Section § 79730

Explanation

La ley establece que se pueden asignar $1.495 mil millones para subvenciones competitivas centradas en proyectos con múltiples beneficios relacionados con la protección y restauración de ecosistemas y cuencas hidrográficas. Estos proyectos deben alinearse con las prioridades estatales, y la financiación está supeditada a la aprobación legislativa.

La suma de mil cuatrocientos noventa y cinco millones de dólares ($1,495,000,000) estará disponible, previa asignación por parte de la Legislatura del fondo, de conformidad con este capítulo, para subvenciones competitivas destinadas a proyectos de protección y restauración de ecosistemas y cuencas hidrográficas con múltiples beneficios, de conformidad con las prioridades estatales.

Section § 79731

Explanation

Esta sección de la ley destina 327.5 millones de dólares a proyectos para mejorar la calidad y el suministro de agua, así como la conservación de las cuencas hidrográficas en toda California. Se distribuye una cantidad fija a varias conservadurías y consejos: Baldwin Hills recibe 10 millones de dólares, California Tahoe obtiene 15 millones de dólares y Coachella Valley Mountains recibe 10 millones de dólares.

El Consejo de Protección Oceánica recibe 30 millones de dólares, el Río San Diego obtiene 17 millones de dólares, San Gabriel y Lower Los Angeles 30 millones de dólares, y el Río San Joaquín 10 millones de dólares. Santa Monica Mountains recibe 30 millones de dólares, Sierra Nevada 25 millones de dólares, y la Conservaduría Costera Estatal se financia con 100.5 millones de dólares, cubriendo varias cuencas hidrográficas, incluyendo la Bahía de San Francisco, el Río Santa Ana y más.

La Conservaduría del Delta Sacramento-San Joaquín recibe 50 millones de dólares para sus proyectos.

De los fondos autorizados por la Sección 79730, la suma de trescientos veintisiete millones quinientos mil dólares ($327,500,000) se asignará para proyectos de calidad del agua, suministro de agua y protección y restauración de cuencas hidrográficas con múltiples beneficios para las cuencas hidrográficas del estado de acuerdo con el siguiente cronograma:
(a)CA Aguas Code § 79731(a) Baldwin Hills Conservancy, diez millones de dólares ($10,000,000).
(b)CA Aguas Code § 79731(b) California Tahoe Conservancy, quince millones de dólares ($15,000,000).
(c)CA Aguas Code § 79731(c) Coachella Valley Mountains Conservancy, diez millones de dólares ($10,000,000).
(d)CA Aguas Code § 79731(d) Ocean Protection Council, treinta millones de dólares ($30,000,000).
(e)CA Aguas Code § 79731(e) San Diego River Conservancy, diecisiete millones de dólares ($17,000,000).
(f)CA Aguas Code § 79731(f) San Gabriel and Lower Los Angeles Rivers and Mountains Conservancy, treinta millones de dólares ($30,000,000).
(g)CA Aguas Code § 79731(g) San Joaquin River Conservancy, diez millones de dólares ($10,000,000).
(h)CA Aguas Code § 79731(h) Santa Monica Mountains Conservancy, treinta millones de dólares ($30,000,000).
(i)CA Aguas Code § 79731(i) Sierra Nevada Conservancy, veinticinco millones de dólares ($25,000,000).
(j)CA Aguas Code § 79731(j) State Coastal Conservancy, cien millones quinientos mil dólares ($100,500,000). Las cuencas hidrográficas elegibles para los fondos asignados conforme a esta subdivisión incluyen, entre otras, las que se encuentran en la región de la San Francisco Bay Conservancy, la cuenca del río Santa Ana, la cuenca del río Tijuana, la cuenca del río Otay, la Isla Catalina y la región de la costa central.
(k)CA Aguas Code § 79731(k) Sacramento-San Joaquin Delta Conservancy, cincuenta millones de dólares ($50,000,000).

