Chapter 3
Section § 79520
Section § 79521
Esta ley permite a la Legislatura de California aprobar cualquier ley necesaria para poner en marcha este capítulo.
Section § 79522
Esta sección de la ley establece que los fondos otorgados bajo la Sección 79520 deben ser utilizados por el Departamento de Salud Pública del Estado para propósitos específicos. Este departamento debe colaborar con la Oficina de Servicios de Emergencia y las agencias locales de agua para establecer prioridades de gasto y crear criterios para las subvenciones. Es importante destacar que estos fondos no pueden usarse para cubrir costos anteriores al establecimiento de los criterios, y las subvenciones no deben reemplazar la financiación de las obligaciones existentes de los sistemas de agua.