Section § 80700

Explanation

Esta sección destaca el compromiso de California con la transición hacia un sistema y una economía de energía limpia y confiable, a pesar de los crecientes desafíos derivados de los efectos del cambio climático, como las olas de calor, los incendios forestales y las sequías. Estos desafíos, junto con problemas como las interrupciones en la cadena de suministro, están dificultando la garantía de una infraestructura eléctrica asequible y confiable.

California debe mantener una capacidad de generación de energía suficiente para garantizar la confiabilidad durante eventos extremos. El estado busca implementar cambios de política tanto a corto como a largo plazo para lograr una transición sostenible y equitativa hacia la energía limpia, al tiempo que cumple con los objetivos climáticos y los estándares de calidad del aire. La Legislatura tiene la intención de que esta sección respalde las políticas energéticas existentes en California y la considera fundamental para el bienestar público, la seguridad y el logro de sus objetivos energéticos.

(a)CA Aguas Code § 80700(a) La Legislatura encuentra y declara todo lo siguiente:
(1)CA Aguas Code § 80700(a)(1) California es líder en impulsar la transición asequible y equitativa hacia un sistema y una economía de energía limpia y confiable. Sin embargo, los impactos del cambio climático están ocurriendo antes y con mayor intensidad y frecuencia de lo previsto.
(2)CA Aguas Code § 80700(a)(2) Eventos extremos derivados del cambio climático, incluidas olas de calor, incendios forestales y sequías, combinados con otros factores, como interrupciones en la cadena de suministro, están poniendo en peligro la capacidad de California para desarrollar la infraestructura eléctrica necesaria para mantener la asequibilidad y la confiabilidad.
(3)CA Aguas Code § 80700(a)(3) A medida que California transita hacia un futuro de energía limpia y se enfrenta a los impactos climáticos y otros desafíos, se requerirá una capacidad suficiente de activos de generación nuevos y existentes para mantener la confiabilidad durante eventos extremos.
(4)CA Aguas Code § 80700(a)(4) California debe garantizar la confiabilidad del suministro eléctrico durante este período de mayor riesgo, lo que incluye medidas extraordinarias a corto plazo y cambios sustantivos en la política energética a mediano plazo, al tiempo que asegura que la multifacética red eléctrica de California esté en la mejor posición para lograr de manera sostenible y equitativa el futuro de energía limpia, los objetivos climáticos y los requisitos de calidad del aire de California.
(b)CA Aguas Code § 80700(b) Es la intención de la Legislatura que:
(1)CA Aguas Code § 80700(b)(1) La promulgación de esta división promueva los propósitos del Capítulo 8.9 (que comienza con la Sección 25790) de la División 15 del Código de Recursos Públicos. El desarrollo y la operación de un programa según lo dispuesto en esta división son, en todos los aspectos, para el bienestar y el beneficio de la gente del estado, para proteger la paz pública, la salud y la seguridad, y constituyen un propósito gubernamental esencial. Esta división se interpretará liberalmente de manera que se logren sus propósitos y objetivos.
(2)CA Aguas Code § 80700(b)(2) Los poderes y responsabilidades del departamento establecidos bajo esta división no se rigen por las disposiciones relacionadas con el Sistema Estatal de Desarrollo de Recursos Hídricos conforme al Capítulo 8 (que comienza con la Sección 12930) de la Parte 6 de la División 6, y esta división no debe constituir una limitación o modificación de la autoridad del departamento conforme al Capítulo 8 (que comienza con la Sección 12930) de la Parte 6 de la División 6.

Section § 80700.5

Explanation
Esta sección nombra a la división como el Programa de Reserva Estratégica de Fiabilidad del Suministro Eléctrico.

Section § 80701

Explanation

Esta sección define términos utilizados en la división de agua de la ley de California. Aclara que la 'autoridad de balance de California' se refiere a un término definido en otra parte de la ley de servicios públicos. La 'Comisión' es la Comisión de Conservación y Desarrollo de Recursos Energéticos del Estado. La 'entidad de servicio de carga' y la 'empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local' también son términos definidos en secciones específicas del Código de Servicios Públicos, lo que indica dónde encontrar descripciones más detalladas.

Para los fines de esta división, se aplican las siguientes definiciones:
(a)CA Aguas Code § 80701(a) “Autoridad de balance de California” tiene el mismo significado establecido en la Sección 399.12 del Código de Servicios Públicos.
(b)CA Aguas Code § 80701(b) “Comisión” significa la Comisión de Conservación y Desarrollo de Recursos Energéticos del Estado.
(c)CA Aguas Code § 80701(c) “Entidad de servicio de carga” tiene el mismo significado que se define en la Sección 380 del Código de Servicios Públicos.
(d)CA Aguas Code § 80701(d) “Empresa de servicios eléctricos de propiedad pública local” tiene el mismo significado que se define en la Sección 224.3 del Código de Servicios Públicos.