Section § 79732

Explanation

Esta sección describe los objetivos para proteger y restaurar los cuerpos de agua de California y los ecosistemas relacionados. Se centra en mejorar los beneficios económicos de cuencas hidrográficas saludables, adaptarse al cambio climático y restaurar corredores fluviales y corredores verdes urbanos. Los proyectos incluyen la protección de ecosistemas acuáticos, la adquisición de derechos de agua, la mejora del paso de peces y la colaboración con agencias federales para la protección de especies. Las iniciativas también buscan reducir los riesgos de incendios forestales, apoyar el almacenamiento de agua, gestionar las aguas pluviales y restaurar la salud de las cuencas hidrográficas costeras e interiores para mejorar la calidad del agua y la gestión de inundaciones. Además, aborda la reducción de la contaminación y la contaminación por mercurio de minas antiguas, apoya la recuperación de especies en peligro de extinción y ayuda en la sostenibilidad agrícola. La financiación se limita a proyectos que proporcionen beneficios sustanciales para la pesca o el ecosistema más allá de los requisitos básicos de cumplimiento.

(a)CA Aguas Code § 79732(a) Al proteger y restaurar los ríos, lagos, arroyos y cuencas hidrográficas de California, los propósitos de este capítulo son:
(1)CA Aguas Code § 79732(a)(1) Proteger y aumentar los beneficios económicos derivados de cuencas hidrográficas saludables, recursos pesqueros y el caudal en el cauce.
(2)CA Aguas Code § 79732(a)(2) Implementar proyectos de adaptación de cuencas hidrográficas para reducir los impactos del cambio climático en las comunidades y ecosistemas de California.
(3)CA Aguas Code § 79732(a)(3) Restaurar los corredores fluviales en todo el estado, incluyendo, entre otros, proyectos conforme a la Ley de Corredores Fluviales de California de 2004 (Chapter 3.8 (commencing with Section 5750) of Division 5 of the Public Resources Code), en el Programa de Restauración de Arroyos Urbanos establecido conforme a Section 7048, y los corredores verdes fluviales urbanos.
(4)CA Aguas Code § 79732(a)(4) Proteger y restaurar los ecosistemas acuáticos, de humedales y de aves migratorias, incluidos los corredores de peces y vida silvestre y la adquisición de derechos de agua para el caudal en el cauce.
(5)CA Aguas Code § 79732(a)(5) Cumplir con las obligaciones del Estado de California en el acatamiento de los términos de acuerdos de conciliación multipartitos relacionados con los recursos hídricos.
(6)CA Aguas Code § 79732(a)(6) Eliminar las barreras para el paso de peces.
(7)CA Aguas Code § 79732(a)(7) Colaborar con agencias federales en la protección de peces nativos de California y humedales en el valle central de California.
(8)CA Aguas Code § 79732(a)(8) Implementar proyectos de tratamiento de combustible para reducir los riesgos de incendios forestales, proteger las cuencas hidrográficas tributarias de las instalaciones de almacenamiento de agua y promover la salud de las cuencas hidrográficas.
(9)CA Aguas Code § 79732(a)(9) Proteger y restaurar la salud de las cuencas hidrográficas rurales y urbanas para mejorar la capacidad de almacenamiento de las cuencas, la salud forestal, la protección de la vida y la propiedad, la gestión de los recursos de aguas pluviales y la reducción de gases de efecto invernadero.
(10)CA Aguas Code § 79732(a)(10) Proteger y restaurar las cuencas hidrográficas costeras, incluyendo, entre otras, bahías, estuarios marinos y ecosistemas costeros.
(11)CA Aguas Code § 79732(a)(11) Reducir la contaminación de ríos, lagos, arroyos o aguas costeras, prevenir y remediar la contaminación por mercurio de minas heredadas, y proteger o restaurar las funciones del sistema natural que contribuyen al suministro de agua, la calidad del agua o la gestión de inundaciones.
(12)CA Aguas Code § 79732(a)(12) Ayudar en la recuperación de especies en peligro de extinción, amenazadas o migratorias mejorando la salud de las cuencas hidrográficas, los caudales en el cauce, el paso de peces, la restauración de humedales costeros o interiores, u otros medios, como la implementación de planes de conservación de comunidades naturales y planes de conservación de hábitat.
(13)CA Aguas Code § 79732(a)(13) Asistir en proyectos de sostenibilidad agrícola relacionados con el agua.
(b)CA Aguas Code § 79732(b) Los fondos proporcionados por este capítulo solo se utilizarán para proyectos que proporcionen beneficios o mejoras para la pesca o el ecosistema que sean mayores que las medidas de mitigación ambiental aplicables o las obligaciones de cumplimiento requeridas.

Section § 79733

Explanation

Esta ley asigna $200 millones a la Junta de Conservación de la Vida Silvestre para ser utilizados específicamente en proyectos destinados a mejorar el caudal de los arroyos.

