Chapter 4
Section § 79703
Esta ley establece que hasta el 5% de los fondos destinados a un programa de subvenciones puede utilizarse para cubrir los costos de gestión y funcionamiento de dicho programa.
Section § 79704
Section § 79705
Section § 79706
Esta ley describe los pasos que las agencias estatales de California deben seguir antes de desembolsar subvenciones o préstamos relacionados con proyectos hídricos. Las agencias deben crear directrices sobre cómo se eligen y evalúan los proyectos, incluyendo cómo los supervisarán e informarán sobre ellos. Estas directrices pueden establecer límites sobre la cantidad de dinero otorgado. Si las agencias ya tienen directrices adecuadas, pueden seguir utilizándolas.
Antes de finalizar estas directrices, las agencias deben celebrar tres reuniones públicas en varias regiones de California para recabar la opinión del público. Los borradores de las directrices deben estar disponibles en línea 30 días antes de estas reuniones. Una vez adoptadas las directrices, deben enviarse a los comités legislativos para su revisión.
Section § 79707
Esta ley establece que los fondos públicos se utilizarán para proyectos que aborden necesidades estatales críticas y ofrezcan beneficios públicos. Se dará prioridad a los proyectos que cuenten con financiación adicional de fuentes privadas, federales o locales, o a aquellos que proporcionen el mayor beneficio público. Estos proyectos deben alinearse con los propósitos de su financiación y basarse en la mejor ciencia disponible.
Se hace hincapié en las tecnologías y prácticas innovadoras, así como en la colaboración entre diversas agencias, como las que se ocupan del suministro de agua y el control de inundaciones. Los expertos deben revisar los proyectos antes de su financiación. Se fomenta la concienciación pública sobre la financiación procedente de la Ley de Mejora de la Calidad, Suministro e Infraestructura del Agua de 2014. Los proyectos apoyados deben ser coherentes con códigos estatales específicos y promover comunidades sostenibles y la conservación de tierras agrícolas y forestales.
Section § 79708
Esta ley exige que el Departamento de Finanzas realice una auditoría independiente de los gastos relacionados con programas y proyectos específicos, con un informe público emitido al menos anualmente. Si una auditoría revela alguna irregularidad, el Auditor del Estado o el Contralor podrán llevar a cabo una investigación adicional. Las agencias que otorgan subvenciones o préstamos con estos fondos deben asegurar una documentación adecuada de los gastos. Antes de aceptar propuestas de proyectos, las agencias deben presentar sus directrices para su aprobación y verificación, a fin de asegurar que se ajusten a las leyes pertinentes, y estas directrices deben estar accesibles en línea.
Section § 79708.5
Section § 79709
Este apartado describe cómo deben utilizarse los fondos estatales para la adquisición de recursos hídricos. Los fondos pueden usarse para adquirir derechos de agua permanentes que superen lo ya exigido por las regulaciones, siempre que la junta de agua lo apruebe. El proceso puede iniciarse con cambios temporales, pero estos deben cumplir con secciones regulatorias específicas. En cuanto a las transferencias de agua a largo plazo, deben ser aprobadas después de un aviso y una audiencia, y suelen durar al menos 20 años, con un énfasis en las transferencias permanentes. Estos fondos deben priorizar proyectos que ofrezcan beneficios significativos para la pesca o los ecosistemas, por encima de los requisitos ambientales existentes, y no pueden usarse para compensar obligaciones existentes, salvo bajo ciertas condiciones federales.
Section § 79710
Esta sección de la ley aclara que los fondos de esta división no pueden usarse para pagar los gastos de las instalaciones de transporte del Delta, como diseño, construcción, operación o mantenimiento. Esos costos deben ser cubiertos por las agencias de agua que se benefician de dichas instalaciones.
Para la conservación de la vida silvestre en el Delta Sacramento-San Joaquín, la Conservación del Delta debe centrarse en proyectos en tierras públicas y proyectos voluntarios en tierras privadas para crear mejoras de hábitat. Los proyectos no deben reducir ninguna obligación de mitigación existente.
Además, la Conservación del Delta debe coordinar con las autoridades locales y la Comisión de Protección del Delta para las decisiones de subvenciones o adquisición de propiedades. Todas las adquisiciones deben ser únicamente de vendedores voluntarios.
Section § 79711
Esta ley asegura que los derechos y protecciones de agua existentes no se vean afectados por nuevas normas, incluyendo los derechos establecidos antes de 1914. Aclara que las áreas que utilizan agua desviada de la región del Río Sacramento hacia otras áreas no se consideran adyacentes simplemente por la existencia de nuevas instalaciones de transporte de agua.
Confirma que las leyes existentes que rigen el uso del agua y los derechos de los municipios no son anuladas. La ley también protege los Ríos Salvajes y Escénicos de proyectos financiados por esta división y especifica que los fondos no pueden utilizarse para adquirir tierras mediante expropiación forzosa.
Las agencias que adquieren tierras pueden solicitar créditos fiscales bajo la Ley de Crédito Fiscal para la Preservación del Patrimonio Natural. En general, la división mantiene todas las leyes y protecciones de agua actuales y no modifica la Ley de Reforma del Delta del Sacramento-San Joaquín.
Section § 79712
Esta sección de la ley describe quién puede solicitar fondos y qué requisitos deben cumplir para ser elegibles para el financiamiento. Los solicitantes elegibles incluyen agencias públicas, organizaciones sin fines de lucro, empresas de servicios públicos, ciertas tribus indígenas y compañías de agua mutuas. Para que un proyecto de una empresa de servicios públicos o una compañía de agua mutua califique, debe beneficiar a los clientes del sistema de agua, no a sus inversores.
Los proveedores de agua urbanos y los proveedores de agua agrícolas deben presentar sus respectivos planes de gestión del agua para calificar. Además, ambos tipos de proveedores deben cumplir con regulaciones específicas de gestión del agua para recibir financiamiento.
Section § 79713
Section § 79714
Section § 79715
Section § 79716
Section § 79716.5
Esta ley exige que cualquier agencia estatal que reciba fondos bajo esta división evalúe los resultados de los proyectos financiados. Las agencias deben incluir estas evaluaciones en sus informes, según lo especificado por una ley relacionada, la Sección 79716. Además, las agencias tienen la responsabilidad de asegurar que los beneficiarios de las subvenciones completen sus proyectos a tiempo y según lo planeado.