Section § 32600

Explanation

Esta sección define términos para una parte específica de la ley relacionada con el Distrito de Agua de Coachella Valley. Cuando se menciona en este contexto, 'Junta' se refiere a la Junta Directiva del Distrito de Agua de Coachella Valley, y 'Distrito' significa el propio Distrito de Agua de Coachella Valley. 'Nuevas instalaciones industriales' son aquellos edificios industriales con un permiso de construcción emitido en o después del 1 de enero de 2010, o si no se necesita un permiso, donde la construcción comienza en o después de esa fecha.

A menos que el contexto requiera lo contrario, las definiciones establecidas en esta sección rigen la interpretación de esta parte.
(a)CA Aguas Code § 32600(a) Por “Junta” se entiende la Junta Directiva del Distrito de Agua de Coachella Valley.
(b)CA Aguas Code § 32600(b) Por “Distrito” se entiende el Distrito de Agua de Coachella Valley.
(c)CA Aguas Code § 32600(c) Por “nuevas instalaciones industriales” se entienden las instalaciones industriales a las que se aplica cualquiera de las siguientes condiciones:
(1)CA Aguas Code § 32600(c)(1) El permiso de construcción para dicha instalación se emite en o después del 1 de enero de 2010.
(2)CA Aguas Code § 32600(c)(2) Si no se requiere un permiso de construcción para dicha instalación, la construcción de dicha instalación comienza en o después del 1 de enero de 2010.

Section § 32601

Explanation

Esta sección de la ley subraya que usar agua potable para usos como el paisajismo en cementerios, parques, carreteras, nuevas fábricas, áreas residenciales con una asociación de propietarios y campos de golf se considera un desperdicio cuando hay agua no potable disponible. El cambio a agua no potable puede ordenarse si se cumplen ciertas condiciones: el agua no potable debe ser de calidad suficiente, tener un precio razonable, ser segura para la salud pública, cumplir con las regulaciones del agua y no dañar el medio ambiente. La junta encargada considera los costos y los impactos en cada usuario y puede solicitar información para tomar estas decisiones.

(a)CA Aguas Code § 32601(a) La Legislatura por la presente halla y declara que el uso de agua potable doméstica para usos no potables en cementerios, parques, áreas ajardinadas de carreteras, nuevas instalaciones industriales, áreas comunes ajardinadas de desarrollos residenciales mantenidas por una asociación de propietarios, y el riego de campos de golf es un desperdicio y un uso irrazonable del agua en el sentido de la Sección 2 del Artículo X de la Constitución de California, si el agua no potable, incluida el agua reciclada, está disponible bajo todas las siguientes condiciones según lo determine la junta, después de notificar a cualquier persona o agencia pública local a la que se le pueda ordenar usar agua no potable o dejar de usar agua potable y una audiencia celebrada por la junta si lo solicita la persona o agencia pública local:
(1)CA Aguas Code § 32601(a)(1) La junta determina que la fuente de agua no potable es de calidad adecuada para el uso propuesto y está disponible para ese uso. Al determinar la calidad adecuada, la junta considerará todos los factores relevantes, incluyendo, pero no limitado a, la seguridad alimentaria y de los empleados, y el nivel y tipos de componentes específicos en el agua no potable que afectan el uso, caso por caso. Además, la junta considerará el efecto del uso de agua no potable en lugar de agua potable en la generación de residuos peligrosos y en la calidad de las descargas de aguas residuales sujetas a permiso.
(2)CA Aguas Code § 32601(a)(2) La junta determina que el agua no potable puede suministrarse para el uso propuesto a un costo razonable para el usuario. Al determinar el costo razonable, la junta considerará todos los factores relevantes, incluyendo, pero no limitado a, los costos actuales y proyectados de suministro, entrega y tratamiento de agua potable doméstica para el uso propuesto y los costos actuales y proyectados de suministro y entrega de agua no potable para ese uso, y halla que el costo de suministro del agua no potable es comparable o inferior al costo de suministro de agua potable doméstica.
(3)CA Aguas Code § 32601(a)(3) El Departamento de Salud Pública del Estado determina que el uso de agua no potable de la fuente propuesta no será perjudicial para la salud pública.
(4)CA Aguas Code § 32601(a)(4) La junta regional de control de calidad del agua de California determina que el uso de agua no potable de la fuente propuesta cumplirá con cualquier plan de control de calidad del agua aplicable.
(5)CA Aguas Code § 32601(a)(5) La junta determina que el uso de agua no potable para el uso propuesto no afectará negativamente los derechos de agua subterránea, no degradará la calidad del agua y se determina que no es perjudicial para la vida vegetal, los peces y la vida silvestre.
(b)CA Aguas Code § 32601(b) Al realizar la determinación descrita en el inciso (a), la junta considerará el impacto del costo y la calidad del agua no potable en cada usuario individual.
(c)CA Aguas Code § 32601(c) La junta podrá exigir a una persona o agencia pública que proporcione la información que la junta determine relevante para realizar las determinaciones descritas en el inciso (a).

Section § 32602

Explanation

Esta ley establece que, dentro del área de servicio de un distrito determinado, el agua que es segura para beber (agua potable) no debe usarse para fines no potables, como regar cementerios, parques, áreas ajardinadas de carreteras, nuevas instalaciones industriales, áreas comunes residenciales administradas por una asociación de propietarios, o para campos de golf. Esta regla se aplica solo si hay suficiente agua no potable disponible para esos fines, según lo determine la junta del distrito.

No obstante cualquier otra disposición legal, pero sujeto a los demás requisitos de esta parte, ninguna persona o agencia pública local utilizará agua dentro del área de servicio del distrito de cualquier fuente que sea apta para uso doméstico potable para usos no potables en cementerios, parques, áreas ajardinadas de carreteras, nuevas instalaciones industriales, áreas comunes ajardinadas de desarrollos residenciales mantenidas por una asociación de propietarios, y riego de campos de golf, si la junta, de conformidad con la Sección 32601, determina que hay agua no potable adecuada disponible.

Section § 32603

Explanation

Esta sección de la ley explica que el uso de agua no potable, incluyendo agua reciclada, debe cumplir con todas las regulaciones estatales. Es importante señalar que las reglas aquí solo se refieren al uso del agua dentro del área de servicio de un distrito específico y no se superponen con otras determinaciones específicas. Además, las disposiciones amplían en lugar de limitar las facultades de las agencias públicas o los tribunales para prevenir el derroche o el uso irrazonable del agua.

(a)CA Aguas Code § 32603(a) El uso de agua no potable, incluyendo agua reciclada, de conformidad con esta parte está sujeto a toda la reglamentación estatal aplicable.
(b)CA Aguas Code § 32603(b) Esta parte solo se aplica a un uso de agua dentro del área de servicio del distrito que no sea objeto de una determinación conforme al Artículo 7 (que comienza con la Sección 13550) del Capítulo 7 de la División 7.
(c)CA Aguas Code § 32603(c) Esta parte se suma a, y no es una limitación de, cualesquiera facultades de una agencia pública o de un tribunal para prevenir el derroche o el uso irrazonable del agua.