Part 7
Section § 12950
Section § 12951
Esta ley establece que el dinero que el estado gasta o presta a los gobiernos locales para asistencia se considera parte del costo total del proyecto, relacionado con el área afectada por dicho proyecto.
Section § 12952
El Gobernador de California puede designar un área como 'zona de impacto' dentro de un radio de 20 millas de un proyecto estatal importante de construcción hidráulica si lo solicitan los líderes locales y el proyecto provoca una afluencia significativa de personas. Para esta designación, el proyecto debe durar más de un año, causar problemas fiscales graves a nivel local y requerir más de 500 trabajadores en los momentos de mayor actividad. Además, la población local debe aumentar al menos un 20% debido al proyecto. Si este aumento de población cae por debajo del 20%, la designación finaliza el 30 de junio siguiente. El Departamento de Finanzas es quien proporciona los datos de población.
Section § 12953
Section § 12954
En esta ley, el término “empleo máximo” se refiere al número más alto de trabajadores contratados en un año para un proyecto de construcción importante relacionado con el Departamento de Recursos Hídricos. Esto incluye a los empleados en el sitio de construcción principal y cualquier ubicación conectada dentro del área afectada.
Section § 12955
Section § 12956
Esta sección de la ley establece que cuando el Gobernador designa un área como 'zona de impacto' debido a una construcción, el estado cubrirá ciertos costos. Primero, pagará los gastos operativos aumentados necesarios para mantener los niveles existentes de servicios públicos como protección policial y contra incendios, atención médica y saneamiento debido al aumento de población. El Departamento de Recursos Hídricos y el Departamento de Finanzas evaluarán y aprobarán estos costos. Si los servicios se mejoran, el Departamento de Finanzas del estado también debe aprobarlo.
En segundo lugar, el estado cubrirá el 75% de los costos aumentados que los condados incurren para la asistencia de emergencia y para indigentes, basados en los estándares previos a la construcción. El Departamento de Finanzas también cubrirá gastos adicionales necesarios debido a aumentos en los servicios, como costos de personal y de oficina.
Section § 12957
Section § 12958
Section § 12959
Section § 12960
Las agencias locales pueden solicitar ayuda financiera estatal a través del Departamento de Recursos Hídricos. Una vez que estas solicitudes son certificadas, se envían al Contralor Estatal para su pago. Antes o después de que se entregue el dinero, el Contralor Estatal verifica que los fondos se gasten correctamente y para los fines adecuados, según lo previsto por esta ley.
Section § 12961
Esta ley puede ser referida oficialmente como la Ley Byrne.