De los fondos disponibles conforme a la Sección 79730, la suma de doscientos millones de dólares ($200,000,000) será administrada por la Junta de Conservación de la Vida Silvestre para proyectos que resulten en un mejoramiento de los caudales de los arroyos.

Section § 79734

Explanation
Esta ley establece que, al trabajar en proyectos de restauración y protección de ecosistemas, se debe utilizar el Cuerpo de Conservación de California o un cuerpo de conservación local certificado, siempre que sea posible y práctico.

Section § 79735

Explanation

Esta ley destina $100 millones para proyectos que protegen y mejoran arroyos urbanos y sus afluentes. Además, se reservan $20 millones para un programa competitivo que financiará proyectos de cuencas hidrográficas y ríos urbanos que mejoren la autosuficiencia hídrica regional y cumplan al menos dos objetivos específicos, como promover la recarga de aguas subterráneas, reducir el consumo de energía y crear hábitats naturales. El estado y las agencias pertinentes gestionarán la implementación. Al menos el 25% de los fondos deben beneficiar a comunidades desfavorecidas, y hasta el 10% se destinará a la planificación de proyectos.

(a)CA Aguas Code § 79735(a) De los fondos autorizados por la Sección 79730, cien millones de dólares ($100,000,000) estarán disponibles, previa asignación por la Legislatura, para proyectos de protección y mejora de un arroyo urbano, según se define en el inciso (e) de la Sección 7048, y sus afluentes, conforme a la División 22.8 (que comienza con la Sección 32600) y la División 23 (que comienza con la Sección 33000) del Código de Recursos Públicos y la Sección 79508.
(b)Copy CA Aguas Code § 79735(b)
(1)Copy CA Aguas Code § 79735(b)(1) De los fondos autorizados por la Sección 79730, veinte millones de dólares ($20,000,000) se pondrán a disposición del secretario para un programa competitivo destinado a financiar proyectos de mejora de cuencas hidrográficas y ríos urbanos con múltiples beneficios en cuencas hidrográficas urbanas que aumenten la autosuficiencia hídrica regional y local y que cumplan al menos dos de los siguientes objetivos:
(A)CA Aguas Code § 79735(b)(1)(A) Promover la recarga de aguas subterráneas y la reutilización del agua.
(B)CA Aguas Code § 79735(b)(1)(B) Reducir el consumo de energía.
(C)CA Aguas Code § 79735(b)(1)(C) Utilizar suelos, plantas y procesos naturales para tratar la escorrentía.
(D)CA Aguas Code § 79735(b)(1)(D) Crear o restaurar hábitats nativos.
(E)CA Aguas Code § 79735(b)(1)(E) Aumentar la resiliencia y adaptabilidad regional y local al cambio climático.
(2)CA Aguas Code § 79735(b)(2) El programa conforme a este inciso será implementado por las agencias de conservación estatales, la Junta de Conservación de la Vida Silvestre, la junta estatal u otras entidades cuya jurisdicción incluya cuencas hidrográficas urbanas, según lo designe el secretario. Los proyectos financiados bajo el programa formarán parte de un plan desarrollado conjuntamente por las agencias de conservación, la Junta de Conservación de la Vida Silvestre, la junta estatal u otras entidades designadas en consulta con el secretario.
(c)CA Aguas Code § 79735(c) Al menos el 25 por ciento de los fondos disponibles conforme a esta sección se asignará a proyectos que beneficien a comunidades desfavorecidas.
(d)CA Aguas Code § 79735(d) Hasta el 10 por ciento de los fondos disponibles conforme a esta sección podrá asignarse a la planificación de proyectos.

Section § 79736

Explanation

California ha asignado $475 millones a la Agencia de Recursos Naturales para proyectos que apoyan las obligaciones del estado bajo varios acuerdos legales y conciliaciones. Estos incluyen acuerdos relacionados con la gestión del agua y la restauración de ecosistemas, entre otros. Se dará prioridad a los proyectos considerados importantes para todo el estado, aquellos que restauran hábitats naturales, apoyan especies en peligro de extinción, mejoran la fiabilidad del suministro de agua regional u ofrecen beneficios económicos significativos.

