Los proyectos deberán tener uno o más de los siguientes beneficios:
(a)CA Aguas Code § 81040(a) Reducir de manera medible el uso urbano per cápita de agua potable.
(b)CA Aguas Code § 81040(b) Reducir de manera medible el uso de agua agrícola.
(c)CA Aguas Code § 81040(c) Aumentar el uso o la disponibilidad del suministro de agua reciclada.
(d)CA Aguas Code § 81040(d) Reducir la emisión de gases de efecto invernadero y el uso de agua y energía.