Chapter 8
Section § 79560
Esta ley destina $500 millones para subvenciones a proyectos que ayudan a las comunidades a enfrentar la sequía, mejorar la calidad del agua y aumentar la seguridad hídrica local al reducir la necesidad de agua importada. Los proyectos no pueden incluir la construcción de nuevas instalaciones de almacenamiento de agua superficial, excepto estanques específicos que ayuden a recargar el agua subterránea en las ciudades. Además, si un proyecto modifica un río o arroyo y causa daños al medio ambiente, esos daños deben ser completamente reparados antes de que se otorgue la financiación.
Section § 79560.1
Esta sección explica cómo se deben dividir y usar los fondos para un programa específico bajo ciertas condiciones. La mitad de los fondos son administrados por el departamento, y la otra mitad por la junta. Si un proyecto propuesto implica cambiar el cauce de un río o arroyo, la agencia que otorga la subvención debe evaluar si los impactos ambientales negativos son superados por las mejoras o beneficios del proyecto antes de otorgar los fondos. Los costos del proyecto pueden incluir gastos para minimizar el daño ambiental o mejorar el medio ambiente. Esta ley solo se aplica si una ley relacionada con el agua de 2002, previamente especificada, fue aprobada por los votantes.
Section § 79560.5
Esta ley exige que, antes de crear directrices para proyectos, un departamento y una junta deben trabajar juntos para obtener la opinión del público durante una reunión. Esta opinión se refiere a lo que las directrices deben abarcar y cómo deben estructurarse. Después de la reunión, teniendo en cuenta la aportación del público, deben desarrollar directrices que se ajusten a los requisitos legales y de las políticas estatales. Finalmente, estas directrices deben publicarse en línea en los sitios web tanto del departamento como de la junta.
Section § 79561
Esta ley explica cómo se utilizará el dinero para subvenciones destinadas a mejorar la gestión del agua. Estas subvenciones cubren diversos proyectos, como hacer que el suministro de agua sea más fiable y conservarla. También incluyen la captura y el tratamiento de aguas pluviales, la eliminación de plantas invasoras y la mejora de espacios naturales como los humedales. Otros proyectos implican la reducción de la contaminación, la recarga de aguas subterráneas y la mejora de la calidad del agua mediante nuevas tecnologías. También se incluyen programas de control de inundaciones y métodos innovadores de tratamiento de agua potable.
Section § 79561.5
Esta sección de la ley exige que el Departamento de Recursos Hídricos de California asigne al menos $20 millones a subvenciones para proyectos de gestión y recarga de aguas subterráneas. Estos fondos deben estar en consonancia con las disposiciones aprobadas por los votantes en las elecciones del 5 de noviembre de 2002. El objetivo es impulsar el suministro de agua en áreas de rápido crecimiento y con acceso limitado a agua importada.
No más del 50% de los fondos pueden utilizarse en el norte de California, y los proyectos del sur de California recibirán preferencia si son proyectos de relleno urbano cerca de comunidades existentes y no se encuentran en el área de servicio del Distrito Metropolitano de Agua del Sur de California. Las 'áreas de rápido crecimiento' se refieren específicamente a los condados del sur de California con un crecimiento demográfico significativo entre enero de 2002 y enero de 2003.
Section § 79562
Section § 79562.5
Esta ley establece que se pueden otorgar subvenciones a proyectos hídricos elegibles si se alinean con un plan integrado de gestión regional del agua. El departamento establecerá los estándares para estos planes, los cuales deben abordar objetivos como el suministro de agua, la gestión de aguas subterráneas, la restauración de ecosistemas y la calidad del agua.
Hasta el 1 de enero de 2007, se puede eximir del requisito de tener un plan adoptado si se está desarrollando un plan. El requisito de una contrapartida financiera puede eximirse para comunidades desfavorecidas.
Los proyectos relacionados con las aguas subterráneas tendrán prioridad si se alinean con un plan de gestión de aguas subterráneas. Las subvenciones no pueden exceder los $50 millones, y los proyectos deben incluir alguna financiación que no provenga del estado. Además, los fondos gastados bajo otros códigos ambientales específicos deben cumplir con los requisitos de esos códigos.
Section § 79563
Esta ley exige que al menos la mitad de los fondos disponibles bajo una sección específica se entreguen a la junta. La junta es responsable de crear directrices para elegir proyectos que califiquen, siguiendo un proceso basado en las partes interesadas para una selección y contratación de proyectos rápida.
Section § 79563.5
Esta sección establece que la junta utilizará los fondos asignados para desarrollar planes integrados de gestión de cuencas costeras si esos fondos están disponibles. Estos planes tienen como objetivo coordinar proyectos financiados tanto por la Agencia de Conservación Costera del Estado (State Coastal Conservancy) como por la propia junta dentro de las regiones costeras.
Las áreas de planificación serán elegidas por la junta junto con la Agencia de Conservación Costera del Estado (State Coastal Conservancy) y el Departamento de Pesca y Caza (Department of Fish and Game), centrándose en las cuencas costeras que afectan la calidad del agua en áreas con especial importancia biológica. La junta solo puede gastar dinero si cumple con los requisitos del capítulo.
Section § 79564
Para calificar para financiamiento bajo la Sección 79563, un proyecto debe cumplir dos criterios principales:
(1) El proyecto debe alinearse con un plan de gestión integrada del agua destinado a mejorar varios aspectos de la gestión del agua, como la fiabilidad del suministro, el reciclaje, la conservación y la calidad. También debe centrarse en la gestión de aguas pluviales, la prevención de inundaciones, la recreación, los humedales y la protección del medio ambiente y los hábitats.
(2) El proyecto debe contar con fondos de contrapartida o servicios voluntarios de fuentes distintas al estado.
Section § 79564.1
Esta ley describe cómo deben asignarse los fondos de la Sección 79560 a proyectos en California. Al menos el 40% de los fondos debe destinarse a proyectos en los condados del norte de California y otro 40% a los del sur de California. La agencia administradora debe asegurarse de que cada proyecto cumpla con todos los requisitos del capítulo.
"El sur de California" se define como los condados de San Diego, Imperial, Riverside, Orange, Los Ángeles, Santa Bárbara, San Bernardino y Ventura. "El norte de California" abarca todos los demás condados del estado.