De los fondos autorizados por la Sección 79730, cuatrocientos setenta y cinco millones de dólares ($475,000,000) estarán disponibles para la Agencia de Recursos Naturales para apoyar proyectos que cumplan con las obligaciones del Estado de California en el cumplimiento de los términos de cualquiera de los siguientes:
(a)CA Aguas Code § 79736(a) El subapartado (d) de la Sección 3406 de la Ley de Mejora del Proyecto del Valle Central (Título 34 de la Ley Pública 102-575).
(b)CA Aguas Code § 79736(b) Pactos interestatales establecidos en la Sección 66801 del Código de Gobierno de conformidad con el Título 7.42 (que comienza con la Sección 66905) del Código de Gobierno.
(c)CA Aguas Code § 79736(c) Disposiciones de acuerdos de cuantificación de agua intraestatales o multipartitos, incluidos proyectos de restauración de ecosistemas, según lo establecido en los Capítulos 611, 612, 613 y 614 de los Estatutos de 2003.
(d)CA Aguas Code § 79736(d) El acuerdo de conciliación al que se hace referencia en la Sección 2080.2 del Código de Pesca y Caza.
(e)CA Aguas Code § 79736(e) Cualquier acuerdo de conciliación intraestatal o multipartito relacionado con el agua que haya sido objeto de acción en o antes del 31 de diciembre de 2013. Se dará prioridad a los proyectos que cumplan uno o más de los siguientes criterios:
(1)CA Aguas Code § 79736(e)(1) El proyecto es de importancia estatal.
(2)CA Aguas Code § 79736(e)(2) El proyecto restaura funciones acuáticas o ribereñas naturales, o hábitats de humedales para aves y especies acuáticas.
(3)CA Aguas Code § 79736(e)(3) El proyecto protege o promueve la restauración de especies en peligro de extinción o amenazadas.
(4)CA Aguas Code § 79736(e)(4) El proyecto mejora la fiabilidad del suministro de agua a nivel regional o interregional.
(5)CA Aguas Code § 79736(e)(5) El proyecto proporciona beneficios económicos regionales o estatales significativos.

Section § 79737

Explanation

Esta ley destina $285 millones al Departamento de Pesca y Vida Silvestre para financiar proyectos de restauración de cuencas hidrográficas en todo California. Estos proyectos incluyen la mejora de hábitats de humedales costeros, la salud de los bosques, ríos y praderas, así como la construcción de mejores cruces, rejillas para peces y la restauración de llanuras aluviales y hábitats.

Se da prioridad a las aguas costeras para las subvenciones de restauración pesquera. Los fondos están destinados a proyectos que ofrecen beneficios significativos más allá de los requisitos ambientales obligatorios, excluyendo las instalaciones de transporte del Delta.

Para los desafíos únicos en la frontera entre California y México, se pone énfasis en proyectos que mejoran las condiciones de los arroyos urbanos y las cuencas hidrográficas, en consulta con el Consejo de Relaciones Fronterizas California-México.

(a)CA Aguas Code § 79737(a) De los fondos autorizados por la Sección 79730, doscientos ochenta y cinco millones de dólares ($285,000,000) estarán disponibles para el Departamento de Pesca y Vida Silvestre para proyectos de restauración de cuencas hidrográficas en todo el estado de conformidad con este capítulo.
(b)CA Aguas Code § 79737(b) Para los fines de esta sección, la restauración de cuencas hidrográficas incluye actividades para financiar el hábitat de humedales costeros, mejorar la salud forestal, restaurar praderas de montaña, modernizar cruces de arroyos, alcantarillas y puentes, reconectar llanuras aluviales históricas, instalar o mejorar rejillas para peces, proporcionar pasos para peces, restaurar cauces de ríos, restaurar o mejorar el hábitats ribereño, acuático y terrestre, mejorar las funciones ecológicas, adquirir de vendedores voluntarios servidumbres de conservación para franjas de amortiguamiento ribereñas, mejorar la gestión local de cuencas hidrográficas y eliminar sedimentos o basura.
(c)CA Aguas Code § 79737(c) Para cualquier fondo disponible de conformidad con esta sección que se utilice para otorgar subvenciones bajo el Programa de Subvenciones para la Restauración Pesquera, se dará prioridad a las aguas costeras.
(d)CA Aguas Code § 79737(d) Al asignar fondos para proyectos de conformidad con esta sección, el Departamento de Pesca y Vida Silvestre solo pondrá fondos a disposición para proyectos de protección y restauración de la calidad del agua, ríos y cuencas hidrográficas de importancia estatal fuera del Delta.
(e)CA Aguas Code § 79737(e) Los fondos proporcionados por esta sección no se gastarán para pagar los costos de diseño, construcción, operación, mitigación o mantenimiento de las instalaciones de transporte del Delta.
(f)CA Aguas Code § 79737(f) Los fondos proporcionados por esta sección solo se utilizarán para proyectos que proporcionen beneficios o mejoras para la pesca o el ecosistema que sean mayores que las medidas de mitigación ambiental aplicables o las obligaciones de cumplimiento requeridas, excepto para cualquier transferencia de agua en beneficio de la subsección (d) de la Sección 3406 de la Ley de Mejora del Proyecto del Valle Central (Título 34 de la Ley Pública 102-575).
(g)CA Aguas Code § 79737(g) Con el fin de abordar las condiciones ecológicas, de control de inundaciones, de calidad del agua e hidrológicas únicas asociadas con los arroyos urbanos y las cuencas hidrográficas en la frontera entre California y México, el departamento consultará con el Consejo de Relaciones Fronterizas California-México para establecer criterios para financiar proyectos que mejoren las condiciones de los arroyos urbanos y las cuencas hidrográficas transfronterizos.

