Section § 13000

Explanation

Esta ley subraya la importancia de proteger y gestionar los recursos hídricos de California. Enfatiza que la calidad del agua debe mantenerse para el uso y disfrute público. Las actividades que afectan la calidad del agua deben ser reguladas para lograr la mejor calidad posible, considerando factores económicos y sociales. La ley exige un programa a nivel estatal para supervisar la calidad del agua, permitiendo al mismo tiempo la gestión regional. Reconoce que diversos factores como el clima, la geografía y las actividades económicas difieren entre regiones, lo que requiere un enfoque coordinado para la gestión del agua.

La Legislatura halla y declara que el pueblo del estado tiene un interés primordial en la conservación, control y utilización de los recursos hídricos del estado, y que la calidad de todas las aguas del estado debe ser protegida para el uso y disfrute del pueblo del estado.
La Legislatura halla y declara además que las actividades y factores que puedan afectar la calidad de las aguas del estado deben ser regulados para alcanzar la más alta calidad del agua que sea razonable, considerando todas las demandas que se están haciendo y que se harán sobre esas aguas y los valores totales involucrados, beneficiosos y perjudiciales, económicos y sociales, tangibles e intangibles.
La Legislatura halla y declara además que la salud, seguridad y bienestar del pueblo del estado requiere que exista un programa estatal para el control de la calidad de todas las aguas del estado; que el estado debe estar preparado para ejercer su pleno poder y jurisdicción para proteger la calidad de las aguas en el estado de la degradación originada dentro o fuera de los límites del estado; que las aguas del estado están cada vez más influenciadas por proyectos de desarrollo hídrico intercuencas y otras consideraciones a nivel estatal; que los factores de precipitación, topografía, población, recreación, agricultura, industria y desarrollo económico varían de una región a otra dentro del estado; y que el programa estatal para el control de la calidad del agua puede ser administrado de manera más efectiva a nivel regional, dentro de un marco de coordinación y política a nivel estatal.

Section § 13001

Explanation

Esta sección de la ley expresa la intención de que la junta estatal y las juntas regionales son las principales agencias encargadas de coordinar y controlar la calidad del agua en California. Estas juntas deben seguir las políticas establecidas en la ley mientras trabajan juntas para asegurar un programa unificado y eficaz de control de la calidad del agua en todo el estado.

Es la intención de la Legislatura que la junta estatal y cada junta regional sean las principales agencias estatales con responsabilidad principal para la coordinación y el control de la calidad del agua. La junta estatal y las juntas regionales, al ejercer cualquier facultad otorgada en esta división, deberán ajustarse e implementar las políticas de este capítulo y deberán, en todo momento, coordinar sus respectivas actividades para lograr un programa unificado y eficaz de control de la calidad del agua en este estado.

Section § 13002

Explanation

Esta ley establece que nada en esta división o en cualquier decisión de las juntas estatales o regionales restringe la capacidad de las ciudades, condados y el estado para aplicar regulaciones adicionales sobre la eliminación de residuos o actividades que puedan contaminar las aguas estatales. Las ciudades y los condados también pueden abordar las molestias, y el Fiscal General puede emprender acciones legales contra la contaminación. Las agencias estatales aún pueden hacer cumplir otras leyes, y los individuos pueden tomar medidas contra molestias privadas o la contaminación.

Ninguna disposición de esta división o cualquier resolución de la junta estatal o de una junta regional es una limitación:
(a)CA Aguas Code § 13002(a) Sobre la facultad de una ciudad o condado o ciudad y condado para adoptar y hacer cumplir regulaciones adicionales, que no entren en conflicto con las presentes, imponiendo condiciones, restricciones o limitaciones adicionales con respecto a la eliminación de residuos o cualquier otra actividad que pueda degradar la calidad de las aguas del estado.
(b)CA Aguas Code § 13002(b) Sobre la facultad de cualquier ciudad o condado o ciudad y condado para declarar, prohibir y eliminar molestias.
(c)CA Aguas Code § 13002(c) Sobre la facultad del Fiscal General, a solicitud de una junta regional, la junta estatal o por iniciativa propia, para iniciar una acción en nombre del pueblo del Estado de California para prohibir cualquier contaminación o molestia.
(d)CA Aguas Code § 13002(d) Sobre la facultad de una agencia estatal en la aplicación o administración de cualquier disposición legal que esté específicamente autorizada o requerida para aplicar o administrar.
(e)CA Aguas Code § 13002(e) Sobre el derecho de cualquier persona a mantener en cualquier momento cualquier acción apropiada para obtener reparación contra cualquier molestia privada según se define en el Código Civil o para obtener reparación contra cualquier contaminación o polución.