulgada después de la recepción de un informe presentado de conformidad con la Sección 13884.
(b)CA Aguas Code § 13882(b) Todo contrato de subvención de conformidad con este capítulo podrá incluir las disposiciones que las partes acuerden, y el contrato deberá incluir, en esencia, las siguientes disposiciones:
(1)CA Aguas Code § 13882(b)(1) Una estimación del costo razonable del proyecto, que podrá incluir los costos de planificación.
(2)CA Aguas Code § 13882(b)(2) Un acuerdo por parte del departamento para otorgar al organismo público, durante el progreso de la construcción o después de la finalización de la construcción, según lo acuerden las partes, una cantidad que equivalga a la porción de los costos de construcción y planificación que el departamento determine que son elegibles para una subvención estatal.
(3)CA Aguas Code § 13882(b)(3) Un acuerdo por parte del organismo público, (i) para proceder con diligencia y completar el proyecto, (ii) para iniciar la operación del proyecto una vez finalizado, y para operar y mantener adecuadamente el proyecto de conformidad con las disposiciones legales aplicables, (iii) para solicitar y realizar esfuerzos razonables para obtener asistencia federal para el proyecto, (iv) para obtener la aprobación del departamento y del Departamento de Servicios de Salud del Estado antes de solicitar asistencia federal con el fin de maximizar y utilizar de la mejor manera los montos de la asistencia disponible, y (v) para proveer el pago de la parte del costo del proyecto que corresponda al organismo público, si la hubiere.

Section § 13883

Explanation
Si desea solicitar una subvención bajo esta ley, debe presentar su solicitud al departamento siguiendo su formato específico e incluir cualquier material de apoyo requerido.

Section § 13884

Explanation
Si alguien solicita una subvención de más de $100,000 bajo este capítulo, el departamento debe redactar un informe al respecto. Este informe se envía a la Legislatura, o si no están reunidos, a ciertos comités. El departamento solo puede otorgar la subvención después de que la Legislatura la apruebe específicamente a través de una nueva ley que se promulga después de que reciben el informe del departamento.

Section § 13885

Explanation
Esta ley permite otorgar subvenciones para proyectos que mejoran los sistemas de agua domésticos. El estado puede considerar las necesidades futuras de agua e incluir capacidad adicional si es más rentable que ampliarla más tarde. Las subvenciones pueden cubrir la totalidad o parte de los costos de construcción, mejora o reparación de los sistemas de agua, pero solo si se considera necesario para garantizar agua limpia y potable que sea abundante y tenga la presión adecuada para las necesidades de salud e higiene. Existe un límite en la cantidad que una agencia pública puede recibir, fijado en $400,000. El financiamiento total de las subvenciones disponible es de $30 millones, con hasta $15 millones específicamente para abordar problemas de contaminación del agua por sustancias como nitratos o radiación, que hacen que el agua no sea segura para beber.

Section § 13886

Explanation

Para obtener una subvención para agua potable segura, una agencia pública debe demostrar que no puede cumplir con los estándares mínimos por sí misma. Además, la subvención solo se puede otorgar si el Departamento Estatal de Servicios de Salud aprueba los planes del proyecto y emite los permisos necesarios.

Una solicitud de subvención conforme a este capítulo no será aprobada por el departamento a menos que el departamento determine que la agencia pública es incapaz de cumplir de otra manera con los estándares mínimos de agua potable segura establecidos conforme al Capítulo 4 (que comienza con la Sección 116275) de la Parte 12 de la División 104 del Código de Salud y Seguridad. No se otorgará ninguna subvención por parte del departamento excepto con la aprobación del Departamento Estatal de Servicios de Salud de los planes de proyecto presentados por el solicitante y con la emisión a la agencia pública de un permiso o permiso modificado según lo especificado en el Capítulo 4 (que comienza con la Sección 116275) de la Parte 12 de la División 104 del Código de Salud y Seguridad.

Section § 13887

Explanation
Esta sección de la ley enfatiza que las subvenciones deben otorgarse primero a las agencias públicas que enfrentan problemas de salud urgentes, según lo verificado por el Departamento Estatal de Servicios de Salud. Los proyectos destinados a resolver problemas de salud inmediatos tienen prioridad sobre aquellos destinados al crecimiento o expansiones futuras.

Section § 13888

Explanation
Antes de que se otorgue una subvención para un proyecto, el trabajo de diseño preliminar, que incluye la estimación de los costos, debe estar terminado. Los costos de funcionamiento y mantenimiento del proyecto corren por cuenta de la agencia pública y no pueden incluirse como parte del gasto del proyecto.

Section § 13889

Explanation

Si una agencia pública en California desea una subvención para proyectos relacionados con el agua, también debe solicitar un préstamo bajo la Ley de Bonos de Agua Potable Segura de 1976. Las agencias que no califiquen para un préstamo por tener suficiente capacidad financiera no podrán obtener una subvención.

Sin embargo, si no pueden reembolsar el préstamo completo, aún pueden solicitar una subvención. El departamento decidirá cuánto del préstamo puede pagar la agencia, y los fondos de la subvención cubrirán solo la parte que no puedan pagar.

No se podrá presentar una solicitud de subvención conforme a este capítulo a menos que la agencia pública también haya solicitado un préstamo conforme a la Ley de Bonos de Agua Potable Segura de California de 1976. Ninguna agencia pública cuya solicitud de préstamo haya sido rechazada por falta de necesidad financiera será elegible para una subvención.
Si el departamento ha determinado que el solicitante no puede reembolsar el costo total de un préstamo, el solicitante también podrá solicitar una subvención. Al recibir una solicitud de subvención, el departamento determinará la porción del costo total que el solicitante es capaz de reembolsar. Los fondos de la subvención solo se proporcionarán para la porción que el solicitante no sea capaz de reembolsar.

Section § 13890

Explanation

Esta ley exige que las agencias públicas utilicen los fondos de subvención dentro de los tres años siguientes a su recepción. Además, antes de realizar cualquier gasto, la agencia debe demostrar al departamento, con una oferta válida, que el costo del proyecto estará cerca, dentro del 20 por ciento, de su estimación original. Esto debe hacerse dentro del primer año de haber recibido la subvención.

Los fondos de la subvención deberán ser desembolsados por la agencia pública dentro de los tres años siguientes a la concesión de la subvención. No se podrán desembolsar fondos de la subvención por la agencia pública a menos que la agencia pública pueda demostrar al departamento, dentro del año siguiente a la concesión de la subvención, respaldado por una oferta aceptable, que el monto a desembolsar para el proyecto estará dentro del 20 por ciento del costo estimado del proyecto por parte de la agencia pública.

Section § 13891

Explanation
Esta ley limita la cantidad de dinero que el departamento y el Departamento Estatal de Servicios de Salud pueden gastar de los fondos de bonos. Específicamente, en cualquier año fiscal, no pueden gastar más del 3% del total de las subvenciones otorgadas ese año según este capítulo.

Section § 13892

Explanation

Esta ley exige que el departamento cree normas y reglamentos para implementar los objetivos del capítulo. Deben realizar un aviso público y una audiencia, consultar con el Departamento Estatal de Servicios de Salud para obtener asesoramiento y proporcionar estas normas a la Legislatura dentro de los 60 días siguientes a la fecha de entrada en vigor del capítulo.

El departamento, previa notificación y audiencia públicas y con el asesoramiento del Departamento Estatal de Servicios de Salud, adoptará las normas y reglamentos necesarios para cumplir los propósitos de este capítulo. Dichas normas y reglamentos serán transmitidos a la Legislatura dentro de los 60 días siguientes a la fecha de entrada en vigor de este capítulo.