Section § 79738

Explanation

Esta ley destina 87.5 millones de dólares al Departamento de Pesca y Vida Silvestre para mejorar la calidad del agua y restaurar los ecosistemas en la zona del Delta. Financia proyectos que mejoran la calidad del agua potable y agrícola, restauran hábitats para especies en peligro de extinción y realizan estudios científicos.

La ley exige que el departamento colabore con los gobiernos locales del Delta y garantiza que las compras de tierras se realicen únicamente a vendedores voluntarios. Enfatiza la conservación de la vida silvestre, priorizando proyectos en tierras públicas o privadas, y no permite la adquisición de tierras mediante expropiación forzosa. Es importante destacar que estos fondos no pueden utilizarse para proyectos de instalaciones de transporte del Delta.

(a)CA Aguas Code § 79738(a) De los fondos autorizados por la Sección 79730, ochenta y siete millones quinientos mil dólares ($87,500,000) estarán disponibles para el Departamento de Pesca y Vida Silvestre para la calidad del agua, la restauración de ecosistemas y las instalaciones de protección de peces que beneficien al Delta, incluyendo, entre otros, lo siguiente:
(1)CA Aguas Code § 79738(a)(1) Proyectos para mejorar la calidad del agua o que contribuyan a la mejora de la calidad del agua en el Delta, incluyendo proyectos en los condados del Delta que proporcionen múltiples beneficios públicos y mejoren la calidad del agua potable y agrícola o los suministros de agua.
(2)CA Aguas Code § 79738(a)(2) Proyectos de restauración, conservación y mejora de hábitats para mejorar la condición de especies de estatus especial, en riesgo, en peligro de extinción o amenazadas en el Delta y los condados del Delta, incluyendo proyectos para erradicar especies invasoras, y proyectos que apoyen la reutilización beneficiosa de material dragado para la restauración de hábitats y mejoras de diques.
(3)CA Aguas Code § 79738(a)(3) Estudios y evaluaciones científicas que apoyen el Programa Científico del Delta, según se describe en la Sección 85280, o proyectos bajo esta sección.
(b)CA Aguas Code § 79738(b) Al implementar esta sección, el departamento deberá coordinar y consultar con la ciudad del Delta o el condado del Delta en el que se proponga gastar una subvención o adquirir un interés en bienes inmuebles.
(c)CA Aguas Code § 79738(c) Las adquisiciones conforme a esta sección se realizarán únicamente a vendedores voluntarios.
(d)CA Aguas Code § 79738(d) Al implementar esta sección, las agencias estatales deberán priorizar los objetivos de conservación de la vida silvestre a través de proyectos en tierras públicas o proyectos voluntarios en tierras privadas, en la medida de lo posible.
(e)CA Aguas Code § 79738(e) Los fondos disponibles conforme a esta sección no se utilizarán para adquirir tierras mediante expropiación forzosa.
(f)CA Aguas Code § 79738(f) Los fondos disponibles conforme a esta sección no se destinarán a sufragar los costos de diseño, construcción, operación, mitigación o mantenimiento de las instalaciones de transporte del Delta.