(a)CA Aguas Code § 7048(a) La Legislatura por la presente encuentra y declara que la protección, restauración y mejora de los cauces de arroyos urbanos proporcionan beneficios potenciales al estado al combinar un medio eficaz y eficiente de reducción de daños por inundaciones con la preservación y mejora de los valores ambientales naturales. La Legislatura encuentra además que la protección, restauración y mejora de los arroyos urbanos son mejor llevadas a cabo por agencias y organizaciones locales con asistencia del estado. Es la intención de la Legislatura, al promulgar esta sección, restaurar la viabilidad ecológica de los entornos de los arroyos ubicados en áreas predominantemente urbanas, mejorando así los valores estéticos, recreativos y de pesca y vida silvestre.
(b)Copy CA Aguas Code § 7048(b)
(1)Copy CA Aguas Code § 7048(b)(1) El director podrá establecer un programa de reducción de daños por inundaciones y restauración de arroyos urbanos conocido como el Programa de Restauración de Arroyos Urbanos. El programa constará de los dos siguientes componentes:
(A)CA Aguas Code § 7048(b)(1)(A) El desarrollo de la capacidad por parte del departamento para responder a las solicitudes de agencias y organizaciones locales de asistencia en planificación y diseño para una protección, restauración y mejora eficiente y efectiva de arroyos urbanos.
(B)CA Aguas Code § 7048(b)(1)(B) En la medida en que se proporcionen fondos, un proceso para la concesión de subvenciones competitivas.
(2)CA Aguas Code § 7048(b)(2) Para los fines de esta sección, la protección, restauración y mejora de arroyos urbanos incluyen, entre otros, el mantenimiento de la capacidad del cauce, la estabilización del cauce, la gestión de la vegetación, la reducción de las deficiencias en la calidad del agua y la contaminación del agua de fuentes no puntuales, el establecimiento de paseos ajardinados para uso público que beneficien el control de inundaciones y la calidad del agua, y la gestión adaptativa para cumplir los objetivos del programa. Cuando sea apropiado, la protección, restauración y mejora utilizarán técnicas de protección contra inundaciones eficientes, no estructurales y de bajo mantenimiento. El departamento utilizará en este programa su experiencia en diversas disciplinas, incluyendo, entre otras, la bioingeniería de suelos, la hidrología y la ecología vegetal.
(3)Copy CA Aguas Code § 7048(b)(3)
(A)Copy CA Aguas Code § 7048(b)(3)(A) El departamento mantendrá un equilibrio en la asignación del dinero disponible anualmente para subvenciones a proyectos pequeños de restauración de arroyos urbanos y proyectos grandes de restauración de arroyos urbanos, asignando no menos del 35 por ciento tanto a proyectos pequeños como grandes. Para los fines de esta sección, los “proyectos pequeños de restauración de arroyos urbanos” son proyectos cuyos costos totales, incluidos los costos de adquisición y restauración, son inferiores a un millón de dólares ($1,000,000) y los “proyectos grandes de restauración de arroyos urbanos” son proyectos cuyos costos totales, incluidos los costos de adquisición y restauración, son de un millón de dólares ($1,000,000) o más.
(B)CA Aguas Code § 7048(b)(3)(A)(B) No obstante el subpárrafo (A), si no hay un número suficiente de proyectos calificados disponibles para cumplir plenamente con el requisito de asignación, el departamento podrá otorgar fondos a cualquier proyecto que esté calificado de otra manera, a fin de garantizar que todos los fondos disponibles se utilicen de manera eficiente.
(c)CA Aguas Code § 7048(c) Al responder a las solicitudes de asistencia, el departamento dará prioridad a aquellos proyectos que se estén planificando en conjunto con, o en lugar de, proyectos locales de control de inundaciones. El departamento podrá otorgar subvenciones y contratos a agencias y organizaciones locales según lo previsto en el presupuesto del departamento. Las agencias y organizaciones locales participantes deberán seguir procedimientos, planes y prácticas que sean aceptables para el departamento, y deberán ajustarse a las directrices establecidas por el departamento que definen el nivel de contribución y participación requerido por las agencias y organizaciones locales.
El departamento coordinará el programa con el Departamento de Pesca y Vida Silvestre durante la formulación de directrices y la planificación de proyectos para la protección, restauración y mejora de arroyos urbanos. El departamento también consultará con el Departamento de Pesca y Vida Silvestre sobre los criterios del proyecto que pueden incluir beneficios económicos, ambientales y sociales a lograr.
(d)CA Aguas Code § 7048(d) Es la intención de la Legislatura que los deberes y responsabilidades del departamento se identifiquen como el Programa de Restauración de Arroyos Urbanos y sean llevados a cabo por una oficina o personal designado para este fin. La información sobre cómo obtener asistencia en planificación, diseño y financiera debe ser fácilmente accesible al público.
(e)CA Aguas Code § 7048(e) Según se utiliza en esta sección, “arroyo urbano” significa un arroyo, riachuelo o río que atraviesa propiedades residenciales, comerciales o industriales edificadas, o que atraviesa terrenos donde, en un futuro cercano, el uso del suelo será residencial, comercial o industrial.
(f)CA Aguas Code § 7048(f) Para los fines de esta sección, las actividades elegibles incluyen, entre otras, el mantenimiento de la capacidad del cauce y la estabilización del equilibrio morfológico de un cauce natural para fines de reducción de daños por inundaciones, control de la erosión y estabilización de riberas, lo que puede incluir proyectos no estructurales así como estructurales.
(g)CA Aguas Code § 7048(g) El departamento podrá adoptar reglamentos que definan la “gestión adaptativa” para los fines del Programa de Restauración de Arroyos Urbanos, y establecer criterios para financiar proyectos que incluyan actividades de gestión adaptativa.
(h)CA Aguas Code § 7048(h) El departamento podrá modificar o utilizar reglamentos existentes para la aprobación de subvenciones competitivas. Los reglamentos podrán incluir, entre otros, un proceso de solicitud, criterios de aprobación de subvenciones y requisitos de presentación de informes del beneficiario. El departamento pondrá a disposición del público anualmente, de forma fácilmente accesible, información sobre el estado de los fondos asignados para estos fines y los proyectos que recibieron subvenciones.
(i)CA Aguas Code § 7048(i) Con el fin de abordar las condiciones ecológicas, de control de inundaciones, de calidad del agua e hidrológicas únicas asociadas con arroyos urbanos y cuencas hidrográficas en la frontera entre California y México, el departamento consultará con el Consejo de Relaciones Fronterizas California-México para establecer criterios para financiar proyectos que mejoren las condiciones de los arroyos urbanos transfronterizos.
(Amended by Stats. 2015, Ch. 668, Sec. 9. (AB 965) Effective January 1, 2016.)